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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE AGOSTO DEL AÑO 2023 (15/08/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 17

17 NORMAS LEGALES Martes 15 de agosto de 2023 El Peruano / en cuestión, (iii) Ser realizada por una institución cuyos servicios están a disposición del público, como una biblioteca o un archivo público, (iv) Requerirse, previo al préstamo de la obra, que el usuario en cuestión se registre a fi n de poder otorgarle una identi fi cación para hacer uso de las instalaciones de la biblioteca o archivo y (v) Realizarse sin fi nes lucrativos; Que, mediante Informe Técnico Nº 000007-2023-BNP- J-DAPI-GBPL, la Gran Biblioteca Pública de Lima presentó la propuesta de Protocolo GBPL-OD-13 denominado “Servicio de atención en la Bibliomóvil y Bibliobici de la Gran Biblioteca Pública de Lima” y solicitó dejar sin efecto el Protocolo denominado “Servicio de atención en la biblioteca móvil de la Gran Biblioteca Pública de Lima” Versión 02, aprobado por la Resolución Jefatural Nº 016-2022-BNP, señalando que su aprobación resulta importante debido a que regula formas de bibliotecas móviles y las recoge como servicios de atención; Que, mediante el Informe Nº 000064-2023-BNP-J- DAPI, la Dirección del Acceso y Promoción de la Información formuló precisiones a la propuesta de protocolo; Que, el Equipo de Trabajo de Operaciones y Mantenimiento de la O fi cina de Administración, mediante el Informe Nº 000352-2023-BNP-GG-OA-EOM, validó la propuesta de protocolo; Que, a través del Informe Técnico Nº 000048-2023-BNP-GG-OPP-EMO, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y su Equipo de Trabajo de Modernización emitieron opinión favorable a la propuesta de protocolo; Que, la propuesta de protocolo tiene por objetivo establecer las pautas que permitan efectuar el servicio de atención en la bibliomóvil y bibliobici de la Gran Biblioteca Pública de Lima, a fi n de promover el acceso a la lectura e información en bene fi cio de las personas; Que, por medio del Informe Legal Nº 000234-2023-BNP- GG-OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica evaluó y opinó que resulta viable la emisión de la resolución que apruebe el Protocolo “Servicio de atención en la Bibliomóvil y Bibliobici de la Gran Biblioteca Pública de Lima”, debiendo previamente dejare sin efecto la Resolución Jefatural Nº 000016-2022-BNP; Con el visado de la Gerencia General, de la Gran Biblioteca Pública de Lima, de la Dirección del Acceso y Promoción de la Información, de la O fi cina de Administración, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, de la O fi cina de Asesoría Jurídica, del Equipo de Trabajo de Operaciones y Mantenimiento de la O fi cina de Administración; y, del Equipo de Trabajo de Modernización de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; De conformidad con la Ley Nº 30570, Ley General de la Biblioteca Nacional del Perú; el Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2018-MC; y, demás normas pertinentes; SE RESUELVE:Artículo 1.- DEJAR SIN EFECTO el Protocolo denominado “Servicio de atención en la biblioteca móvil de la Gran Biblioteca Pública de Lima” Versión 02, aprobado por la Resolución Jefatural Nº 000016-2022-BNP de fecha 21 de enero de 2022. Artículo 2.- APROBAR el Protocolo GBPL-OD-13 denominado “Servicio de atención en la Bibliomóvil y Bibliobici de la Gran Biblioteca Pública de Lima”, que como anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 3.- ENCARGAR a la O fi cina de Tecnologías de la Información y Estadística la publicación de la presente Resolución en el portal web institucional (www.bnp.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.FABIOLA ISABEL VERGARA RODRÍGUEZ DE RODRÍGUEZJefa Institucional 2204856-1ORGANISMOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS AGENCIA DE PROMOCIÓN DE LA INVERSIÓN PRIVADA Ratifican Acuerdo mediante el cual se aprobó la modificación del cronograma para el Proceso de Promoción, así como la modificación del Plan de Promoción de la Inversión Privada del proyecto “Mejoramiento del Sistema de Alcantarillado y Tratamiento de Aguas Servidas de la Ciudad de Puerto Maldonado - Distrito Tambopata, Provincia Tambopata, Departamento Madre de Dios” RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 058-2023/DPP/SA.18 Lima, 11 de agosto de 2023 VISTO: El Resumen Ejecutivo Nro. 18-2023/DPP/SA.18 y el Acuerdo Comité PRO AGUA Nro. 199-1-2023-PTAR MALDONADO adoptado por el Comité Especial de Inversión en Proyectos de Agua, Saneamiento, Irrigación y Agricultura – PRO AGUA (en adelante, Comité PRO AGUA) en su sesión de fecha 11 de agosto de 2023. CONSIDERANDO: Mediante Acuerdo Comité Pro Agua Nro. 12-1-2019- IEC PTAR PUERTO MALDONADO, adoptado por el Comité PRO AGUA en su sesión del 16 de enero de 2019, se aprobó el Plan de Promoción de la Inversión Privada del proyecto “Mejoramiento del Sistema de Alcantarillado y Tratamiento de Aguas Servidas de la Ciudad de Puerto Maldonado - Distrito Tambopata, Provincia Tambopata, Departamento Madre de Dios” (en adelante, Proyecto PTAR Puerto Maldonado); Que, mediante Resolución de la Dirección Ejecutiva Nro. 4-2019/DEP.22 del 17 de enero de 2019, se rati fi có el acuerdo a que se re fi ere el considerando precedente; Que, mediante Acuerdo PROINVERSIÓN Nro. 77-1-2019-CD adoptado por el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN en su sesión del 6 de febrero de 2019, se aprobó la incorporación del Proyecto PTAR Puerto Maldonado al Proceso de Promoción de la Inversión Privada, así como la modalidad de promoción correspondiente; Que, mediante acuerdo señalado en el Visto, el Comité PRO AGUA aprobó la modi fi cación del cronograma para el Proceso de Promoción del Proyecto PTAR Puerto Maldonado, así como la modi fi cación del Plan de Promoción de la Inversión Privada del Proyecto PTAR Puerto Maldonado y dispuso elevar dicho acuerdo al Director Ejecutivo para su rati fi cación; Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 1 del párrafo 34.3 del artículo 34 del Reglamento del Decreto Legislativo Nro. 1362, corresponde al Director Ejecutivo rati fi car los acuerdos de los Comités Especiales de Inversiones que aprueban las modi fi caciones al cronograma para el Proceso de Promoción; Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 4 del párrafo 14.3 del artículo 14 del Decreto Legislativo Nro. 1362, concordado con el párrafo 15.1 del artículo 15 de la mencionada norma, corresponde a la Dirección Ejecutiva rati fi car los acuerdos de los Comités Especiales de Inversiones que aprueban los principales hitos de los proyectos desarrollados bajo la modalidad de Asociación Público Privada cuyo Costo Total de Inversión no exceda las 300,000 UIT, encontrándose comprendidas, dentro de