NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (01/09/2022)
CANTIDAD DE PAGINAS: 108
TEXTO PAGINA: 104
104 NORMAS LEGALES Jueves 1 de setiembre de 2022 El Peruano / LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CONSIDERANDO QUE: Se ha recibido la invitación de Alliance for Financial Inclusion (AFI) para participar en el 12th Global Policy Forum (GPF), denominado “Moving Forward Together: Towards a Resilient, Inclusive and Sustainable Future”, que se realizará del 05 al 08 de setiembre de 2022 en la ciudad de Amán, Reino Hachemita de Jordania, con el objetivo de analizar el papel que desempeña la inclusión fi nanciera en la mitigación del impacto de la pandemia en las poblaciones vulnerables y desatendidas para garantizar que la recuperación sea totalmente inclusiva, ecológica y sostenible; La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) tiene a su cargo la regulación y supervisión de los sistemas fi nanciero, de seguros, privado de pensiones y cooperativo y contribuye con la prevención y detección del lavado de activos y el fi nanciamiento del terrorismo; que los temas que se desarrollarán en el referido evento son de interés y redundarán en bene fi cio del sistema fi nanciero nacional, así como en el ejercicio de las funciones de supervisión y regulación; y que es miembro asociado de AFI, cuyo rol es proveer a sus miembros de las herramientas y recursos que propicien la aplicación de las políticas de inclusión fi nanciera más apropiadas en sus respectivos países. Asimismo, participa en el Digital Financial Services Working Group (DFSWG), en el Inclusive Green Finance Working Group (IGFWG) y en el Financial Inclusion Initiative for Latin America and the Caribbean (FILAC) Experts Group on Financial Inclusion Policy (EGFIP); De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, la Ley N° 27619, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, así como en la Directiva SBS N° SBS-DIR-SBS-085-25 sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2022; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Autorizar el viaje del señor Alejandro Medina Moreno, Superintendente Adjunto de Riesgos, del 03 al 10 de setiembre de 2022, y de la señora Mariela Rita Zaldívar Chauca, Superintendente Adjunto de Conducta de Mercado e Inclusión Financiera, del 03 al 09 de setiembre de 2022, a la ciudad de Amán, Reino Hachemita de Jordania, para participar en el evento señalado en la parte considerativa de la presente Resolución, quienes dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a su reincorporación, deberán presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue la participación de los citados funcionarios por concepto de pasaje aéreo (hasta US$ 3 600,00 por pasaje, vía reembolso), alojamiento y alimentación serán cubiertos por Alliance for Financial Inclusion (AFI), en tanto que la diferencia de costos de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2022, de acuerdo a lo siguiente: Pasajes aéreos US$ 168,91 Viáticos US$ 500,00 Artículo 3°.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARIA DEL SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca, Seguros y AFP 2100988-1GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BREÑA Ordenanza que establece beneficios para la regularización de deudas tributarias y no tributarias ORDENANZA MUNICIPAL Nº 0578-2022-MDB Breña, 23 de agosto de 2022EL ALCALDE DEL DISTRITO DE BREÑAPOR CUANTO:El Concejo Municipal Distrital de Breña, en Sesión Ordinaria de la fecha. VISTO:El Informe Nº 0756-2022-SGRCT/GR/MDB de fecha 20 de julio de 2022 de la Subgerencia de Recaudación y Control Tributario, el Informe Nº 0037-2022/GR/MDB de fecha 21 de julio de 2022 de la Gerencia de Rentas, el Informe Nº 326-2022-OAJ-MDB de fecha 01 de agosto de 2022 de la O fi cina de Asesoría Jurídica, el Dictamen Nº 05-2022-CR-CM/MDB de fecha 11 de agosto de 2022 de la Comisión de Rentas, todos los actuados respecto del proyecto de “Ordenanza que establece Bene fi cios para la Regularización de deudas Tributarias y no Tributarias”, y; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú; y el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la referida autonomía es ejercida a través de aprobación de Ordenanzas, Acuerdos de Concejo, entre otros, de conformidad a lo estipulado en el artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades, concordante con lo establecido en el numeral 4) del artículo 200º de la Constitución Política del Perú, la cual otorga rango de Ley a las Ordenanzas Municipales; Que, de conformidad con los artículos 74º y 195º de la Constitución Política del Perú, concorde con la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único del Código Tributario, aprobado con Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, y con el artículo 9º numeral 9) de la Ley Nº 27972, los gobiernos locales tienen facultad para crear, modi fi car y suprimir contribuciones y tasas o exonerare de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que la Ley establece; Que, asimismo el artículo 41º del TUO del Código Tributario, establece que excepcionalmente los gobiernos locales podrán condonar con carácter general, el interés moratorio y las sanciones respecto de los tributos administrados, precisando que el caso de contribuciones y tasas, dicha condonación podrá alcanzar también al tributo; Que, mediante Informe Nº 0756-2022-SGRCT/GR/MDB de fecha 20 de julio de 2022, la Subgerencia de Recaudación y Control Tributario, remite a la Gerencia de Rentas, el proyecto de Ordenanza que establece Bene fi cios para la Regularización de deudas Tributarias y No Tributarias, señalando que, tiene como objetivo el incremento de la recaudación tributaria, administrativo y en particular el incremento de la recaudación del impuesto predial; Que, mediante Informe Nº 0037-2022/GR/MDB de fecha 21 de julio de 2022, la Gerencia de Rentas, remite a la Gerencia Municipal, el proyecto de Ordenanza que establece Bene fi cios para la Regularización de deudas Tributarias y No Tributarias, teniendo como objetivo establecer un régimen de bene fi cios tributarios y no tributarios, dentro de la jurisdicción del distrito de Breña,