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91 NORMAS LEGALES Jueves 27 de octubre de 2022 El Peruano / Poblado de Tassa. Distrito de Ubinas, Provincia General Sánchez Cerro, remite el Informe Técnico Nº 004-2022-GRM/GGR-GRRNGMA-SGGRDSCDN-RPS-JLPR “Situación de Emergencia C.P. Tassa”; que tiene como sustento la OPINIÓN TÉCNICA Nº 08-2022 “PELIGRO POR DESLIZAMIENTO EN EL SECTOR DE TASSA, emitido por el INGEMMET que fuera remitido con O fi cio Nº 615-2022-INGEMMET/PE; dentro del cual se re fi ere que con fecha 30 de abril del 2022 en la visita de campo, se observó que el deslizamiento de la comunidad de Tassa, sigue en proceso de reactivación, se tienen terrenos agrietados, en: a) Viviendas. Encontrándose las de mayor daño en la Avenida Independencia (coordenadas UTM E: 318449, N: 8210216), donde se evidenció un agrietamiento con ancho de hasta 14 cm.; b) Instituto Educativo 0680884-Tasa. En dicho terreno se presentan varios agrietamientos en las paredes y pisos de las aulas, con ancho hasta de 6 cm de ancho y un desnivel de 7 cm. c) Losa deportiva (coordenadas UTM E: 318370, N: 8210238). Se presentan hundimientos. d) En los terrenos de cultivo (coordenadas UTM E: 318720, N: 8210088). Se observan agrietamientos, con un desnivel de 40 cm, abertura de 1 a 2 cm y longitud de 5 m aproximadamente, además de un desplazamiento de la tubería de agua. e) En el sector de Harun Hucco (coordenadas UTM E: 317973, N: 8210152), se evidencian agrietamientos con un desnivel de 16 cm, estas se han generado en un periodo de 2 meses aproximadamente (según declaraciones del alcalde menor del C.P. de Tassa). f) También se aprecia el desplazamiento de las tuberías de desagüe en las coordenadas UTM E: 318720, N: 8210088, E: 317973, N: 8210152 y E: 318545, N: 8210203. Que, el mencionado Informe Técnico de INGEMMET, concluye:” a) El CP de Tassa se encuentra asentado sobre depósitos de un deslizamiento antiguo en proceso de reactivación en forma progresiva y lenta. Este evento afecta severamente al poblado. (….) d) se recomienda reubicar progresivamente las viviendas de la comunidad campesina de Tassa, al sector de la “Z” propuesto en el Informe Técnico Nº A6688 o a un lugar que en el futuro no se vea afectando por peligros geológicos e hidrometeorológicas. (…) f) El sector de la comunidad campesina de Tassa, por las condiciones geológicas, geomorfológicas y geodinámicas que presenta se considera de Peligro Muy Alto y Como Zona Critica; g) El Movimiento del deslizamiento se va a incrementar con lluvias intensas (diciembre a marzo), por movimientos sísmicos y por las fi ltraciones de agua producto del uso indiscriminado de esta”. Que, la situación de emergencia son acontecimientos que afectan el funcionamiento cotidiano de la población, pudiendo generar víctimas o daños materiales, afect ando la estructura social y económica de la población involucrada y que puede ser atendido e fi cazmente con los recursos propios de los organismos, es decir la existencia de una situación de peligro inminente u ocurrencia de una situación catastró fi ca, que ponga en riesgo o afecte la vida humana. Que, obedece a situaciones inusuales generada frente a hechos catastró fi cos que afecten la vida de los pobladores de la región, siendo importante evidencias y advertir que toda declaratoria en situación de emergencia presupone como condición indispensable, la existencia de una situación o hecho que determine una circunstancia de gravedad tal, que resulte de necesidad imperiosa la adopción de medidas inmediatas, en razón a ello resultaría incompatible su esencia para salvar una necesidad presupuestal y/o en la promoción de una declaratoria a futuro, es decir con vigencia anterior, por tanto toda solicitud debe generarse en la justa dimensión de los hechos con la oportunidad debida y dentro de los parámetros de los procedimientos establecidos. Por lo expuesto y estando a las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales – Ley Nº 27867 y sus modi fi catorias; el Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua – O.R. Nº 001-2011-CR/GRM; el Consejo Regional de Moquegua, con el voto por mayoría de sus miembros presentes, con la dispensa del trámite de lectura del acta;ACUERDA: Artículo Primero.- DECLARAR, en situación de emergencia al Centro Poblado de Tassa, Distrito de Ubinas, Provincia General Sánchez Cerro, Región Moquegua, ante el peligro por deslizamiento en el Sector de Tassa, considerada de Peligro Muy Alto y como Zona Critica, el cual pone en riesgo a su población; a fi n de que el Gobierno Regional de Moquegua, según los requerimientos presupuestales de los órganos competentes de acuerdo a lo normado en la Ley del Presupuesto del Sector Público, adopte las acciones inmediatas para la atención del evento por un periodo de sesenta (60) días calendario. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Gerencia Regional de Infraestructura, Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente y demás órganos del ejecutivo regional, adopten las acciones necesarias pertinentes dentro del marco legal y competencias para la atención de la presente declaratoria de situación de emergencia. Artículo Tercero.- DISPONER, que todo proceso de adquisición, orientado a la situación de emergencia debe ejecutarse en estricto cumplimiento de lo dispuesto en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, lo que es materia de fi scalización y control. Artículo Cuarto.- PONER, de conocimiento al Órgano de Control Institucional del Gobierno Regional de Moquegua, el presente acuerdo de Consejo Regional. Artículo Quinto.- REMITIR, el presente Acuerdo de Consejo Regional al Titular del Ejecutivo del Gobierno Regional de Moquegua, a efecto de que disponga dentro del marco de sus atribuciones señaladas en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales su ejecución; bajo responsabilidad. Artículo Sexto.- DISPONER, que, al término del periodo de emergencia aprobado, el Órgano Ejecutivo Regional, en el plazo de diez (10) días hábiles, procederá a presentar y sustentar un informe detallado de las acciones adoptadas para dar cumplimiento al presente Acuerdo de Consejo Regional. Artículo Séptimo.- ORDENAR, la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional de Moquegua, en el Diario O fi cial El Peruano y la página web del Gobierno Regional de Moquegua. Regístrese, comuníquese y cúmplase.MARIA DEL CARMEN KOC ZEBALLOS Consejera Delegada Consejo Regional 2118973-1 Aceptan renuncia y cancelan autorización otorgada mediante la Res. N° 099-2018/GREM.M-GRM, para la generación de energía eléctrica central termoeléctrica superior a 500 KW y Menor a 10 MW, formulada por Empresa Minera ANGLO AMERICAN QUELLAVECO S.A. DIRECCIÓN REGIONAL DE ENERGÍA Y MINAS RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL Nº 156-2022/DREM.M-GRM Moquegua, 15 de setiembre de 2022 VISTOS: La Carta Nº 253-2022-DREM/DEN/ADCQ de fecha 07 de setiembre 2022, el Expediente Nº 2022-1044 que contiene el Formato Único de Tramite AAQSA-Q1CO- OLT-13676 de Renuncia de Autorización de Generación de Energía Eléctrica con potencia instalada mayor a 500