Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE OCTUBRE DEL AÑO 2022 (27/10/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 97

97 NORMAS LEGALES Jueves 27 de octubre de 2022 El Peruano / MUNICIPALIDAD DE LA PERLA FE DE ERRATAS ORDENANZA N° 010-2022-MDLP Mediante O fi cio Nº 110-2022-SG-MDLP, la Secretaría General de la Municipalidad Distrital de La Perla, solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 010-2022-MDLP, publicada en la edición del día 13 de octubre de 2022. En el artículo cuarto de la Ordenanza Nº 010-2022- MDLP, respecto a la conformación del Comité Distrital de Salud, en el punto 4. DICE:4. El/la Sub Gerente (a) de Participación Ciudadana.DEBE DECIR:4. El/la Sub Gerente (a) de Participación Vecinal. 2117905-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ISLAY Prorrogan vigencia de diversos artículos de la Ordenanza N° 490-MPI, que aprobó beneficios tributarios extraordinarios 2022 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2022-MPI Mollendo, 14 de octubre de 2022El Alcalde de la Municipalidad Provincial de Islay;VISTO: La Ordenanza Nº 490-MPI, de fecha de publicación 21 de enero de 2022, el Decreto de Alcaldía Nº 003-2022-MPI de fecha de publicación 28 de abril de 2022, el Decreto de Alcaldía Nº 005-2022-MPI de fecha de publicación 16 de julio de 2022, el Informe Nº 90-2022-MPI/GAT, de fecha 12 de octubre de 2022, de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe Legal Nº 401-2022-MPI/A-GM-OAJ, de fecha de recepción 13 de octubre de 2022, de la O fi cina de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 196-2022-MPI/A-GM, de fecha 13 de octubre de 2022, de Gerencia Municipal y el Proveído Nº 164-2022, de fecha 14 de octubre de 2022, del despacho de Alcaldía; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 490-MPI, de fecha de publicación 21 de enero de 2022, se aprobó los bene fi cios tributarios extraordinarios 2022; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 003-2022-MPI de fecha de publicación 28 de abril de 2022, se decretó prorrogar la vigencia de los Artículo Primero, Segundo, Tercero y Cuarto de la Ordenanza Nº 490-MPI, hasta el 27 de julio de 2022; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 005-2022-MPI de fecha de publicación 16 de julio de 2022, se decretó prorrogar la vigencia de los Artículo Primero, Segundo, Tercero y Cuarto de la Ordenanza Nº 490-MPI, hasta el 31 de octubre de 2022;Que, la Gerencia de Administración Tributaria mediante Informe Nº 90-2022-MPI/GAT, de fecha 12 de octubre de 2022, concluye en que a fi n de otorgar facilidades a los contribuyentes para que cumplan con honrar sus deudas con esta Municipalidad, solicita prorrogar los bene fi cios tributarios extraordinarios 2022 aprobados mediante Ordenanza Nº 490-MPI, hasta el 30 de diciembre de 2022. Solicitud que cuenta con la opinión favorable de la O fi cina de Asesoría Jurídica conforme a lo señalado en el Informe Legal Nº 401-2022-MPI/A-GM-OAJ, de fecha de recepción 13 de octubre de 2022; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; la Ley de Tributación Municipal y la Segunda Disposición Final de la Ordenanza Nº 490-MPI; SE DECRETA: Artículo 1º.- PRORROGAR la vigencia del Artículo Primero de la Ordenanza Nº 490-MPI, quedando de la siguiente manera: “Artículo PRIMERO. Aprobar los siguientes BENEFICIOS TRIBUTARIOS EXTRAORDINARIOS, para los contribuyentes del distrito de Mollendo en el concepto de Impuesto Predial y, para los contribuyentes de la provincia de Islay en el concepto de Impuesto al Patrimonio Vehicular, con vigencia hasta el 30 de diciembre de 2022, según el siguiente detalle: DETALLEIMPUESTO PREDIALIMPUESTO AL PATRIMONIO VEHICULAR Deudas del año 2022 hacia atrás100% descuento de intereses100% descuento de intereses. Artículo 2º.- PRORROGAR la vigencia del Artículo Segundo de la Ordenanza Nº 490-MPI, quedando de la siguiente manera: “Artículo SEGUNDO. Aprobar el bene fi cio tributario de descuento para el pago de las deudas por concepto de arbitrios municipales, con vigencia hasta el 30 de diciembre de 2022, de acuerdo al siguiente cuadro: DETALLE ARBITRIOS Deudas del año 2013 80% descuento de la deuda (incluye intereses)Deudas del año 2014 80% descuento de la deuda (incluye intereses) Deudas del año 2015 80% descuento de la deuda (incluye intereses) Deudas del año 2016 80% descuento de la deuda (incluye intereses)Deudas del año 2017 80% descuento de la deuda (incluye intereses)Deudas del año 2018 50% descuento de la deuda (incluye intereses)Deudas del año 2019 50% descuento de la deuda (incluye intereses)Deudas del año 2020 50% descuento de la deuda (incluye intereses) Deudas del año 2021 50% descuento de la deuda (incluye intereses) Deudas del año 2022 50% descuento de la deuda (incluye intereses) Artículo 3º.- PRORROGAR la vigencia de los bene fi cios señalados en el Artículo Tercero y Artículo Cuarto de la Ordenanza Nº 490-MPI, hasta el 30 de diciembre de 2022. Artículo 4º.- ENCARGAR, a la Gerencia de Administración Tributaria, O fi cina de Relaciones Públicas e Imagen Institucional y Sub Gerencia de Informática, el fi el cumplimiento y la correspondiente difusión. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.EDGAR AUGUSTO RIVERA CERVERA Alcalde 2119362-1