TEXTO PAGINA: 40
40 NORMAS LEGALES Martes 1 de agosto de 2023 El Peruano / del ámbito de su competencia y en el plazo de cinco días calendario, designen a un Juzgado de Familia, Civil o Mixto a cargo de un juez/a titular o provisional y que se encuentre en la sede principal de la Corte Superior, para que en adición a sus funciones tramite los procesos de sustracción internacional de menores, al amparo de la Convención sobre Aspectos Civiles de la Sustracción de Menores; dando cuenta al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto cualquier disposición administrativa, que se oponga a la presente decisión. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, Ministerio de Relaciones Exteriores, Ministerio Público, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país, Magistrada Representante de la Red de Jueces de La Haya de la República del Perú, Presidente de la Comisión Intersectorial de Derecho Internacional Privado para estudiar temas tratados en la Conferencia de La Haya; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JAVIER ARÉVALO VELA Presidente 2200651-1 Autorizan la Ceremonia Oficial Protocolar por el Bicentenario de la Justicia de Paz, que se llevará a cabo el 3 de agosto de 2023, en la Sala de Juramentos del Palacio Nacional de Justicia Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000310-2023-CE-PJ Lima, 26 de julio del 2023VISTO:El O fi cio N° 000174-2023-VPES-D-CE-PJ, cursado por el señor Consejero Vicente Espinoza Santillán. CONSIDERANDO: Primero. Que, con la entrada en vigencia de la Ley N.º 29824 -Ley de Justicia de Paz-, en el Poder Judicial se han tomado diversas decisiones orientadas a mejorar el acceso a la justicia de sectores vulnerables de la población (principalmente los ubicados en zonas rurales), y avanzar desde una perspectiva intercultural en el reconocimiento y coordinación con los sistemas de justicia comunales, según lo dispone el artículo 149 de la Constitución; así como la promoción de la pertinencia cultural en la administración de justicia formal. Segundo. Que, muestra de las decisiones por institucionalizar un Poder Judicial más abierto a la diversidad cultural y que atienda a los sectores menos favorecidos de la población, ha sido la creación e implementación de la O fi cina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, como órgano de línea del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, a la que se le encargó principalmente velar por un correcto funcionamiento de la justicia de paz. Igualmente, el mismo órgano de gobierno judicial creó las O fi cinas Distritales de Apoyo a la Justicia de Paz como órganos de apoyo de las Cortes Superiores de Justicia especializados en justicia de paz. Tercero. Que, si bien la O fi cina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena y las O fi cinas Distritales de Apoyo a la Justicia de Paz, iniciaron sus labores concentradas en el desarrollo de la justicia de paz, en años posteriores han derivado en órganos que promueven y facilitan la coordinación con los sistemas de justicia de las comunidades campesinas y nativas; así como que promocionan la actuación jurisdiccional con pertenencia cultural de los jueces de carrera. Cuarto. Que, en ese contexto, el señor Consejero Vicente Espinoza Santillán mediante O fi cio N° 000174-2023-VPES-D-CE-PJ, remite el O fi cio N° 000424-2023-ONAJUP-CE-PJ por el cual el Jefe de la Ofi cina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, informa sobre la realización de la ceremonia o fi cial protocolar por el Bicentenario de la Justicia de Paz, para su evaluación y de ser el caso aprobación. Quinto. Que, la referida ceremonia estará presidida por el Presidente del Poder Judicial, contará además con la participación de los miembros del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Jueces y Juezas Supremos, Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Lima y Callao, jueces y juezas de paz de Lima y Callao, equipo técnico de la Ofi cina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena; y, decanos de los Colegios de Abogados del Perú. Sexto. Que, el artículo 82, inciso 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 1186- 2023 de la vigésima octava sesión descentralizada del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 19 de julio de 2023, realizada con la participación de los señores Arévalo Vela, Lama More, Arias Lazarte, Álvarez Trujillo, señora Medina Jiménez y señor Espinoza Santillán; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar la Ceremonia O fi cial Protocolar por el Bicentenario de la Justicia de Paz, que se llevará a cabo el 3 de agosto de 2023, de 8:30 a 11:00 horas, en la Sala de Juramentos del Palacio Nacional de Justicia. Artículo Segundo.- Establecer que la referida ceremonia estará organizada por la Ofi cina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, con apoyo intrainstitucional de la Ofi cina de Administración de la Corte Suprema de Justicia de la República, Gerencia de Imagen y Comunicaciones, Gerencia de Informática y la Gerencia General del Poder Judicial, O fi cina de Protocolo de la Corte Suprema de Justicia de la República; y las que resulten necesarias. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Secretaría General y Ofi cina de Administración de la Corte Suprema de Justicia de la República, Cortes Superiores de Justicia del país, Ofi cina de Protocolo de la Corte Suprema de Justicia de la República, Gerencia de Imagen y Comunicaciones, Gerencia de Informática; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JAVIER ARÉVALO VELA Presidente 2200655-1 Dictan disposiciones relativas a la ampliación de competencia territorial, redistribución de carga procesal y renombramiento de diversos juzgados de familia en el distrito de Coronel Gregorio Albarracín Lanchipa de la provincia y Corte Superior de Tacna Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000311-2023-CE-PJ Lima, 26 de julio del 2023