Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE AGOSTO DEL AÑO 2023 (04/08/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 54

54 NORMAS LEGALES Viernes 4 de agosto de 2023 El Peruano / cargo del Superintendente Nacional, quien es la más alta autoridad jerárquica y ejerce la titularidad del pliego presupuestal y representación institucional, y, el artículo 11 del citado reglamento que establece que son funciones de la Superintendencia Nacional, entre otras: (i) Dirigir, evaluar y supervisar el desarrollo de las actividades de los órganos que conforman la Sunarp (entre ellos los Órganos Desconcentrados), y (ii) Expedir las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto en los literales j) y x) del artículo 11 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp aprobado con Resolución N° 035-2022-SUNARP/SN; contando con el visado de la Gerencia General, Dirección Técnica Registral, O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, O fi cina de Administración, O fi cina de Tecnologías de la Información y la O fi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1.- Creación de O fi cina Receptora. Autorizar la creación de la O fi cina Receptora de Laredo, ubicada en el distrito de Laredo, provincia de Trujillo y departamento de La Libertad, bajo la jurisdicción de la Zona Registral N° V - Sede Trujillo. Artículo 2.- Disposición. La Jefatura Zonal de la Zona Registral N° V - Sede Trujillo deberá realizar las acciones que correspondan en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1 de la presente Resolución. Asimismo, mediante un acto resolutivo deberá detallar los servicios registrales que se brindarán en la O fi cina Receptora de Laredo. Artículo 3.- Responsabilidad. La Jefatura Zonal de la Zona Registral N° V - Sede Trujillo, deberá informar a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos la implementación de lo dispuesto en el artículo 1 de la presente Resolución. Artículo 4.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en la sede digital de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - Sunarp (www.gob.pe/sunarp). Regístrese, comuníquese y publíquese.ARMANDO MIGUEL SUBAUSTE BRACESCO Superintendente Nacional 2201974-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Aprueban el Acta N° 001-2023-ST/ INTEGRIDAD-PJ, sobre revisión del Sistema de Gestión Antisoborno por la Alta Dirección; y el Acta N° 002-2023-ST/INTEGRIDAD-PJ, sobre revisión del Sistema de Gestión Antisoborno por el Órgano de Gobierno Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000280-2023-CE-PJ Lima, 13 de julio del 2023VISTOS: Los O fi cios Nros. 000110 y 000114-2023-CIJ-CE-PJ cursados por la señora Mariem De La Rosa Bedriñana, Jueza Suprema titular y Presidenta de la Comisión de Integridad Judicial. CONSIDERANDO:Primero. Que, la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la República mediante Resolución Administrativa N° 000014-2020-SP-CS-PJ, aprobó la Política Antisoborno del Poder Judicial, la cual rechaza y prohíbe expresamente el soborno en cualquiera de sus formas, para lo cual asume compromisos en materia de prevención y administración de riesgos de soborno, adoptando una posición de tolerancia cero ante los sobornos en toda la entidad; y, establece principios y procedimientos que guíen el comportamiento de los jueces/zas, funcionarios/as y servidores/as de la entidad y, de las personas y organizaciones públicas y privadas con las que se vincula. Segundo. Que, mediante Resolución Administrativa N° 000140-2021-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó la Directiva del Sistema de Gestión Antisoborno del Poder Judicial, cuyo objetivo es estructurar el sistema de gestión antisoborno y establecer el marco general de los procedimientos y actividades que debe desarrollar el Poder Judicial, con el fi n de cumplir los requisitos establecidos en la Norma ISO 37001. La referida directiva es de obligatorio cumplimiento para todo el personal de las dependencias administrativas, jurisdiccionales; y partes interesadas en general del Poder Judicial, a cargo de los procesos que se encuentran bajo el alcance del Sistema de Gestión Antisoborno de la entidad. Tercero. Que, la Gerencia General mediante Resolución Administrativa N° 000398-2021-GG-PJ aprobó la Guía “Seguimiento y Medición del Sistema de Gestión Antisoborno”, que de fi ne el método utilizado para evaluar la efi cacia y gestionar el seguimiento, medición, análisis y evaluación de la capacidad del Sistema de Gestión Antisoborno del Poder Judicial, para dar cumplimiento a la Política Antisoborno y a los Objetivos de ésta; y al mismo tiempo, establecer la mecánica de revisión por parte del Ofi cial de Cumplimiento para evaluar la adecuación de dicho sistema y su e fi cacia. Cuarto. Que, en razón a lo anteriormente mencionado, el 22 y 23 de junio de 2023 se realizó la Auditoría Interna del seguimiento y mantenimiento del Sistema de Gestión Antisoborno, con la fi nalidad de evaluar el cumplimiento de los requisitos del sistema y las actividades programadas. Estando a ello, la mencionada Directiva establece que luego de realizada la Auditoría Interna, (i) la Presidenta de la Comisión de Integridad Judicial (en calidad de O fi cial de Cumplimiento del SGA, en tanto se cree la O fi cina de Integridad Judicial), (ii) el Presidente del Poder Judicial (en calidad de Alta Dirección del SGA) y (iii) el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (en calidad de Órgano de Gobierno del SGA), llevarán a cabo, por lo menos una vez al año, una revisión del Sistema de Gestión Antisoborno según lo establecido en la Norma ISO 37001 y la Guía “Seguimiento y Medición del Sistema de Gestión Antisoborno”. Quinto. Que, en tal sentido, mediante O fi cios Nros. 000110 y 000114-2023-CIJ-CE-PJ la señora Mariem De La Rosa Bedriñana, Jueza Suprema titular y Presidenta de la Comisión de Integridad Judicial, eleva a este Órgano de Gobierno el Informe de Auditoría Interna, sobre el cual se presentan las acciones de cumplimiento del Sistema de Gestión Antisoborno, cuyas conclusiones y recomendaciones se describen en el citado documento. Sexto. Que, al respecto, en sesión de la fecha se procede a la revisión del referido informe de auditoría y del desempeño de la implementación del Sistema de Gestión Antisoborno; por lo que este Órgano de Gobierno procede a la aprobación de las Actas Nros. 001 y 002-2023-ST/INTEGRIDAD-PJ. Sétimo. Que, el artículo 82, inciso 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder