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75 NORMAS LEGALES Miércoles 23 de agosto de 2023 El Peruano / Artículo Segundo.- Establecer que la de fi nición, distribución, supervisión y monitoreo de los módulos de ejecución de apoyo jurisdiccional a implementar, propuestos en los anexos de los planes de descarga aprobados mediante el artículo primero de las Resoluciones Administrativas Nº 000254-2023-CE-PJ y Nº 000255-2023-CE-PJ, estén a cargo de la O fi cina de Productividad Judicial y que la gestión administrativa de los recursos presupuestales estén a cargo de los Equipos Técnicos Institucionales de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, de la Oralidad Civil; así como la Unidad de Equipo Técnico de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, y del Programa Presupuestal 0067 “Celeridad de los Procesos Judiciales de Familia”. Artículo Tercero.- Asignar a la O fi cina de Productividad Judicial, las plazas para el monitoreo de los módulos de ejecución de apoyo jurisdiccional a implementar, propuesto en los anexos de los planes de descarga aprobados mediante el artículo primero de las Resoluciones Administrativas Nº 000254-2023-CE-PJ y Nº 000255-2023-CE-PJ. Artículo Cuarto.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial disponga que la Gerencia de Plani fi cación de dicha gerencia realice las coordinaciones correspondientes con la O fi cina de Productividad Judicial, los Equipos Técnicos Institucionales de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, de la Oralidad Civil; así como la Unidad de Equipo Técnico de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal; y el Programa Presupuestal 0067 “Celeridad de los Procesos Judiciales de Familia”, a fi n de operativizar la ejecución de lo dispuesto mediante la presente resolución administrativa. Artículo Quinto.- Dejar sin efecto todo lo indicado en los Anexos de las Resoluciones Administrativas Nº 000254-2023-CE-PJ y Nº 000255-2023-CE-PJ, que difi eran con lo establecido en la presente resolución administrativa. Artículo Sexto.- Transcribir la presente resolución a las Salas Especializadas de la Corte Suprema de Justicia de la República, Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil, Programa Presupuestal 0067 “Celeridad de los Procesos Judiciales de Familia”, Unidad de Equipo Técnico de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, O fi cina de Productividad Judicial, Procuraduría Pública del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia del país; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JAVIER ARÉVALO VELA Presidente 2207568-1 Declaran fechas de inicio de funcionamiento del Juzgado de Trabajo del distrito y provincia de Chachapoyas, Corte Superior de Justicia de Amazonas; y del Juzgado de Paz Letrado del distrito de San Antonio de Chaclla, Provincia de Huarochirí, Corte Superior de Justicia de Lima Este Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000352-2023-CE-PJ Lima, 21 de agosto del 2023VISTO: El O fi cio N° 000738-2023-OPJ-CNPJ-CE-PJ, cursado por el jefe de la O fi cina de Productividad Judicial. CONSIDERANDO:Primero. Que, mediante Resoluciones Administrativas Nros. 000177-2023-CE-PJ, 000190-2023-CE-PJ, 000195-2023-CE-PJ y 000200-2023-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso que las presidencias de las Cortes Superiores de Justicia den cuenta de las fechas de inicio del funcionamiento de los órganos jurisdiccionales permanentes, creados mediante Resolución Administrativa N° 000436-2022-CE-PJ y su modi fi catoria correspondiente a la Resolución Administrativa N° 000445-2022-CE-PJ, los cuales debieran efectuarse antes del 30 de junio de 2023. Segundo. Que, mediante Resolución Administrativa N° 000327-2023-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial declaró que el inicio de funcionamiento de los órganos jurisdiccionales permanentes, creados mediante Resolución Administrativa N° 000436-2022-CE-PJ y su modi fi catoria Resolución Administrativa N° 000445-2022-CE-PJ, es conforme a las fechas indicadas en el cuadro señalado en dicha resolución; quedando pendientes el Juzgado de Paz Letrado del distrito de San Antonio de Chaclla, provincia de Huarochirí, Corte Superior de Justicia de Lima Este, y el Juzgado de Trabajo del distrito y provincia de Chachapoyas, Corte Superior de Justicia de Amazonas. Tercero. Que, el jefe de la O fi cina de Productividad Judicial mediante O fi cio N.º 000738-2023-OPJ-CNPJ- CE-PJ pone en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial que mediante los O fi cios Múltiples Nros. 000004-2023-OPJ-CNPJ-CE-PJ y 000005-2023-OPJ-CNPJ-CE-PJ, solicitó a las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de Amazonas y Lima Este, copia de las resoluciones administrativas emitidas que dispusieron la fecha de inicio de funcionamiento del Juzgado de Trabajo del distrito y provincia de Chachapoyas, Corte Superior de Justicia de Amazonas; y del Juzgado de Paz Letrado del distrito de San Antonio de Chaclla, Provincia de Huarochirí, Corte Superior de Justicia de Lima Este, a efecto que el órgano de gobierno pueda emitir la resolución administrativa complementaria correspondiente, con la cual se complete el inicio del funcionamiento de los ciento seis órganos jurisdiccionales permanentes, anteriormente referenciados. Cuarto. Que, el artículo 82, inciso 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 1350- 2023 de la trigésima cuarta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 16 de agosto de 2023, realizada con la participación de los señores Arévalo Vela, Lama More, Arias Lazarte, Álvarez Trujillo, señora Medina Jiménez y señor Espinoza Santillán; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Declarar que el inicio de funcionamiento del Juzgado de Trabajo del distrito y provincia de Chachapoyas, Corte Superior de Justicia de Amazonas; y del Juzgado de Paz Letrado del distrito de San Antonio de Chaclla, Provincia de Huarochirí, Corte Superior de Justicia de Lima Este, creados mediante Resolución Administrativa N° 000436-2022-CE-PJ, es conforme a las fechas indicadas a continuación: N° CSJ Provincia Distrito DependenciaFecha de inicio de funcionamientoResolución Administrativa N°Fecha de Resolución 1 Amazonas Chachapoyas Chachapoyas Juzgado de Trabajo 01/07/2023 293-2023-P-CSJAM-PJ 14/06/2023 2 Lima Este HuarochiríSan Antonio de ChacllaJuzgado de Paz Letrado de San Antonio de Chaclla 26/07/2023 687-2023-P-CSJLE-PJ 18/07/2023