TEXTO PAGINA: 57
57 NORMAS LEGALES Sábado 26 de agosto de 2023 El Peruano / U.E PRGPROD/ PROYACT/AI/ OBRAFUNC. GG DENOMINACION TRANSFERENCIA 005 REGION SAN MARTIN-SUB REGION HUALLAGA CENTRAL - JUANJUI155,985.00 090 LOGROS DE APRENDIZAJE DE ESTUDIANTES DE LA EDUCACION BASICA REGULAR155,985.00 2173455 MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO EN EL II CICLO DE LA EBR, EN EL MARCO DE AMPLIACION DE COBERTURA DEL PELA, EN EL CORREDOR EDUCATIVO SECTOR AUCARARCA, JURISDICCION DE LA UGEL MARISCAL CACERES - REGION SAN MARTIN155,985.00 6000053 CONTROL CONCURRENTE 155,985.00 22 EDUCACION 155,985.00 2.4 DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 155,985.00 TOTAL PLIEGO 1,248,844.00 RESUMEN U.E PRG PROD/PROY ACT/AI/OBR FUNC. GG DENOMINACION TRANSFERENCIA 2.4 DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 1,248,844.00 TOTAL GASTOS PLIEGO S/. 1,248,844.00 2208748-1 Aprueban transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL N° 347-2023-GRSM/GR Moyobamba, 21 de agosto de 2023. VISTO:El Informe N° 090-2023-GRSM/GRPYP, de la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto; la Ley N° 31358, y; CONSIDERANDO:Con Resolución Ejecutiva Regional N°053-2023- GRSM/GR, de fecha 04 de Enero de 2023, se aprobó las especi fi caciones de los gastos a nivel de Unidad Ejecutora, Categoría Presupuestal, Programa Presupuestal, Producto/Proyecto, Actividades, Categoría de Gasto, Genérica de Gasto y Fuentes de Financiamiento del Pliego 459 – Gobierno Regional del Departamento de San Martin para el año fi scal 2023; Qu e, el artículo 1 º de la Ley N° 31358, “Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente”; dispone que la ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías fi nancieras o no fi nancieras por parte del Estado, incluyendo las obras públicas, las inversiones mediante los mecanismos de Obras por Impuestos y Asociaciones Público Privadas y otro mecanismos de inversión, a cargo de los pliegos del gobierno nacional, regional y local, así como las entidades de tratamiento empresarial, empresas públicas en el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), fondos y toda entidad o empresa bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control, cuyos montos superen los diez millones de soles, son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República; Que, para dicho efecto, el numeral 2.1 del artículo 2 de la citada ley establece que los pliegos destinan hasta el 2% (dos por ciento) del valor total de las inversiones, desde la fase de formulación y evaluación, incorporando dentro de su estructura de costos, como costos indirectos u otros costos, un rubro denominado Control Concurrente, el cual corresponde al fi nanciamiento de las acciones a ser efectuadas por la Contraloría General de la República bajo dicha modalidad de control gubernamental;Que , en relación a la transferencia de dichos recursos, el numeral 4.1 del artículo 4 de la Ley N° 31358 señala que los pliegos involucrados se encuentran autorizados a realizar modi fi caciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuados de las restricciones presupuestarias en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto, a fi n de realizar las transferencias fi nancieras a favor del pliego 019 - Contraloría General de la República; Que, conforme dispone el numeral 4.2 del artículo en mención, concordante con el numeral 7.3.3 de la Directiva N° 008-2022-CG/GMPL “Directiva externa que establece disposiciones complementarias de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente”, aprobada por Resolución de Contraloría N° 103-2022-CG, en el caso de los gobiernos regionales, las transferencias fi nancieras a favor de la Contraloría General en el marco de la Ley N° 31358 la gestiona la o fi cina de presupuesto de la entidad y se aprueban mediante Resolución Ejecutiva Regional; Que, con fecha 08 de agosto de 2023, la Contraloría General de la República, por intermedio de su Secretaría General, presentó el O fi cio N° 00001081-2023-CG/SGE, mediante el cual solicita al Gobierno Regional de San Martín, con carácter de muy urgente, una transferencia fi nanciera a fi n de ejecutar los servicios de control gubernamental oportunamente, adjuntando, para los efectos correspondientes, la relación de inversiones identi fi cadas y priorizadas por dicha Entidad de Fiscalización Superior; Q ue, con Nota Informativa N° 586-2023-GRSM/ SGPMI, la Sub Gerencia de Programación Multianual de Inversiones, informa que en la marco de las atribuciones conferidas por el decreto Legislativo N°1432 que modi fi ca el Decreto Legislativo N°1252 que Crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones; ha evaluado los proyectos afectos al control concurrente según lo establecido en la Ley N°31358; encontrando que UNO (01) inversión que se encuentran en Ejecución Física: (CUI N°2474495 ; cumplen con el art. 1 de la Ley N°31358, para ser objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República, por los cuales, corresponde realizar las modi fi caciones presupuestarias respectivas a fi n de fi nanciar y efectuar las transferencias fi nancieras correspondientes;