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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE ABRIL DEL AÑO 2023 (19/04/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 35

35 NORMAS LEGALES Miércoles 19 de abril de 2023 El Peruano / Primero de la presente Resolución, constituirá infracción según se dispone en el artículo 28° del Reglamento General de Infracciones y Sanciones, aprobado mediante Resolución N° 087-2013-CD/OSIPTEL y sus modi fi catorias, cuya cali fi cación según se dispone en la Resolución N° 118-2021-CD/OSIPTEL, que aprobó la “Norma que establece el Régimen de Cali fi cación de Infracciones”, será efectuada acorde a la escala prevista en el artículo 25° de la Ley N° 27336, Ley de Desarrollo de las Funciones y Facultades del OSIPTEL y, en función al nivel de la multa estimada en la aplicación de la “Metodología para el Cálculo de Multas” aprobada mediante Resolución N° 00229-2021-CD/OSIPTEL, y según el tipo de sanción que corresponda, de acuerdo con los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. 2. Mediante la carta C. 1484-DFI/2022, noti fi cada el 22 de junio de 2022, la DFI comunicó a VIETTEL el inicio de un Procedimiento Administrativo Sancionador (en adelante, PAS) por la comisión de las siguientes infracciones graves, durante el periodo de supervisión comprendido entre el 03 de julio de 2019 al 31 de diciembre de 2021: Conducta ImputadaNorma IncumplidaTipifi cación Infracción Entregar la información correspondiente al Registro de Abonados de Actualizaciones Diarias, respecto de 1 271 735 registros sin cumplir con la forma prevista (error en su estructura al menos en un campo de información). Artículo 4 de las Normas complementarias del RENTESEGÍtem 1 del Anexo N° 1 “Régimen de Infracciones y Sanciones” de la Normas complementarias del RENTESEGGrave - Habría remitido veintiún (21) archivos del Registro de Abonados de Actualizaciones Diarias fuera del horario establecido.- Habría remitido registros con información no reportada (desactualizada) conforme al siguiente detalle: i. No actualizó el campo de “Nombres del Abonado” debido a que no consignó el texto “Titularidad Cuestionada” en 11 casos de servicios públicos móviles.ii. No actualizó el campo “Estado del Servicio” en la medida que no consignó la baja de 297 197 registros.iii. No actualizó el campo “Estado del Servicio” en tanto no consignó el alta de 925 registros.iv. No actualizó el campo “Estado del Servicio” en la medida que no consignó el cambio de modalidad de 505 servicios públicos móviles.v. Actualizó extemporáneamente (no reportó la modi fi cación en el campo correspondiente registrado durante las últimas veinticuatro (24) horas hasta las 23:59:59 horas del día anterior al reporte) el registro de 71 505 bajas.Artículo 5 de las Normas complementarias del RENTESEGÍtem 1 del Anexo N° 1 “Régimen de Infracciones y Sanciones” de la Normas complementarias del RENTESEGGrave vi. Actualizó extemporáneamente -es decir, no reportó la modi fi cación en el campo correspondiente registrado durante las últimas 24 horas hasta las 23:59:59 horas del día anterior al reporte el registro de 306 401 altas.vii. Actualizó extemporáneamente (no reportó la modi fi cación en el campo correspondiente registrado durante las últimas 24 horas hasta las 23:59:59 horas del día anterior al reporte) el registro de 23 248 cambios de modalidad de servicios públicos móviles. No habría remitido la información correspondiente al campo “Marca del Equipo” y “Modelo del Equipo” del Registro de Abonados de Actualizaciones Diarias; respecto a 12 108 551 registros, en cada campo.Artículo 7 del RGISLiteral b) del Artículo 7Grave Habría remitido información inexacta al Registro de Abonados de Actualizaciones Diarias, en relación a lo siguiente:- 243 946 registros presentaron información inconsistente en el campo IMSI.Conducta ImputadaNorma IncumplidaTipifi cación Infracción - 624 761 registros presentaron información inconsistente del campo “Fecha y Hora de Activación” debido a que habrían sido actualizados sin que previamente se evidencie una baja del servicio público móvil. - 2 326 registros presentaron información inconsistente en el campo “Fecha y Hora de Activación” al presentar una fecha anterior cuando un servicio móvil ya ha sido dado de baja y luego fue dado de alta.Artículo 9 del RGISArtículo 9 del RGISGrave 3. Mediante carta s/n, recibida el 27 de junio de 2022, VIETTEL solicitó una ampliación de plazo de veinte (20) días hábiles adicionales a los otorgados para presentar sus descargos. Siendo ello así, mediante carta C.1552-DFI/2022, noti fi cada el 30 de junio de 2022, la DFI le otorgó a VIETTEL una ampliación de cinco (5) días hábiles adicionales al plazo originalmente otorgado, cuyo vencimiento fue el 15 de julio de 2022. Sin embargo, VIETTEL no presentó sus descargos. 4. Mediante carta C.00537-GG/2022, noti fi cada el 22 de julio de 2022, la Primera Instancia puso en conocimiento de VIETTEL el Informe N° 122-DFI/2022 (en adelante, Informe Final de Instrucción), a fi n de que formule sus descargos en un plazo de cinco (5) días hábiles. 5. Mediante carta s/n, recibida el 04 de agosto de 2022, VIETTEL presentó sus descargos contra el Informe Final de Instrucción. 6. Mediante Resolución N° 374-2022-GG/OSIPTEL, notifi cada el 10 de noviembre de 2022, la Primera Instancia resolvió lo siguiente: Conducta ImputadaNorma IncumplidaResolutivo Entregar la información correspondiente al Registro de Abonados de Actualizaciones Diarias, respecto de 1 271 735 registros sin cumplir con la forma prevista (error en su estructura al menos en un campo de información). Artículo 4 de las Normas complementarias del RENTESEG Multa de 113,2 UIT• Habría remitido veintiún (21) archivos del Registro de Abonados de Actualizaciones Diarias fuera del horario establecido. •Habría remitido registros con información no reportada (desactualizada) conforme al siguiente detalle:i. No haber cumplido con actualizar la información de 298 638 registros en el Registro de Abonados de Actualizaciones Diarias. ii. Haber actualizado la información de 401 154 registros fuera del plazo establecido en el Registro de Abonados de Actualizaciones Diarias.Artículo 5 de las Normas complementarias del RENTESEG No habría remitido la información correspondiente al campo “Marca del Equipo” y “Modelo del Equipo” del Registro de Abonados de Actualizaciones Diarias; respecto a 12 108 551 registros, en cada campo.Artículo 7 del RGISDeterminación de Responsabilidad Habría remitido información inexacta al Registro de Abonados de Actualizaciones Diarias, en relación a lo siguiente:- 243 946 registros presentaron información inconsistente en el campo IMSI.- 624 761 registros presentaron información inconsistente del campo “Fecha y Hora de Activación” debido a que habrían sido actualizados sin que previamente se evidencie una baja del servicio público móvil. - 2 326 registros presentaron información inconsistente en el campo “Fecha y Hora de Activación” al presentar una fecha anterior cuando un servicio móvil ya ha sido dado de baja y luego fue dado de alta.Artículo 9 del RGISDeterminación de Responsabilidad 7. El 01 de diciembre de 2022, VIETTEL interpuso Recurso de Apelación contra la Resolución N° 374-2022-GG/OSIPTEL. II. VERIFICACIÓN DE REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD Y PROCEDENCIA De conformidad con el Artículo 27 del RGIS y los Artículos 218 y 220 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (en