NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (03/09/2022)
CANTIDAD DE PAGINAS: 104
TEXTO PAGINA: 46
46 NORMAS LEGALES Sábado 3 de setiembre de 2022 El Peruano / permitirán repotenciar los bene fi cios de dichos procesos o procedimientos. Quinto: En la actualidad, la administración del Poder Judicial y dentro de ella la Gerencia General y sus órganos homólogos en cada Corte Superior, en especial las gerencias centrales y distritales, que constituyen el órgano técnico en materia de Gestión, se encargan de elaborar y dirigir los “procesos de soporte” en toda la administración de justicia. Sin embargo, se han limitado a ser proveedores de bienes y servicios de los órganos jurisdiccionales, es decir la de facilitar recursos humanos y logísticos, o recolectores y difusores de información estadística -poco fi able- tomando decisiones de gestión en base a ellas. La obsoleta organización adoptada, que responde a un esquema de gestión vertical, de compartimentos estancos –una área desconoce lo que hace la otra-, extremadamente formalista y que se sujeta a las rígidas funciones contenidas en un reglamento (ROF), que más que a resultados requeridos, atiende a la inercia de la actividad prevista, da lugar a una desatención o no atención oportuna a los requerimientos de los usuarios internos; sus procesos o procedimientos –que no están previstos para ser identi fi cados-, que se supone deberían ser de soporte a la actividad principal –corebusiness- están dedicados al consumo del presupuesto institucional, sin observar ni atender, ni menos acompañar o mejorar la actividad de los órganos jurisdiccionales así como de sus procesos o procedimientos; obviando el monitoreo de los elementos de celeridad procesal, carga y producción de los jueces, el fl ujo de los procesos judiciales, los procedimientos existentes al interior de los órganos jurisdiccionales con miras a su estandarización, el uso racional e idóneo de las Tecnologías de la Información y Comunicaciones (TIC) a fi n de lograr la racionalización de los recursos, la celeridad y transparencia en los Despachos Judiciales. Solo algunos entes administrativos, que no forman parte de la estructura orgánica del Poder Judicial, y que dependen del Consejo Ejecutivo (como son los Equipos Técnicos de Implementación y monitoreo, programas presupuestales y comisiones de trabajo), cuya existencia tiene vocación temporal, hacen labor de acompañamiento, monitoreo y mejora de los procesos judiciales, que son la razón de ser del Poder Judicial; pese a la fragilidad de su constitución y la ausencia de un trabajo transversal entre los Equipos Técnicos, éstos vienen realizando una labor de relevante importancia en la marcha institucional, pues cubre en parte el vacío que deja el actual modelo de gestión institucional. El CEPJ ha logrado importantes avances gracias a estos entes administrativos. Esto explica porque razón, pese a que anualmente se consume el presupuesto institucional casi al 98%, sin embargo, acerca del resultado en la actividad jurisdiccional, aun con los avances logrados, no se advierte cambio sustancial año tras año; las mejoras que se han logrado en los últimos años –en temas del despacho judicial, oralidad en los procesos judiciales y el creciente uso de tecnología- no han permitido aún remontar los graves problemas que atraviesa el Poder Judicial; y, la actual forma de gestión institucional no ayuda a ello. Como se puede apreciar, es un deber institucional, cambiar el actual modelo de gestión administrativa del Poder Judicial. Sexto: Ahora bien, la actual Administración del Poder Judicial, especí fi camente el área de las gerencias, que como se ha indicado, se encuentra sobredimensionada y organizada con funciones que se repiten, en una estructura ine fi ciente y obsoleta; y que además utiliza procedimientos de fi cientes y engorrosos que la hacen poco célere, se encuentra bajo un antiguo sistema de gestión de procesos, que busca dirigir y mejorar cada proceso pero en forma individual, cuando debe orientarse hacia un sistema de gestión por procesos, es decir, aquel en el que cada proceso se entiende como componente de algo mayor dentro de una cadena de valor dirigida a alcanzar los resultados en favor del ciudadano. Corresponde recordar que, desde fi nales de la primera década de este siglo, los