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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (06/09/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 92

92 NORMAS LEGALES Martes 6 de setiembre de 2022 El Peruano / Prorrogan el plazo de vigencia de la Ordenanza N° 505-MDS, que aprobó el BENEFICIO PARA EL PAGO DE MUL TAS ADMINISTRATIVAS “#MUL TAS CERO 2022” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 012-2022-MDS Surquillo, 26 de agosto de 2022EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO: VISTO; el Memorando Nº 1004-2022-GM-MDS, con fecha 25 de agosto de 2022, a través del cual el Gerente Municipal remite el Informe Nº 063-2022-GR-MDS, de fecha 23 de agosto de 2022, emitido por la Gerencia de Rentas, el Informe Nº 00516-2022-SGFT-GR/MDS, de fecha 23 de agosto de 2022, emitido por la Subgerencia de Fiscalización Tributaria y el Informe Nº 086-2022-SGEC-GR-MDS, de fecha 19 de agosto de 2022, emitido por la Subgerencia de Ejecutoría Coactiva, mediante los cuales dichas áreas emiten opinión técnica favorable sobre la prórroga hasta el día 30 de setiembre de 2022 la vigencia de la Ordenanza Nº 505-MDS; que aprobó el BENEFICIO PARA EL PAGO DE MULTAS ADMINISTRATIVAS “#MULTAS CERO 2022”; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ordenanza Nº 505-MDS; se aprobó el BENEFICIO PARA EL PAGO DE MULTAS ADMINISTRATIVAS “#MULTAS CERO 2022”; Que, a través de la Primera Disposición Final y Transitoria de la Ordenanza Nº 505-MDS, el Concejo Municipal de Surquillo facultó al Señor Alcalde para que, mediante el Decreto de Alcaldía prorrogue la vigencia de la misma, establecido en el Artículo Octavo; Que, mediante el Decreto de Alcaldía Nº 009- 2022-MDS, de fecha 13 de julio de 2022, se resolvió PRORROGAR hasta el día 31 de agosto de 2022, el plazo de vigencia de la vigencia de la Ordenanza Nº 505-MDS; que aprobó el BENEFICIO PARA EL PAGO DE MULTAS ADMINISTRATIVAS “#MULTAS CERO 2022”; Que, mediante el Memorando Nº 1004-2022-GM-MDS, con fecha 25 de agosto de 2022, a través del cual el Gerente Municipal remite el Informe Nº 063-2022-GR-MDS, de fecha 23 de agosto de 2022, emitido por la Gerencia de Rentas, el Informe Nº 00516-2022-SGFT-GR/MDS, de fecha 23 de agosto de 2022, emitido por la Subgerencia de Fiscalización Tributaria y el Informe Nº 086-2022-SGEC-GR-MDS, de fecha 19 de agosto de 2022, emitido por la Subgerencia de Ejecutoría Coactiva, mediante los cuales dichas áreas emiten opinión técnica favorable sobre la prórroga hasta el día 30 de setiembre de 2022 la vigencia de la Ordenanza Nº 505-MDS; que aprobó el BENEFICIO PARA EL PAGO DE MULTAS ADMINISTRATIVAS “#MULTAS CERO 2022”; Estando a lo expuesto, y con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante el Informe Nº 262-2022-GAJ-MDS, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20º y el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidad; DECRETA: Artículo Primero.- PRÓRROGAR hasta el día 30 de setiembre de 2022, el plazo de vigencia de la de la vigencia de la Ordenanza Nº 505-MDS; que aprobó el BENEFICIO PARA EL PAGO DE MULTAS ADMINISTRATIVAS “#MULTAS CERO 2022” por los considerandos antes expuestos. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Estadística e Informática, Subgerencia de Fiscalización Tributaria, Subgerencia de Ejecutoria Coactiva y Subgerencia de Comunicación e Imagen Institucional, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación del presente decreto en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de Surquillo.POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.GIANCARLO GUIDO CASASSA SANCHEZ Alcalde 2102394-1 Prorrogan el plazo de vigencia de la Ordenanza N° 511-MDS que establece beneficios tributarios para contribuyentes adultos mayores no pensionistas DECRETO DE ALCALDÍA Nº 013-2022-MDS Surquillo, 26 de agosto de 2022 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO: VISTO; el Memorando Nº 1003-2022-GM-MDS, con fecha 25 de agosto de 2022, a través del cual el Gerente Municipal remite el Informe Nº 064-2022-GR-MDS, de fecha 23 de agosto de 2022, emitido por la Gerencia de Rentas, el Informe Nº 00515-2022-SGFT-GR/MDS, de fecha 23 de agosto de 2022, emitido por la Subgerencia de Fiscalización Tributaria y el Informe Nº 087-2022-SGEC-GR-MDS, de fecha 19 de agosto de 2022, emitido por la Subgerencia de Ejecutoría Coactiva, mediante los cuales dichas áreas emiten opinión técnica favorable sobre la prórroga hasta el día 30 de setiembre de 2022 la vigencia de la Ordenanza Nº 511-MDS que establece bene fi cios tributarios para contribuyentes adultos mayores no pensionistas; y, CONSIDERANDO:Que, mediante la Ordenanza Nº 511-MDS que establece bene fi cios tributarios para contribuyentes adultos mayores no pensionistas; Que, a través de la Primera Disposición Final y Complementaria de la Ordenanza Nº 511-MDS, el Concejo Municipal de Surquillo facultó al Señor Alcalde para que, mediante el Decreto de Alcaldía prorrogue la vigencia de la misma, establecido en el Artículo Décimo; Que, mediante el Memorando Nº 1003-2022-GM- MDS, con fecha 25 de agosto de 2022, a través del cual el Gerente Municipal remite el Informe Nº 064-2022-GR-MDS, de fecha 23 de agosto de 2022, emitido por la Gerencia de Rentas, el Informe Nº 00515-2022-SGFT-GR/MDS, de fecha 23 de agosto de 2022, emitido por la Subgerencia de Fiscalización Tributaria y el Informe Nº 087-2022-SGEC-GR-MDS, de fecha 19 de agosto de 2022, emitido por la Subgerencia de Ejecutoría Coactiva, mediante los cuales dichas áreas emiten opinión técnica favorable sobre la prórroga hasta el día 30 de setiembre de 2022 la vigencia de la Ordenanza Nº 511-MDS que establece bene fi cios tributarios para contribuyentes adultos mayores no pensionistas; Estando a lo expuesto, y con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante el Informe Nº 263-2022-GAJ-MDS, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20º y el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidad; DECRETA:Artículo Primero.- PRÓRROGAR hasta el día 30 de setiembre de 2022, el plazo de vigencia de la de la vigencia de la Ordenanza Nº 511-MDS que establece bene fi cios tributarios para contribuyentes adultos mayores no pensionistas por los considerandos antes expuestos. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Estadística e Informática, Subgerencia de Fiscalización Tributaria, Subgerencia de Ejecutoria Coactiva y Subgerencia de Comunicación e Imagen Institucional, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto.