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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (03/09/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 36

36 NORMAS LEGALES Sábado 3 de setiembre de 2022 El Peruano / afecten a la población cercana al puerto, buscando una integración natural con la menor fricción posible, y; (iv) Exponer la visión de la Autoridad Portuaria Nacional y el rol que desempeña a nivel global en la industria marítima, contribuyendo al fortalecimiento de su imagen institucional ante la comunidad portuaria internacional; Que, en el citado Informe N° 0168-2022-APN-DIPLA, la Dirección de Planeamiento y Estudios Económicos de la Autoridad Portuaria Nacional detalla el itinerario de actividades de la referida visita de trabajo y precisa que los gastos por concepto de pasajes aéreos, serán con cargo al presupuesto institucional de dicha entidad; Que, a través del Informe N° 0078-2022-APN-OGA, la O fi cina General de Administración de la Autoridad Portuaria Nacional recomienda gestionar la autorización de viaje en comisión de servicios correspondiente, a fi n que el Presidente del Directorio de la Autoridad Portuaria Nacional participe en la visita de trabajo antes descrita; Que, con Informe Legal N° 0270-2022-APN-UAJ, la Unidad de Asesoría Jurídica de la Autoridad Portuaria Nacional emite opinión legal favorable respecto al viaje del señor Manuel Gilberto Hinojosa López, Presidente del Directorio de la Autoridad Portuaria Nacional, para participar en la visita de trabajo; Que, mediante Certi fi cación de Acuerdo de Directorio N° 0011-2022-APN-PD, el Presidente del Directorio de la Autoridad Portuaria Nacional, certi fi ca que en la Sesión N° 604 celebrada el 26 de agosto de 2022, el Directorio de la Autoridad Portuaria Nacional adoptó el Acuerdo N° 2593-604-26/08/2022/D, a través del cual se aprueba la fecha del viaje en comisión de servicios del señor Manuel Gilberto Hinojosa López, Presidente del Directorio de la Autoridad Portuaria Nacional, a las ciudades de Róterdam, Vlissigen, Puerto del Mar del Norte, Middelburg y Deltares, Reino de los Países Bajos, del 03 al 09 de setiembre de 2022, para participar en el referida visita de trabajo; Que, a través de los O fi cios Nos. 0889 y 0952-2022-APN-GG-UAJ, la Gerencia General de la Autoridad Portuaria Nacional solicita la autorización de viaje en comisión de servicios del señor Manuel Gilberto Hinojosa López, Presidente del Directorio de la Autoridad Portuaria Nacional, a fi n de participar en la visita de trabajo antes descrita, para lo cual remite la documentación que contiene el sustento técnico y legal correspondiente; Que, el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, dispone que, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos se aprueban conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, y sus normas reglamentarias; Que, la Ley N° 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Decreto Supremo que Aprueba Normas Reglamentarias sobre Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, regulan la autorización de viajes al exterior del indicado personal, señalando que los mismos deben sustentarse en el interés nacional o institucional; Que, en consecuencia, corresponde autorizar el viaje en comisión de servicios del señor Manuel Gilberto Hinojosa López, Presidente del Directorio de la Autoridad Portuaria Nacional, a las ciudades de Róterdam, Vlissigen, Puerto del Mar del Norte, Middelburg y Deltares, Reino de los Países Bajos, del 03 al 09 de setiembre de 2022, de conformidad con el itinerario de viaje propuesto, para los fi nes expuestos en los considerandos precedentes; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; la Ley N° 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y sus modi fi catorias, y; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Decreto Supremo que Aprueba Normas Reglamentarias sobre Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios del señor Manuel Gilberto Hinojosa López, Presidente del Directorio de la Autoridad Portuaria Nacional, a las ciudades de Róterdam, Vlissigen, Puerto del Mar del Norte, Middelburg y Deltares, Reino de los Países Bajos, del 03 al 09 de setiembre de 2022, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos correspondientes a los pasajes aéreos que demande el viaje autorizado en el artículo precedente, serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional del Pliego 214: Autoridad Portuaria Nacional, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes aéreos (Incluido TUUA) US$TOTAL US$ Manuel Gilberto Hinojosa López3 231.50 3 231.50 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la persona autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, presenta al Titular de la Entidad un informe detallado de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.GEINER ALVARADO LÓPEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 2101871-1 Establecen el Derecho de Vía de la Ruta Nacional PE-20B (tramo restante) entre la Av. Elmer Faucett (empalme con el área del Anillo Vial Periférico puntos Cal D-35 y Cal D-36) y la Av. Morales Duárez (empalme con la Av. Gambetta) RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 759-2022-MTC/01.02 Lima, 1 de setiembre de 2022VISTOS: El Memorando N° 0692-2022-MTC/19.03 de la Dirección de Disponibilidad de Predios de la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 16 de la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones es el órgano rector a nivel nacional en materia de transporte y tránsito terrestre, correspondiéndole dictar los reglamentos nacionales establecidos en la Ley, así como aquellos que sean necesarios para el desarrollo del transporte y el ordenamiento del tránsito; Que, el Reglamento Nacional de Gestión de Infraestructura Vial, aprobado por Decreto Supremo N° 034-2008-MTC, en adelante el Reglamento, tiene por objeto entre otros, de fi nir las pautas para las normas técnicas de diseño, construcción y mantenimiento de carreteras, caminos y vías urbanas, así como las condiciones para el uso del derecho de vía para la instalación de elementos y dispositivos no relacionados con el transporte o tránsito; Que, el artículo 4 del citado Reglamento establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones en su calidad de órgano rector a nivel nacional en materia de transporte y tránsito terrestre, es la autoridad competente para dictar las normas correspondientes a la gestión de la infraestructura vial, fi scalizar su cumplimiento e interpretar las normas técnicas contenidas en dicho