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182 NORMAS LEGALES Viernes 7 de octubre de 2022 El Peruano / licencias sin goce de haber, presentadas por el señor concejero 1, señor concejero 2 y señor concejero 3, por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022. 2.3. Sobre el particular, en aplicación de la Resolución Nº 0918-2021-JNE (ver SN 1.6.), el periodo de licencia abarcará desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, con lo cual se computan treinta (30) días naturales antes de la elección, como establece el literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la LEM (ver SN 1.2.). En ese sentido, en vista de que las solicitudes de licencia del señor concejero 1, señor concejero 2 y señor concejero 3, cuentan con la aprobación del concejo regional, de acuerdo con lo establecido en la LOGR, LER y Resolución Nº 0919-2021-JNE (ver SN 1.3., SN 1.4. y SN 1.7), correspondería convocar a don Rafael Morales Montero; no obstante, considerando que se encuentra inscrito como candidato, según la plataforma del Jurado Nacional de Elecciones 6, correspondería convocar a doña Vilma Rosa Castro Rugel, quien se encuentra en la misma condición, por tal motivo, corresponde convocar a doña Rosa Yanet Rojas Garcia de Calle, identi fi cada con Documento Nacional de Identidad (DNI) Nº 03682324, accesitaria al cargo de concejera regional por la provincia de Sullana, en la lista de la organización política Movimiento Regional Seguridad y Prosperidad. Asimismo, correspondería convocar a doña Rosa Beatriz Tejada García; no obstante, considerando que según su Ficha de Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil (RENIEC), se encuentra como fallecida, corresponde convocar a doña Diana Zelidett Alvarado Alvarado, identi fi cada con DNI Nº 40825588, candidata no proclamada al cargo de concejera regional por la provincia de Piura, en la lista de la organización política Región para Todos. Aunado a ello, corresponde convocar a don Marlon Lluem Jimenez Espinoza, identi fi cado con DNI Nº 42548676, accesitario al cargo de concejero regional por la provincia de Piura, en la lista de la organización política Movimiento Independiente Fuerza Regional. 2.4. Dicha convocatoria se realiza conforme al Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Regionales Electas del Gobierno Regional de Piura, del 12 de noviembre de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Piura, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018. 2.5. La noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse, según lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.8.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. DEJAR SIN EFECTO, de manera temporal, la credencial otorgada a don Leonidas Flores Neira, concejero del Concejo Regional de Piura, en representación de la provincia de Sullana, hasta el 2 de octubre de 2022, con motivo de participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2. DEJAR SIN EFECTO, de manera temporal, la credencial otorgada a don José Luis Morey Requejo, concejero del Concejo Regional de Piura, en representación de la provincia de Piura, hasta el 2 de octubre de 2022, con motivo de participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 3. DEJAR SIN EFECTO, de manera temporal, la credencial otorgada a don José Antonio Lázaro García, concejero del Concejo Regional de Piura, en representación de la provincia de Piura, hasta el 2 de octubre de 2022, con motivo de participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 4. CONVOCAR a doña Rosa Yanet Rojas Garcia de Calle, identi fi cada con DNI Nº 03682324, para que asuma provisionalmente, en representación de la provincia de Sullana, el cargo de concejera del Concejo Regional de Piura, hasta el 2 de octubre de 2022, para lo cual se le otorgará la credencial que la faculte como tal. 5. CONVOCAR a doña Diana Zelidett Alvarado Alvarado, identi fi cada con DNI Nº 40825588, para que asuma provisionalmente, en representación de la provincia de Piura, el cargo de concejera del Concejo Regional de Piura, hasta el 2 de octubre de 2022, para lo cual se le otorgará la credencial que la faculte como tal. 6. CONVOCAR a don Marlon Lluem Jimenez Espinoza, identi fi cado con DNI Nº 42548676, para que asuma provisionalmente, en representación de la provincia de Piura, el cargo de concejero del Concejo Regional de Piura, hasta el 2 de octubre de 2022, para lo cual se le otorgará la credencial que la faculte como tal. 7. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. SALAS ARENASMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZARSÁNCHEZ VILLANUEVAGómez Valverde Secretario General (e) 1 https://plataformaelectoral.jne.gob.pe/expedientes/detalle/detalle- expediente 2 Publicado el 4 de enero de 2022 en el diario o fi cial El Peruano. 3 Publicada el 26 de noviembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 4 Publicada el 26 de noviembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 5 Aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 6 https://plataformaelectoral.jne.gob.pe/candidatos/busqueda/buscar 2112762-1 Convocan a ciudadano para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor del Concejo Provincial de Huarochirí RESOLUCIÓN Nº 3897-2022-JNE Expediente Nº JNE.2022021947 HUAROCHIRÍ - LIMALICENCIA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, veintiuno de setiembre de dos mil veintidósVISTOS: la Resolución Nº 3122-2022-JNE, del 25 de agosto de 2022; así como, el O fi cio Nº 552-2022-ALC- MPH-M, presentado el 19 de setiembre de 2022. ANTECEDENTES1.1. Que, en el considerando 2.11 de la Resolución Nº 3122-2022-JNE, respecto al candidato convocado por la licencia concedida a don Francisco Yanfranco Pérez Ticse, por error material se consignó los datos de doña Giannira Leysi Espíritu Nuñez, identi fi cada con DNI Nº 77325956, quien tenía la calidad de candidata no proclamada de la organización política Patria Joven, cuando lo correcto es don Julio Parco Parco, identi fi cado con DNI Nº 09161479, quien tenía la calidad de candidato no proclamado de la organización política Alianza para el Progreso, conforme se señala en la parte resolutiva de la referida resolución. 1.2. Mediante la Resolución Nº 3122-2022-JNE, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones resolvió: