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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE OCTUBRE DEL AÑO 2022 (23/10/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 42

42 NORMAS LEGALES Domingo 23 de octubre de 2022 El Peruano / a los jueces y fi scales, titulares y provisionales de todos los niveles (…)”. Que, mediante Resolución del Pleno de la Junta Nacional de Justicia N.º 021-2022-PLENO-JNJ, de fecha 23 de febrero de 2022, se dispuso, entre otros, destituir al señor Juan Carlos Muñoz Alca, por su actuación como Fiscal Provincial Titular Penal (Corporativo) de Tumbes, Distrito Fiscal de Tumbes, en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tumbes. Que, a través de la Resolución Nº 008-2020-JNJ, de fecha 22 de enero del año 2020, se aprobó el Reglamento de Procedimientos Disciplinarios de la Junta Nacional de Justicia, cuyo artículo 67° señala: “Procede aplicar la sanción de destitución de los/las jueces/juezas y Fiscales Supremos; y, de o fi cio o a solicitud de la autoridad que corresponda, a los/las jueces/juezas y Fiscales de los demás niveles, especialidades y condición (…)”. El artículo 68° indica: “La destitución conlleva la cancelación del título de juez/jueza o Fiscal, según corresponda. El/la magistrado(a) destituido no puede reingresar a la carrera judicial o fi scal”. Que, respecto a la sanción disciplinaria de destitución, el artículo 45.1 de la Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia, Ley Nº 30916, publicada el 19 de febrero del año 2019, especí fi camente sus literales d) y e), indica “d) Contra la resolución que pone fi n al procedimiento solo cabe recurso de reconsideración, siempre que se acompañe nueva prueba instrumental dentro de un plazo de cinco (5) días útiles contados a partir del día siguiente de recibida la noti fi cación; e) Las resoluciones de destitución se ejecutan en forma inmediata, para que el miembro no desempeñe función judicial o fi scal alguna, desde el día siguiente de la publicación de la resolución en la página web institucional de la Junta Nacional de Justicia o la noti fi cación en forma personal en el domicilio consignado o en el correo electrónico autorizado por el miembro destituido, lo que ocurra primero. La interposición del recurso de reconsideración no suspende la ejecución de la resolución de destitución. El plazo para resolver el recurso de reconsideración es de sesenta días calendario”. Que, conforme a las disposiciones glosadas, se establece que la Junta Nacional de Justicia, como organismo constitucionalmente autónomo, tiene entre sus atribuciones la de emitir actos de gravamen, como son las sanciones disciplinarias a magistrados, potestad que tiene rango constitucional reconocida en el artículo 154° de la Constitución Política, y dentro de ellas, tiene atribución especí fi ca (conforme el numeral 3) de imponer la sanción más gravosa, como es la destitución de magistrados de todas las instancias. Dicho dispositivo constitucional ha merecido rápidamente su desarrollo constitucional a través de la Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia, Ley Nº 30916, la cual establece en su artículo 45.1, literal e), que la ejecución de dicha sanción es inmediata, sin que la interposición del recurso de impugnatorio de reconsideración resulte óbice para su ejecución. Que, al amparo de lo dispuesto mediante Resolución del Pleno de la Junta Nacional de Justicia N.º 021-2022-PLENO-JNJ y lo señalado en el párrafo precedente, se dispuso mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 765-2022-MP-FN, de fecha 29 de abril de 2022, dar por concluida la designación del abogado Juan Carlos Muñoz Alca, Fiscal Provincial Titular Penal (Corporativo) de Tumbes, Distrito Fiscal de Tumbes, en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tumbes, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2649-2013-MP-FN, de fecha 05 de septiembre de 2013. Que, mediante escrito de fecha 07 de marzo de 2022, el señor Juan Carlos Muñoz Alca, presentó recurso de reconsideración contra la Resolución Nº 021-2022-PLENO-JNJ, de fecha 23 de febrero de 2022, por las razones que en el mismo expone. Que, en uso de las facultades previstas por los artículos 150 y 154, inciso 3, de la Constitución Política; conforme a lo establecido en los artículos 26 y 45 - numeral 45.1, literal d) de la Ley Nº 30916, Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia; y estando al Acuerdo de fecha 05 de setiembre de 2022, adoptado por unanimidad por los señores Miembros del Pleno de la Junta Nacional de Justicia, sin la participación de la señora Imelda Julia Tumialan Pinto, por haber actuado como miembro instructora, y sin la asistencia de la señora María Zavala Valladares, por encontrase con licencia por enfermedad, se resolvió, entre otros, declarar fundado el recurso de reconsideración contra la Resolución Nº 021-2022-PLENO-JNJ, interpuesto por el señor Juan Carlos Muñoz Alca, por la cual se le impuso la sanción de destitución como fi scal provincial titular de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tumbes y, en consecuencia, se dispone revocar la referida sanción de destitución, absolviéndolo de los cargos imputados, ello de conformidad a la Resolución del Pleno de la Junta Nacional de Justicia N.º 115-2022-PLENO-JNJ, de fecha 16 de setiembrede 2022, la cual fue remitida al Despacho de la Fiscalía de la Nación, mediante el o fi cio de visto. Estando a lo expuesto, y a la Resolución de la Junta Nacional de Justicia N.º 115-2022-PLENO-JNJ, corresponde expedir el resolutivo, con el cual se disponga designar al abogado Juan Carlos Muñoz Alca, Fiscal Provincial Titular Penal (Corporativo) de Tumbes, Distrito Fiscal de Tumbes, en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tumbes. Que, en atribución a las facultades conferidas por el artículo 64° del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar al abogado Juan Carlos Muñoz Alca, Fiscal Provincial Titular Penal (Corporativo) de Tumbes, Distrito Fiscal de Tumbes, en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tumbes, conforme a la Resolución de la Junta Nacional de Justicia Nº 115-2022-PLENO-JNJ. Artículo Segundo.- Disponer que la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Tumbes, remita la Acta de Toma de Posesión de Cargo del fi scal señalado en el artículo precedente. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Tumbes, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y al fi scal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2118051-1 Nombran Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Norte, designándola en el Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Carabayllo; y Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Norte, designándolo en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial de Familia de Los Olivos RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2273-2022-MP-FN Lima, 21 de octubre de 2022VISTO Y CONSIDERANDO: Que, con o fi cios Nros. 1994 y 2161-2022-MP-FN- PJFLIMANORTE, cursados por la abogada Elsa Victoria Perata Argomedo, Presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Norte, se propone cubrir la plaza de Fiscal Provincial para el Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Carabayllo, la misma que, a la fecha, se encuentra vacante; asimismo, propone el nombramiento del reemplazo correspondiente.