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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE AGOSTO DEL AÑO 2023 (18/08/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 50

50 NORMAS LEGALES Viernes 18 de agosto de 2023 El Peruano / y de la Gestión Integrada de los Recursos Naturales, en relación a la solicitud de opinión técnica favorable de la propuesta de la Zoni fi cación Ecológica y Económica (ZEE) del Departamento de Tumbes, ha concluido que el Gobierno Regional de Tumbes ha desarrollado la propuesta de ZEE sustentando sus diferentes etapas y fases e incorporando las recomendaciones producto de la supervisión y acompañamiento del MINAM, por consiguiente, de acuerdo a lo indicado en la parte analítica del presente informe, y a lo establecido en los numerales precedentes, se emite la opinión técnica favorable a la propuesta de la Meso Zoni fi cación Ecológica y Económica del Departamento de Tumbes. Y recomendó que sea comunicado al Gobierno Regional Tumbes, la opinión técnica favorable a la propuesta fi nal de la Zoni fi cación Ecológica y Económica a nivel meso a una escala de 1/50 000. Que, mediante el INFORME N° 017-2023/GOB. REG. TUMBES-GRPPAT-SGAT-YBHS, del 09 de febrero del 2023, el Especialista SIG. OT. DT. de la Sub Gerencia de Acondicionamiento Territorial Ing. Yves Baldwin Huertas Silva, alcanzó el informe técnico citado en el considerando precedente, que contiene la opinión técnica favorable sobre la Zoni fi cación Ecológica Económica – ZEE a nivel Meso del Departamento de Tumbes, precisando que este proceso se ha llevado a cabo en el marco del ordenamiento territorial y los compromisos de la alianza multiactor, concluyendo para ello, que se identi fi caron 54 Zonas Ecológicas y Económicas, de las cuales, 52 de ellas corresponden a la zona continental, sumando un total de 466,692.93 ha, la cual corresponde a la super fi cie trabajada cartográ fi camente encontrándose en relación a la super fi cie estimada a través de los límites referenciales del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) de 466 920.00 ha; de las 52 zonas 28 corresponden a las zonas productivas, 18 con características de zonas de protección y conservación ecológica, 03 para zonas de recuperación, 01 de tratamiento especial y 02 para zonas de aptitud urbana e industrial. Por otro lado, 01 zona denominada zona de bancos naturales marinos, se encuentran fuera del ámbito continental, y cuenta con una super fi cie de 91,149.29 ha, destinada al tratamiento especial y por último una zona denominada zona de degradación de ecosistemas por pérdida de productividad neta (PPN) con una super fi cie de 1,337.20 ha, siendo una zona clasi fi cada para la recuperación, según constan en la Memoria Final del ZEE. Y ha recomendado se continúe con el proceso de aprobación mediante Ordenanza Regional; Que, a través del INFORME N° 067-2023/GOB. REG. TUMBES-GRPPAT-SGAT-PEGM, del 09 de febrero del 2023, el Sub Gerente de Acondicionamiento Territorial, hace de conocimiento al Gerente Regional de Plegamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial sobre los informes técnicos emitidos en relación a los resultados de la Zoni fi cación Ecológica Económica – ZEE a nivel Meso del Departamento de Tumbes, y solicito se requiera el Informe Legal respectivo; Que, con el INFORME N° 070-2023/GOB. REG. TUMBES-GGR-ORAJ, del 14 de febrero del 2023, la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica tramitó su opinión legal sobre la aprobación de la Zoni fi cación Ecológica Económica (ZEE) del Departamento de Tumbes, opinando lo siguiente: Primero.- ES PROCEDENTE, la APROBACIÓN de la ZONIFICACIÓN ECOLÓGICA Y ECONÓMICA (ZEE) DEL DEPARTAMENTO DE TUMBES, propuesto por la Sub Gerencia de Acondicionamiento Territorial, debido a que cuenta con In OPINIÓN TÉCNICA favorable del ENTE RECTOR como lo es la Dirección General de Ordenamiento Territorial Ambiental y de la Gestión Integrada de los Recursos Naturales del Ministerio del Ambiente, a través Informe No 000041-2023- MINAM/NMDERN/DGOTGIRN/DIOTGIRN, de fecha 07 de febrero del 2023: y, por los fundamentos expuestos en el presente informe. Segundo.