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95 NORMAS LEGALES Jueves 27 de octubre de 2022 El Peruano / de julio del 2022, se establecieron Bene fi cios e Incentivos Tributarios y No Tributarios de la deuda en el distrito de Magdalena del Mar deuda 2020 y años anteriores, para la recuperación de adeudos en la Municipalidad de Magdalena del Mar; Que, el artículo 11° de la norma acotada señala que la ordenanza mencionada tendrá vigencia hasta el 31 de octubre del 2022; Que, en el Artículo Primero de las Disposiciones Complementarias y Finales de la Ordenanza N° 136-2022- MDMM, faculta al señor alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, prorrogue la vigencia y/o dicte las disposiciones reglamentarias y/o complementarias que sean necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza; Que, mediante documentos de vistos, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable respecto a la ampliación del plazo de la vigencia de la Ordenanza antes mencionada, teniendo en cuenta, el Artículo Primero de las Disposiciones Complementarias y Finales de la Ordenanza N° 136-2022-MDMM y a lo dispuesto en los artículos 195° y 74° de la Constitución Política del Perú, en concordancia con la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario; Que, conforme a las atribuciones conferidas por el Numeral 6) del Artículo 20° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero .- PRORROGAR, la vigencia de la Ordenanza N° 136-2022-MDMM hasta el 23 de diciembre del 2022, surtiendo efectos de esta prórroga al día siguiente de su vencimiento. Artículo Segundo .- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas a través de sus órganos técnicos Subgerencia de Registro, Recaudación y Control Tributario, Subgerencia de Fiscalización Tributaria y Subgerencia de Ejecución Coactiva, el cumplimiento de la presente ordenanza, y a Secretaria General para su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo Tercero .- ENCARGAR a la O fi cina General de Tecnología de la Información y Gobierno Electrónico la publicación de la presente resolución para efectos de ser incorporados en el Portal de Transparencia de la entidad. POR TANTO:Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.CARLOMAGNO CHACON GOMEZ Alcalde 2117768-1 MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA Eliminan procedimiento administrativo estandarizado denominado: Evaluación de Condiciones de Seguridad en Espectáculos Públicos Deportivos y No Deportivos (ECSE) con una concurrencia de más de 3,000 personas, del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad DECRETO DE ALCALDÍA Nº 012-MDPP Puente Piedra, 24 de octubre de 2022 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRAVISTOS: A la fecha el Alcalde ha dado el siguiente Decreto; CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2021-PCM, se aprueba procedimientos administrativos y un servicio prestado en exclusividad estandarizados de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edi fi caciones cuya tramitación es de competencia de los Gobiernos Locales, siendo incorporados al Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la entidad, aprobado con Ordenanza Nª398, entre los que se encuentra el Procedimiento Administrativo Estandarizado (PAE) denominado: Evaluación de Condiciones de Seguridad en Espectáculos Públicos Deportivos y No Deportivos (ECSE) con una concurrencia de más de 3,000 personas; Que, mediante Informe Nº 270-2022-SGGRD/ GDU/MDPP la Subgerencia de Gestión de Riesgo de Desastres, señala que el citado PAE, es de competencia de la Municipalidad Metropolitana de Lima, de acuerdo a lo establecido en la normativa vigente como es la Resolución Jefatural Nº016-2018-CENEPRED/J, que aprueba el Manual de ejecución de Inspección Técnica de Seguridad en Edi fi caciones. DECRETA:Artículo Primero.- ELIMINAR el procedimiento administrativo estandarizado denominado: Evaluación de Condiciones de Seguridad en Espectáculos Públicos Deportivos y No Deportivos (ECSE) con una concurrencia de más de 3,000 personas, del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto e Inversiones y a la Subgerencia de Gestión de Riesgo de Desastres, el cumplimiento del presente Decreto. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Subgerencia de Secretaria General, la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el diario o fi cial El Peruano; y, a la Gerencia de Administración y Finanzas, su publicación en el portal web institucional de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra. Regístrese, comuníquese y cúmplase.RENNAN SANTIAGO ESPINOZA VENEGAS Alcalde 2119536-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Autorizan funcionamiento de equipos electrónicos de control de velocidad denominados-Tope Electrónico, ubicados en la Provincia Constitucional del Callao DECRETO DE ALCALDÍA Nº 13-2022-DA/MPC Callao, 19 de octubre del 2022EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú, modi fi cada por la Ley N° 27680, concordante con el artículo II del