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14 NORMAS LEGALES Miércoles 5 de abril de 2023 El Peruano / ANEXO Nº 3 DECLARACION JURADA El que suscribe, .............................., identi fi cado con DNI Nº......................, y con domicilio en .................................................., natural del Distrito de........................, Provincia de................................ Departamento de........................ En pleno uso de mis facultades y en conocimiento de lo dispuesto en la Nonagésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, declaro bajo juramento lo siguiente: 1. No registrar antecedentes policiales, penales ni judiciales. 2. No contar con inhabilitación vigente para el ejercicio de la función pública o de la profesión. 3. No contar con sentencia condenatoria consentida y/o ejecutoriada por alguno de los delitos previstos en los artículos 382, 383, 384, 387, 388, 389, 393, 393-A, 394, 395, 396, 397, 397-A, 398, 399, 400 y 401 del Código Penal y los delitos previstos en los artículos 1, 2 y 3 del Decreto Legislativo 1106, o sanción administrativa que acarree inhabilitación, inscritas en el Registro Nacional de Sanciones contra Servidores Civiles. 4. No encontrarme inscrito en el Registro de Deudores de Reparaciones Civiles por Delito Doloso (REDERECI). 5. No encontrarme inscrito en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM). En caso de encontrarse inscrito, el postulante acredita previo a la emisión de la resolución de nombramiento, el cambio de su condición a través de la cancelación respectiva o autorice el descuento por planilla, o por otro medio de pago, del monto de la pensión mensual fi jada en el proceso de alimentos. Asumo la responsabilidad administrativa, civil y/o penal por cualquier acción de veri fi cación que compruebe la falsedad o inexactitud de la presente declaración jurada, así como la adulteración de los documentos que se presenten posteriormente a requerimiento de la entidad. Fecha, ...........de..................de 2023 Huella Digital _________________ FirmaNombres y Apellidos:DNI: 2166910-1 Designan miembro de la Junta General de Accionistas de la Empresa Servicios Industriales de la Marina S.A. (SIMA-PERÚ S.A.), en representación del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE) RESOLUCIÓN SUPREMA N° 021-2023-DE Lima, 4 de abril de 2023 VISTOS:El O fi cio N° 1420/83, de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; la Carta DES-2023-002, de la Dirección Ejecutiva de la Empresa Servicios Industriales de la Marina S.A. (SIMA-PERÚ S.A.); y, el Informe Legal N° 00417-2023-MINDEF/SG-OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa. CONSIDERANDO:Que, el artículo 1 de la Ley Nº 27073, Ley de Servicios Industriales de la Marina S.A. (SIMA-PERÚ S.A.), concordante con el artículo 20 del Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, establece que SIMA-PERÚ S.A. es una empresa estatal de derecho privado dentro del ámbito del Ministerio de Defensa; la misma que se rige por las disposiciones de la referida Ley, su estatuto, por la Ley de la Actividad Empresarial del Estado, y supletoriamente por la Ley General de Sociedades, en lo que fuere aplicable; Que, asimismo, el artículo 13 de la citada Ley, establece que la Junta General de Accionistas constituye el órgano supremo de SIMA-PERÚ S.A; y, que los derechos que corresponden al Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE) en la Junta General de Accionistas de SIMA-PERU S.A., serán ejercidos por dos (2) Almirantes en situación de actividad, señalando el número de acciones que cada uno de ellos representa; Que, el artículo 13 del Estatuto de la Empresa Servicios Industriales de la Marina S.A. (SIMA-PERÚ S.A.), establece que la Junta General de Accionistas estará integrada por dos (2) O fi ciales Almirantes en situación de actividad, quienes representarán los derechos del Estado peruano y que serán designados por resolución suprema, a propuesta de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; Que, mediante Resolución Suprema N° 015-2022- DE, se designa como miembros de la Junta General de Accionistas de la Empresa Servicios Industriales de la Marina S.A. (SIMA-PERÚ S.A.), en representación del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), al Contralmirante Enrique Luis ARNAEZ BRASCHI, y al Contralmirante Carlos Alfonso SAZ GARCÍA; Que, con Carta DES-2023-002, la Dirección Ejecutiva de la Empresa Servicios Industriales de la Marina S.A. (SIMA-PERÚ S.A.), en atención a los cambios de empleo de O fi ciales Almirantes de la Marina de Guerra del Perú para el Año Fiscal 2023, propone la designación del Contralmirante Fernando Thomas CASTILLO Heredia, en reemplazo del Contralmirante Carlos Alfonso SAZ GARCÍA, como representante del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE) en la referida empresa estatal; lo cual cuenta con la conformidad de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú, de acuerdo con lo indicado en el Ofi cio N° 1420/83; Que, mediante el Informe Legal N° 00417-2023-MINDEF/SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa considera que resulta legalmente viable expedir la resolución suprema que designe al Contralmirante Fernando Thomas CASTILLO HEREDIA, como miembro de la Junta General de Accionistas de la Empresa Servicios Industriales de la Marina S.A. (SIMA-PERÚ S.A.), en representación del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), en observancia a la normativa sobre la materia; concluyendo la designación del Contralmirante Carlos Alfonso SAZ GARCÍA, como miembro de la citada Junta General de Accionistas; Con el visado del Comandante General de la Marina de Guerra del Perú y del Jefe de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27073, Ley de los Servicios Industriales de la Marina S.A. SIMA-PERÚ S.A.; en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; y, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2016-DE. SE RESUELVE:Artículo 1.- Concluir la designación del Contralmirante Carlos Alfonso SAZ GARCÍA, como miembro de la Junta General de Accionistas de la Empresa Servicios Industriales de la Marina S.A. (SIMA-PERÚ S.A.), en representación del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), efectuada mediante el artículo 1 de la Resolución Suprema N° 015-2022-DE.