- DERIVAR, todos los actuados al CONSEJO REGIONAL para el respectivo DICTAMEN de la COMISIÓN que corresponda; hecho esto, se deberá ELEVAR los actuados al Secretario del Consejo Regional para ponerlo en AGENDA del CONSEJO REGIONAL, donde luego de una deliberación pueda APROBAR Y/O DESAPROBAR, LA ZONIFICACIÓN ECOLÓGICA Y ECONÓMICA (ZEE) DEL DEPARTAMENTO DE TUMBES, mediante la respectiva Ordenanza Regional, conforme sus atribuciones conferidas en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - N° 27867; y, por los fundamentos expuestos en el presente informe. Tercero.- SE ADJUNTA, PROYECTO de ORDENAZA REGIONAL propuesto la Sub Gerencia de Acondicionamiento Territorial, para los fi nes pertinentes; y, por fundamentos expuestos en el presente informe. Que, mediante el Dictamen N.° 003-2023-2023/GOB. REG.TUMBES-CR-COPPAT, sobre “APROBACIÓN DE LA MESOZONIFICACIÓN ECOLÓGICA Y ECONÓMICA DEL DEPARTAMENTO DE TUMBES”, los miembros de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial coligieron que es pertinente se apruebe la MESOZONIFICACIÓN ECOLÓGICA Y ECONÓMICA DEL DEPARTAMENTO DE TUMBES; De conformidad, con la Constitución Política del Estado, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en concordancia con el Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado con la Ordenanza Regional N° 003-2015/GOB. REG. TUMBES-CR, el Consejo Regional de Tumbes: HA APROBADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: Artículo Primero.- APROBAR LA MESOZONIFICACIÓN ECOLÓGICA Y ECONÓMICA DEL DEPARTAMENTO DE TUMBES, elaborado a una escala 1/50,000; por los fundamentos expresados en la parte considerativa, como un instrumento técnico base para la plani fi cación y gestión del uso sostenible del territorio y de sus recursos naturales, aplicándose como sustento técnico para la formulación de los distintos planes de desarrollo u otros instrumentos de gestión territorial; así como insumo para la formulación de proyectos de inversión pública y/o privada y el ordenamiento territorial a nivel regional y local. Artículo Segundo.- DISPONER el uso obligatorio de la Zoni fi cación Ecológica y Económica (ZEE) como instrumento de consulta por las diversas entidades públicas y privadas en el ámbito regional y local; Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Acondicionamiento Territorial, la implementación de las acciones necesarias para la aplicación, monitoreo, evaluación y actualización de la Zoni fi cación Ecológica y Económica (ZEE) en el Departamento de Tumbes; Artículo Cuarto.- DISPONER que la Sub Gerencia de Acondicionamiento Territorial emita opinión técnica, la cual es de fi el cumplimiento de lo establecido en el Artículo Primero de la presente Ordenanza Regional. Asimismo, está a cargo de la coordinación con las diferentes áreas y entidades a cargo del Gobierno Regional de Tumbes, a fi n de impulsar el uso de la información de la ZEE en las distintas intervenciones bajo sus competencias. Artículo Quinto.- DISPONER que en un plazo no mayor de 120 (ciento veinte) días desde su entrada en vigencia, la Sub Gerencia de Acondicionamiento Territorial elabore el Reglamento para el Uso de la Información de la ZEE por las distintas dependencias del Gobierno Regional. El Reglamento mencionado se aprobará mediante Decreto Regional, en cumplimiento al artículo 40° de la Ley 27867 – Ley Orgánica de Gobierno Regionales. Artículo Sexto.- DISPONER que, en caso de incumplimiento de lo establecido en el Artículo Cuarto de la presente Ordenanza Regional, los procedimientos o trámites realizados, quedarían nulos en toda su extensión. Artículo Séptimo.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Acondicionamiento Territorial socialice la Mesozoni fi cación Ecológica Económica, aprobada con la presente Ordenanza Regional con los miembros de la COMISIÓN TÉCNICA REGIONAL DE LA ZONIFICACIÓN ECOLÓGICA Y ECONÓMICA PARA EL ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL DEPARTAMENTO DE TUMBES modi fi cada con la Ordenanza Regional N° 015-2019/