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196 NORMAS LEGALES Viernes 7 de octubre de 2022 El Peruano / provisionales deben constituir una situación de excepción y no la regla; se hace oportuno, previa veri fi cación de los requisitos de ley, nombrar y designar al personal fi scal que ocupe las plazas respectivas conforme a las propuestas efectuada en los documentos indicados en el primer párrafo, los mismos que tendrán vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el término del presente ejercicio fi scal, esto es el 31 de diciembre de 2022, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 64° del Decreto Legislativo N.° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE:Artículo Primero .- Dar por concluido el nombramiento del abogado Gilberto Cayatopa Idrogo, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional Transitorio del Distrito Fiscal de Piura y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Trá fi co Ilícito de Drogas - Sede Piura, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N.° 3235-2017-MP-FN, de fecha 11 de septiembre de 2017. Artículo Segundo .- Dar por concluido el nombramiento del abogado Gillmar Alejandro Torero López, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional Transitorio del Distrito Fiscal de Lima Este y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de San Juan de Lurigancho (Zona Baja), así como su adecuación y la prórroga de la vigencia de las mismas, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 3356-2018-MP-FN, 3743-2019-MP-FN, 971-2020-MP-FN y 1900-2021-MP-FN, de fechas 26 de septiembre de 2018, 27 de diciembre de 2019, 04 de septiembre de 2020 y 30 de diciembre de 2021, respectivamente. Artículo Tercero .- Nombrar al abogado Gilberto Cayatopa Idrogo, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Piura, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Trá fi co Ilícito de Drogas - Sede Piura. Artículo Cuarto .- Nombrar al abogado Gillmar Alejandro Torero López, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional Transitorio del Distrito Fiscal de Piura, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Trá fi co Ilícito de Drogas - Sede Piura. Artículo Quinto .- Disponer que los nombramientos y designaciones señalados en los artículos tercero y cuarto, tengan vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 31 de diciembre de 2022, en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dichas plazas fi scales o se presente algún supuesto que amerite sus conclusiones de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Sexto .- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Lima Este y Piura, Coordinador del Despacho de la Fiscalía de la Nación, ante la Sección de Asuntos para Narcóticos (NAS) y DEA de la Embajada de los Estados Unidos de Norteamérica y demás organismos vinculados en la lucha contra el Trá fi co Ilícito de drogas y delitos conexos, Coordinadora Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los fi scales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2113409-1Nombran Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de San Martín, designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Campanilla RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 2119-2022-MP-FN Lima, 6 de octubre de 2022VISTOS Y CONSIDERANDO:Que, con o fi cios Nros. 2060 y 4659-2022-MP-FN- PJFS-SANMARTIN, cursados por el abogado Juan Domingo León Estrella, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de San Martín, se eleva, entre otros, la propuesta para cubrir la plaza de Fiscal Provincial, para el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Campanilla. Asimismo, informa que la plaza señalada tiene registrado el código AIRHSP N.° 000729 y cuenta con disponibilidad presupuestaria. Que, en mérito a las atribuciones y funciones que establece la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica del Ministerio Público y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público con Enfoque de Gestión por Resultados, la Fiscal de la Nación tiene la facultad de nombrar fi scales provisionales de todos los niveles jerárquicos, a nivel nacional, con la fi nalidad de coadyuvar con la labor fi scal. Que, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que la “suplencia o provisionalidad, como tal constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; lo antes mencionado tendría sustento en que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150° y 154° de la Constitución Política del Perú; por lo cual, se tiene que la provisionalidad de los fi scales es de naturaleza temporal, sujeta a la facultad discrecional que tiene la titular de la Institución. Que, la Fiscal de la Nación como titular de la Institución es la responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, como parte de su política de gestión, y considerando que la vigencia de los nombramientos y designaciones de los magistrados provisionales no deben extenderse inde fi nidamente en el tiempo más aún si se tiene en cuenta que los nombramientos provisionales deben constituir una situación de excepción y no la regla; se hace oportuno, previa veri fi cación de los requisitos de ley, nombrar y designar al fi scal que ocupe provisionalmente el cargo mencionado en el primer párrafo, los mismos que tendrán vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el término del presente ejercicio fi scal, esto es el 31 de diciembre de 2022, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 64° del Decreto Legislativo N.° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE:Artículo Primero .- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Tania Flores Vela, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de San Martín, y su designación en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Martín, con sede en Tarapoto, así como su destaque en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de La Banda de Shilcayo, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 2642-2017-MP-FN y 1405-2022-MP-FN, de fechas 31 de julio de 2017 y 08 de julio de 2022, respectivamente. Artículo Segundo .- Nombrar a la abogada Tania Flores Vela, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de San Martín, designándola en el Despacho de la