órganos de gobierno han aprobado planes de desarrollo institucional, planes estratégicos para periodos de 5 u 8 años, planes para el desarrollo de las TIC, etc. No obstante, tales instrumentos, importantes para nuestra institución no han sido internalizados por los principales actores del Poder Judicial: los jueces. Tampoco existe un seguimiento de los mismos, a efectos de veri fi car su cumplimiento o avances. No se conoce de una evaluación de lo logrado, respecto de lo plani fi cado, a efectos de poder medir nuestro avance o desarrollo institucional. Séptimo: De conformidad con el artículo 72° del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial, los órganos de gestión más importantes del Poder Judicial son: la Presidencia del Poder Judicial, la Sala Plena de la Corte Suprema y el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. De éstos órganos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, es el que tiene a cargo la labor de asegurar el idóneo funcionamiento de los órganos jurisdiccionales de todo el país. Para el ejercicio de sus funciones que le son propias, cuenta con un órgano de línea que es la Gerencia General del Poder Judicial, que cumple una labor de especial importancia, por encontrarse estrechamente vinculado a los procesos judiciales y al debido funcionamiento de los órganos jurisdiccionales en el Poder Judicial. La Gerencia General se encuentra a cargo del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, y cuenta con las siguientes ocho (8) Gerencias, que son sus órganos de línea: 1. Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar 2. Gerencia de Administración y Finanzas3. Gerencia de Informática4. Gerencia de Servicios Judiciales y Recaudación5. Gerencia de Plani fi cación 6. Gerencia de Infraestructura Inmobiliaria7. Gerencia de Centros Juveniles8. Gerencia de Desarrollo Corporativo Octavo: La estructura departamentalizada o segmentada de las citadas gerencias, que es propia de una gestión de procesos y no de una moderna gestión pública orientada a resultados y gestión por procesos, convierte a estos órganos de gestión en simples proveedores de servicios, insumos y recursos a los órganos jurisdiccionales -servicios informáticos, locales, equipos, papel, recursos humanos y logísticos, etc-, dándole de esta forma, un destino limitado a parte importante del presupuesto del Poder Judicial. Esta organización gerencial, con las de fi ciencias que se advierten, en el sentido de la superposición de funciones entre las diferentes gerencias y órganos de gestión, resulta insufi ciente para asegurar el idóneo funcionamiento y desempeño de los órganos jurisdiccionales del país. Similar estructura administrativa se advierte a nivel de las Cortes Superiores, en especial aquellas que adquieren la condición de unidades ejecutoras. Corresponde entonces, en la búsqueda de una mayor e fi ciencia, la revisión total de los procesos y procedimientos administrativos, incluso los disciplinarios, eliminando los trámites engorrosos y haciéndolos más ágiles y sencillos, usando con mayor intensidad las TIC. Noveno: En conclusión, urge una radical modernización de la gestión en el Poder Judicial encaminada hacia una moderna gestión pública orientada a resultados y gestión por procesos; para ello se necesita un moderno instrumento de Gestión por Procesos, necesario para romper la actual estructura administrativa del Poder Judicial, además de una revisión total de los procedimientos internos de la administración, a efectos de lograr procedimientos ágiles, sencillos y céleres; para ello se requiere un idóneo diagnóstico -línea de base- de los procesos y procedimientos administrativos existentes; esto es, una idónea identi fi cación de los procedimientos en cada área, con el objeto de su mejora y estandarización; dichos procedimientos no solo deben estar identi fi cados, sino además, documentados, para su permanente mejora y adecuación a cada necesidad; además de revisar también, la calidad de la información estadística y de los respectivos indicadores de gestión, indispensables para la toma de decisiones e fi cientes y e fi caces. Décimo: En cuanto al documento normativo presentado, se aprecia que, se trataría de un proyecto de Manual para uno de los órganos de línea de la Gerencia General, esto es, la Gerencia de Recursos