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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (24/09/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 108

108 NORMAS LEGALES Sábado 24 de setiembre de 2022 El Peruano / 1.3. El artículo 24 determina que en caso de ausencia del alcalde lo reemplaza el teniente alcalde, que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral, y a los regidores lo reemplazan los suplentes, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral. En el Decreto Supremo Nº 001-2022-PCM 1 1.4. El Presidente de la República convocó a ERM 2022 para el domingo 2 de octubre del mismo año, con el objeto de elegir a gobernadores, vicegobernadores, consejeros regionales de los departamentos de toda la República y la Provincia Constitucional del Callao, así como alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de la República. En la Resolución Nº 0918-2021-JNE, que aprobó la regulación sobre renuncias y licencias de funcionarios y servidores públicos que participen como candidatos en las ERM 2022 2 1.5. El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) precisó, entre otros, el plazo para que los trabajadores y funcionarios municipales de los poderes públicos, así como de los organismos, empresas del Estado y municipalidades, soliciten su licencia sin goce de haber con el propósito de participar en las ERM 2022. De esta manera, el numeral 6 de la parte resolutiva dispuso: […] 6.1. Las solicitudes de licencia tienen que ser presentadas por escrito, ante la entidad pública correspondiente, hasta el 14 de junio de 2022, por ser el plazo máximo para solicitar la inscripción de las listas de candidatos. Es necesario que la solicitud mencione expresamente que la licencia debe ser concedida a partir del 2 de setiembre de 2022 (30 días calendario antes de las elecciones). […] En la Resolución Nº 0919-2021-JNE, que aprobó los mecanismos de reemplazo de las autoridades regionales y municipales que renuncien o soliciten licencias para participar como candidatos en las ERM 2022 3 1.6. El Pleno del JNE estableció, entre otros, los casos de licencia sin goce de haber de las autoridades regionales y municipales que la soliciten con el propósito de participar como candidatos en las ERM 2022. De tal forma, el numeral 3 de la parte resolutiva determinó: […] 3.3. La expedición de credenciales provisionales debe solicitarse al Jurado Nacional de Elecciones en el plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la presentación de la solicitud de licencia. […] En el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones 4 (en adelante, Reglamento) 1.7. El artículo 16 contempla: Artículo 16.- Sujetos obligados al uso de la Casilla Electrónica Todas las partes de los procesos electorales y no electorales, jurisdiccionales o de índole administrativa, serán noti fi cadas con los pronunciamientos o actos administrativos emitidos por el JNE y el JEE, según corresponda, únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas habilitadas. En caso de que los sujetos antes mencionados no soliciten sus credenciales y habiliten su Casilla Electrónica, se entenderán por noti fi cados con el pronunciamiento o el acto administrativo, según corresponda, a través de su publicación en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones (www.jne.gob.pe), surtiendo efectos legales a partir del día siguiente de su publicación. […] SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO2.1. De la revisión de los actuados, se advierte que, con el O fi cio Nº 393-2022-MDBSH/A, el señor recurrente comunicó al JNE que, el 7 de junio y 10 de agosto del año en curso, respectivamente, los señores regidores solicitaron licencia sin goce de haber, para que se efectivice desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, debido a su intención de participar como candidatos en las ERM 2022. 2.2. Dichas solicitudes de licencias sin goce de haber fueron concedidas por los miembros del Concejo Distrital de La Banda de Shilcayo conforme al Acuerdo de Concejo Municipal Nº 030-2022-MDBSH y al Acuerdo Extraordinario de Concejo Municipal Nº 009-2022-MDBSH, por el periodo antes mencionado. 2.3. Sobre el particular, en aplicación de la Resolución Nº 0918-2021-JNE (ver SN 1.5.), el periodo de licencia abarcará desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, con lo cual se computan treinta (30) días naturales antes de la elección, como establece el literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la LEM (ver SN 1.2.). 2.4. En ese sentido, en vista de que las solicitudes de licencia cuentan con la aprobación del mencionado concejo distrital y de acuerdo con lo establecido en la LOM (ver SN 1.3.) y en la Resolución Nº 0919-2021-JNE (ver SN 1.6.), corresponde que este órgano electoral convoque a doña Jossy Bustamante Macedo, identi fi cada con documento nacional de identidad (DNI) Nº 73999672, candidata no proclamada de la organización política Acción Popular, para que asuma temporalmente el cargo de regidora del Concejo Distrital de La Banda de Shilcayo. 2.5. Así también, corresponde convocar a don Nilo Saldaña Arriaga, identi fi cado con DNI Nº 01159246, candidato no proclamado de la organización política Alianza para el Progreso, para que asuma temporalmente el cargo de regidor del referido concejo. 2.6. Dichas convocatorias se realizan conforme al Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas del distrito de La Banda de Shilcayo, provincia y departamento de San Martín, del 6 de noviembre de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de San Martín, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018. 2.7. La noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse, según lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.7.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. DEJAR SIN EFECTO , de manera temporal, la credencial otorgada a doña María Rosario Noriega Morán, regidora del Concejo Distrital de La Banda de Shilcayo, provincia y departamento de San Martín, hasta el 2 de octubre de 2022, con motivo de participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2. DEJAR SIN EFECTO , de manera temporal, la credencial otorgada a don Manuel Tuesta Rivero, regidor del Concejo Distrital de La Banda de Shilcayo, provincia y departamento de San Martín, hasta el 2 de octubre de 2022, con motivo de participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 3. CONVOCAR a doña Jossy Bustamante Macedo, identi fi cada con DNI Nº 73999672, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Distrital de La Banda de Shilcayo, provincia y departamento de San Martín, hasta el 2 de octubre de 2022, para lo cual se le otorgará la credencial que la faculte como tal. 4. CONVOCAR a don Nilo Saldaña Arriaga, identi fi cado con DNI Nº 01159246, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor del Concejo Distrital de La Banda de Shilcayo, provincia y departamento de San Martín, hasta el 2 de octubre de