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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (24/09/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 122

122 NORMAS LEGALES Sábado 24 de setiembre de 2022 El Peruano / de dicha provincia, habiéndose arribado a diversos Compromisos, entre ellos, se tiene: “4.2 Compromiso EVALUACIÓN DE TRANSFERENCIA FINANCIERA Y RETORNO DE LA UNIDAD EJECUTORA DEL PROYECTO CON CUI 2519317 – SUPER ESTRUCTURA DEL PUENTE SANTA ROSA HACIA LA MD DE RONDOCAN. ” Que, a través del O fi cio Nº 152-2022-A-MDR-A/C de fecha 06 de julio de 2022, el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Rondocan, solicita el Convenio de Transferencia para ejecución del Proyecto de Inversión “Creación de la Superestructura Metálica Modular ACROW TDR del puente Santa Rosa sobre el rio Apurímac en el Sector de Chuyana, del Distrito de Rondocan, provincia de Acomayo, departamento del Cusco”, con CUI Nº 2519317, precisando que la obra ya cuenta con la construcción de los estribos en ambos márgenes 100% concluido a la espera de la instalación de la superestructura solicitada. Que, al respecto, la LEY Nº 31365 - LEY DE PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2022, expresamente dispone: “Artículo 4. Acciones administrativas en la ejecución del gasto público (...)4.2 Todo acto administrativo, acto de administración o las resoluciones administrativas que autoricen gastos no son e fi caces si no cuentan con el crédito presupuestario correspondiente en el presupuesto institucional o condicionan la misma a la asignación de mayores créditos presupuestarios, bajo exclusiva responsabilidad del titular de la entidad, así como del jefe de la O fi cina de Presupuesto y del jefe de la O fi cina de Administración, o los que hagan sus veces, en el marco de lo establecido en el Decreto Legislativo 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. Artículo 16. Transferencias fi nancieras permitidas entre entidades públicas durante el Año Fiscal 2022 16.1 Autorizase, en el presente Año Fiscal, la realización, de manera excepcional, de las siguientes transferencias fi nancieras entre entidades, conforme se detalla a continuación: (...)l) Las que se realicen para el fi nanciamiento y cofi nanciamiento de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y de los proyectos que no se encuentran bajo el ámbito de dicho Sistema Nacional, y el mantenimiento de carreteras y de infraestructura de saneamiento, y de desarrollo de capacidades productivas, entre los niveles de gobierno subnacional y de estos al Gobierno Nacional, previa suscripción del convenio respectivo. Las transferencias fi nancieras se efectúan hasta el tercer trimestre del año 2022, debiéndose emitir el acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, según corresponda, dentro del plazo antes mencionado. ” Que, por su parte, el DECRETO LEGISLATIVO Nº 1440 - DECRETO LEGISLATIVO DEL SISTEMA NACIONAL DE PRESUPUESTO PÚBLICO, dispone: “Artículo 41. Certifi cación del crédito presupuestario (...)41.2 La certi fi cación resulta requisito indispensable cada vez que se prevea realizar un gasto, suscribir un contrato o adquirir un compromiso, adjuntándose al respectivo expediente. Dicha certi fi cación implica la reserva del crédito presupuestario, hasta el perfeccionamiento del compromiso y la realización del correspondiente registro presupuestario, bajo responsabilidad del Titular del Pliego. ” Que, cada uno de los expedientes técnicos de proyecto de inversión y/o actividad cuentan con el respectivo informe legal, suscrito por la Directora de la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Cusco, quien concluye y se pronuncia en forma FAVORABLE por la transferencia fi nanciera de recursos públicos a favor de la Municipalidad Distrital de Rondocan y posterior suscripción del Convenio propuesto. Que, estando al O fi cio Nº 356-2022-GR CUSCO/GR de fecha 25 de agosto 2022 la Gobernatura Regional remite en uso de su derecho de iniciativa legislativa regional reconocida por la Constitucional Política del Perú concordante con lo establecido mediante Ley Nº 27867 y el RIOF del Consejo Regional el expediente administrativo sobre transferencia fi nancieras de recursos público del Gobierno Regional Cusco a la Municipalidad Distrital de Rondocan para la ejecución del proyecto de inversión con CUI Nº 2519317 priorizado en el Marco del Tinkuy Regional Multianual, a fi n de que se emita Acuerdo de Consejo Regional que apruebe la transferencia fi nanciera que lo contiene. Que, con Informe Nº 034-2022-GRCUSCO-CRC- SCR-A/COPPATA de fecha 05 de setiembre de 2022, los Asesores de la Comisión Ordinaria de Plani fi cación, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Administración, concluyen que, corresponde la aprobación de la propuesta de Acuerdo de Consejo Regional por la que se autoriza la Transferencia de Recursos Financieros a la Municipalidad Distrital de Rondocan; asimismo, recomiendan que se incorporen otros articulados a la propuesta de Acuerdo de Consejo Regional. Que, en la Estación de Pedidos de la Novena Sesión Ordinaria - Periodo Legislativo 2022, la Presidenta de la Comisión Ordinaria de Plani fi cación, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Administración del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco ING. AGRON. JHEIDI HANCCO MAHUANTIARI, solicita se admita como parte de la agenda programada el Dictamen Nº 023-2022-GR CUSCO-CRC-COP PATA que aprueba por mayoría el proyecto de acuerdo de consejo regional propuesto por el Gobernador Regional de Cusco, que propone entre otros aspectos: “AUTORIZAR, LA TRANSFERENCIA FINANCIERA DE RECURSOS PÚBLICOS DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO A LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE RONDOCAN PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO DE INVERSIÓN “CREACIÓN DE LA SUPERESTRUCTURA METÁLICA MODULAR ACROW TDR DEL PUENTE SANTA ROSA SOBRE EL RIO APURÍMAC EN EL SECTOR DE CHUYANA, DEL DISTRITO DE RONDOCAN, PROVINCIA DE ACOMAYO, DEPARTAMENTO DEL CUSCO”, el mismo que ha sido remitido ante la Presidencia del Consejo Regional mediante O fi cio Nº 126-2022-GRC-CRC/ COPPATA de fecha 09-09-2022; a tal efecto, dicho dictamen fue admitido por unanimidad de votos de los Consejeros Regionales y en su oportunidad expuesto y sustentado, sometido a evaluación, debate y votación por parte del Pleno del Consejo Regional. Por lo expuesto, el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 27867, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, la Ordenanza Regional Nº 119- 2016-CR/GRC CUSCO; en conformidad con el Dictamen Nº 023-2022-GR CUSCO-CRC-COP PATA de la Comisión Ordinaria de Plani fi cación, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Administración, sustentada en las normas precedentemente enunciadas, con la dispensa del trámite de lectura de acta y aprobación de acta, y por unanimidad de votos de los Consejeros Regionales presentes, se: ACUERDA:Artículo Primero.- AUTORIZAR, LA TRANSFERENCIA FINANCIERA DE RECURSOS PÚBLICOS DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO A LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE RONDOCAN PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO DE INVERSIÓN “CREACIÓN DE LA SUPERESTRUCTURA METÁLICA MODULAR ACROW TDR DEL PUENTE SANTA ROSA SOBRE EL RIO APURÍMAC EN EL SECTOR DE CHUYANA, DEL DISTRITO DE RONDOCAN, PROVINCIA DE ACOMAYO, DEPARTAMENTO DEL CUSCO, de conformidad con el siguiente cuadro: