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187 NORMAS LEGALES Viernes 7 de octubre de 2022 El Peruano / En caso de que los sujetos antes mencionados no soliciten sus credenciales y habiliten su Casilla Electrónica, se entenderán por noti fi cados con el pronunciamiento o el acto administrativo, según corresponda, a través de su publicación en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones (www.jne.gob.pe), surtiendo efectos legales a partir del día siguiente de su publicación. […] SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO2.1. Considerando el O fi cio Nº 150-2022-OSG- MVMT, presentado por el señor secretario, a través del cual comunica que don Rónal Ramírez Maluquis y don David Hernández Quino se encuentran participando como candidato en las ERM 2022, y de la revisión del Portal del JNE, se evidencia que mediante la Resolución N° 000381-2022-JEE-LIS2/JNE, del 6 de setiembre de 2022, se inscribe y publica la lista de candidatos de la organización política Alianza para el Progreso para el Concejo Distrital de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima, en la cual don Rónal Ramírez Maluquis se encuentra como candidato a regidor del mencionado concejo distrital. 2.2. Mediante la Resolución Nº 3856-2022-JNE, del 15 de setiembre de 2022, se deja sin efecto la credencial otorgada a don David Hernández Quino y se convoca a don Alex Antonio Chambi Cano, identi fi cado con DNI Nº 10088285, para que asuma provisionalmente el cargo de regidor del Concejo Distrital de Villa María del Triunfo hasta el 2 de octubre de 2022. 2.3. En concordancia con la resolución antes citada y teniendo en cuenta el O fi cio Nº 150-2022-OSG- MVMT, y de conformidad con lo establecido en la LEM, la Resolución Nº 0919-2021-JNE y la LOM (ver SN 1.2., 1.6. y 1.3.), resulta procedente dejar sin efecto la credencial otorgada a don Rónal Ramírez Maluquis, identi fi cado con DNI Nº 42409028, mediante la Resolución Nº2903-2022-JNE, del 21 de agosto de 2022, y convocar a don Sebastián Mauro Ñaupari Castro, identi fi cado con DNI Nº 20707611, candidato no proclamado de la organización política Alianza para el Progreso, para que asuma temporalmente el cargo de regidor del Concejo Distrital de Villa María del Triunfo hasta el 2 de octubre de 2022. 2.4. Dicha convocatoria se realiza conforme al Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales electas del distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima, del 5 de noviembre de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Lima Sur 2, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018. Además, se tiene en cuenta además la actual conformación del referido concejo. 2.5. La noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse, según lo dispuesto en el artículo 16 del Reglamento (ver SN 1.7.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. DEJAR SIN EFECTO, la credencial otorgada a don Rónal Ramírez Maluquis, para que asumiera provisionalmente el cargo de regidor del Concejo Distrital de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima, por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2. CONVOCAR a don Sebastián Mauro Ñaupari Castro, identi fi cado con DNI Nº 20707611, para que asuma provisionalmente el cargo de regidor del Concejo Distrital de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima, hasta el 2 de octubre de 2022, para lo cual se le otorgará la credencial que la faculte como tal. 3. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado mediante la Resolución Nº 0929-2021-JNE.Regístrese, comuníquese y publíquese. SS.SALAS ARENASMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZARSÁNCHEZ VILLANUEVAGómez Valverde Secretario General (e) 1 Publicada el 26 de noviembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 2 Publicada el 26 de noviembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 3 Aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 2112771-1 Declaran que carece de objeto emitir pronunciamiento sobre petición de convocar al reemplazo de regidor del Concejo Distrital de Yarinacocha, de la provincia de Coronel Portillo y departamento de Ucayali RESOLUCIÓN Nº 3903-2022-JNE Expediente Nº JNE.2022032564 YARINACOCHA - CORONEL PORTILLO - UCAYALILICENCIA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, veintidós de setiembre de dos mil veintidósVISTO: el O fi cio Nº 364-2022-MDY-ALC-SG, presentada el 6 de julio de 2022, por doña Elena Vanessa Aguilar Gonzales, secretaria general de la Municipalidad Distrital de Yarinacocha, de la provincia de Coronel Portillo y departamento de Ucayali (en adelante, señora secretaria), por medio del cual comunicó la licencia sin goce de haber concedida a don Jhon Wilder Ramos Tello, regidor de la citada entidad edil (en adelante, señor regidor), con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022 (en adelante, ERM 2022). ANTECEDENTES1.1. A través del o fi cio del visto, la señora secretaria informó de la licencia sin goce de haber concedida al señor regidor, con motivo de su participación como candidato en las ERM 2022, a fi n de que se convoque a su reemplazo correspondiente. Para tal efecto, adjuntó el Acuerdo de Concejo Nº 028-2022-SOC-MDY, del 1 de junio de 2022, que formalizó la decisión de otorgar licencia sin goce de haber al señor regidor, a partir del 2 de setiembre hasta el 2 de octubre 2022. 1.2. Mediante el O fi cio Nº 08775-2022-SG/JNE, del 24 de agosto de 2022, la Secretaría General del Jurado Nacional de Elecciones solicitó a la señora secretaria remita la solicitud de licencia presentada por el señor regidor. De manera adicional se precisó que de la Plataforma Electoral del Jurado Nacional de Elecciones 1 se evidencia que el señor regidor no aparece como candidato para las ERM 2022, por lo que, se solicitó se informe si presentó documento alguno en el que se desista de su solicitud de licencia debido a que no se encuentra como candidato y si el Concejo Distrital de Yarinacocha ha emitido o está en trámite la emisión de algún acuerdo de concejo que deje sin efecto la licencia otorgada, y de ser el caso, se remita la referida solicitud de desistimiento y el Acuerdo de Concejo.