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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE OCTUBRE DEL AÑO 2022 (27/10/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 94

94 NORMAS LEGALES Jueves 27 de octubre de 2022 El Peruano / numeral 16.1 del artículo 16° de la Ley N° 31363 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, respecto a las transferencias fi nancieras permitidas, autoriza de manera excepcional, las transferencias para el fi nanciamiento y co fi nanciamiento de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programa Multianual y Gestión de Inversiones y el mantenimiento de carreteras y de infraestructura de saneamiento, y de desarrollo de capacidades productivas, entre los niveles de gobierno subnacional y de estos al Gobierno Nacional, previa suscripción de Convenio respectivo. ii) El numeral 16.2 del artículo antes citado, precisa que las transferencias fi nancieras autorizadas en el numeral 16.1 se realizan en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante Resolución del Titular del Pliego, y en el caso de los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, mediante Acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal respectivamente, requiriéndose el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o el que haga sus veces en la Entidad. iii) La Aprobación de Transferencia Financiera a la Universidad Nacional de Ucayali, por norma expresa es de competencia del Consejo Regional de Ucayali, a través de Acuerdo Regional. Que, la Facultad de Medicina de la Universidad de Ucayali, posee una población estudiantil de 946 estudiantes, quienes acceden al servicio de laboratorio sin los equipos especializados en la materia de: Anatomía, Histología, Farmacología, Biología, Fisiología, Fisiopatología, Microbiología y Parasitología, Química General y Biología; por lo que, con la fi nalidad de dar cumplimiento a las disposiciones básica de calidad de tecnología de Pregrado de Medicina, a fi n de permitir el licenciamiento del Programa, resulta necesario la Transferencia Financiera a la Universidad Nacional de Ucayali por parte del Gobierno Regional de Ucayali, por el monto de S/ 1’415,144.00 (Un Millón Cuatrocientos Quince Mil Ciento Cuarenta y Cuatro y 00/100 Soles), para la Ejecución del Proyecto de Inversión Pública: “Adquisición del Laboratorio Especi fi co en la Escuela Profesional de Medicina Humana de la Universidad Nacional de Ucayali, Distrito de Callería, Provincia de Coronel Portillo, Departamento de Ucayali” . Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 104° del Nuevo Reglamento Interno del Consejo Regional, el Consejo Regional por Mayoría exonera del envió a Comisión la propuesta para que mediante Acuerdo Regional se apruebe la Transferencia Financiera de S/ 1’415,144.00 (Un Millón Cuatrocientos Quince Mil Ciento Cuarenta y Cuatro y 00/100 soles), a favor de la Universidad Nacional de Ucayali, para la Ejecución del Proyecto de Inversión Pública: “Adquisición del Laboratorio Especi fi co en la Escuela Profesional de Medicina Humana de la Universidad Nacional de Ucayali, Distrito de Callería, Provincia de Coronel Portillo, Departamento de Ucayali” . Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar o determinar un acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Que, en Sesión Extraordinaria de fecha 26 de setiembre de 2022, celebrada de manera virtual desde el Auditorio del Consejo Regional, sito en el Jr. Apurímac N° 460 - Callería, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en concordancia con el Reglamento Interno del Consejo Regional; y, transcurrido el debate conforme consta en el Acta de la presente Sesión, por Mayoría, se aprueba el siguiente: ACUERDO REGIONAL: Artículo Primero.- AUTORIZAR al Gobernador Regional de Ucayali – Médico Cirujano Ángel Luis Gutiérrez Rodríguez, la Transferencia Financiera a favor de la Universidad Nacional de Ucayali, por el importe de S/ 1’415,144.00 (Un Millón Cuatrocientos Quince Mil Ciento Cuarenta y Cuatro y 00/100 Soles), para fi nanciar el Convenio Especí fi co de Cooperación Institucional para la Ejecución del Proyecto de Inversión Pública: “Adquisición del Laboratorio Especi fi co en la Escuela Profesional de Medicina Humana de la Universidad Nacional de Ucayali, Distrito de Callería, Provincia de Coronel Portillo, Departamento de Ucayali” . Artículo Segundo.- REMITIR el presente Acuerdo Regional al Gobernador Regional de Ucayali, para su conocimiento y los fi nes pertinentes. Artículo Tercero.- REMITIR el presente Acuerdo Regional a la Universidad Nacional de Ucayali, para su conocimiento y los fi nes pertinentes. Artículo Cuarto.- REMITIR el presente Acuerdo Regional a la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto del Gobierno Regional de Ucayali, para su conocimiento y los fi nes pertinentes. Artículo Quinto.- DISPENSAR el Presente Acuerdo Regional del trámite a la lectura y aprobación del Acta para que se proceda a su implementación correspondiente. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la O fi cina Regional de Administración del Gobierno Regional de Ucayali, la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario Ofi cial “El Peruano”, debiendo publicarse además en un Diario de mayor circulación de la Capital de la Región, y a la Ofi cina de Tecnologías de la Información para su difusión y publicación a través del portal de la página web del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase.LAND BARBARAN LA TORRE PresidenteConsejo Regional 2110462-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 136- 2022-MDMM, que establece Beneficios e Incentivos Tributarios y No Tributarios de la deuda en el distrito de Magdalena del Mar deuda 2020 y años anteriores DECRETO DE ALCALDÍA Nº 030-2022-A-MDMM Magdalena del Mar, 21 de octubre de 2022EL ALCALDE DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MARVISTOS: El Informe N° 072-2022-GATR-MDMM emitido por la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, así como el Informe Conjunto N° 033-2022-SGEC-SGRRC-SGFT-GATR-MDMM, el Informe N° 03-2022-OGAJ-MDMM emitido por la O fi cina General de Asesoría Jurídica y el Memorándum N° 1803-2022-GM-MDMM emitido por la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en sus Artículos 74° y 194° reconoce a los Gobiernos Locales, autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el articulo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante la Ordenanza N° 136-2022-MDMM publicada en el diario o fi cial “El Peruano “con fecha 08