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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE AGOSTO DEL AÑO 2023 (26/08/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 66

66 NORMAS LEGALES Sábado 26 de agosto de 2023 El Peruano / MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA Ordenanza que regula la administración, uso y funcionamiento de la infraestructura deportiva pública en el distrito de Independencia ORDENANZA Nº 000465-2023-MDI Independencia, 9 de agosto de 2023 VISTO: En sesión Ordinaria de Concejo de la fecha que se indica, el Memorando Nº 000836-2023-GDHS-MDI, el Informe Legal Nº 000012-2023-OGAJ-MDI de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y el Memorando Nº 000533-2023-GM-MDI de la Gerencia Municipal, por medio de los cuales se sustenta la necesidad que el Concejo Municipal apruebe la Ordenanza que Regula la Administración, Uso y Funcionamiento de la Infraestructura Deportiva Pública en el Distrito de Independencia, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú establece que “Las Municipalidades Provinciales y Distritales son los órganos de Gobierno Local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”. Que, el numeral 8 del artículo 195º de la Carta Magna, establece como competencia de los gobiernos locales el desarrollo y regular actividades en materia de educación, salud, vivienda, saneamiento, medio ambiente, transporte colectivo, circulación y tránsito, turismo, conservación de monumentos arqueológicos e históricos, cultura, recreación y deporte, conforme a Ley. Que, de la Ordenanza Nº 296-MML, se aprueba la Ordenanza que regula el régimen de constitución administración de bienes de uso público en la Provincia de Lima, posteriormente, modi fi cada por Ordenanza Nº 2347 que modi fi ca la Ordenanza Nº 296, que regula el Régimen de Constitución y Administración de Bienes de Uso Público en la Provincia de Lima; la cual re fi ere en su artículo 3.- De los Titulares de los Bienes de Uso Público: “Los bienes destinados al uso público y a los servicios públicos locales ubicados dentro de la jurisdicción de la provincia de Lima constituyen patrimonio municipal, de conformidad con la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las leyes y reglamentos de la materia y la presente ordenanza. Por tanto, corresponde a las Municipalidades su titularidad, conservación y administración”. Que, el artículo Nº 5 de la Ley Nº 31199, Ley de Gestión y Protección de los Espacios Públicos establece la titularidad de los espacios públicos disponiendo que: “las Entidades que conforman el Sistema Nacional de Bienes Estatales les corresponde la administración, regulación mantenimiento y tutela de espacios públicos establecidos dentro de su ámbito de competencia”. Que, con Informe Técnico Nº 00001-2023-SGERJ- GDHS-MDI, la Subgerencia de Educación, Recreación y Juventudes, emite opinión técnica respecto a la participación de los Comités Deportivos Vecinales y asimismo, precisa, que se considera importante incluir en dicha Ordenanza y en el reglamento la facultad de incluir en el uso de la infraestructura deportiva actividades de carácter cultural y artístico, excluyendo a otras que inevitablemente generan violencia, consumo de licor y otros problemas. Por lo que, expresan su opinión favorable para la aprobación de la presente propuesta de Ordenanza. Que, mediante el Informe Técnico Nº 000013-2023-SGPV-GDHS-MDI, la Subgerencia de Participación Vecinal emite opinión técnica de acuerdo a la competencia y actividades en relación al Proyecto de Ordenanza Municipal que regula la administración, uso y funcionamiento de la Infraestructura Deportiva; concluyendo que, las responsabilidades y funciones que asumiría la subgerencia están conforme a las funciones establecidas en el ROF, por lo que otorgan opinión favorable.Que, mediante Memorando Nº 000836-2023-GDHS- MDI de la Gerencia de Desarrollo Humano y Social, remite el Proyecto de Ordenanza fi nal con las modi fi caciones pertinentes, y precisa que, de acuerdo a las subsanaciones realizadas no resulta necesario solicitar la emisión del Informe Técnico de la O fi cina de Abastecimiento, Patrimonio y Servicios General; por lo que, solicita opinión legal correspondiente. Que, con Informe Legal Nº 000012-2023-OGAJ- MDI de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, emite opinión favorable respecto al proyecto de “Ordenanza que Regula la Administración, Uso y Funcionamiento de la Infraestructura Deportiva Pública en el Distrito de Independencia”. Estando a los fundamentos expuestos; en uso de las facultades conferidas por los Artículos 9º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; con el voto de mayoría; y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal aprobó la siguiente Ordenanza. ORDENANZA QUE REGULA LA ADMINISTRACIÓN, USO Y FUNCIONAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA PÚBLICA EN EL DISTRITO DE INDEPENDENCIA TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I OBJETO, FINALIDAD, ÁMBITO DE APLICACIÓN, OBJETIVOS ESPECÍFICOS, BASE LEGAL Artículo 1.- Objeto. La presente Ordenanza tiene por objeto regular la administración de la Municipalidad Distrital de Independencia sobre la infraestructura deportiva que constituyan bienes de uso público, reglamentando la supervisión del órgano competente de la administración de dichos bienes e involucrando a la ciudadanía del Distrito en la administración de los bienes de uso público destinados a la actividad deportiva en el Distrito de Independencia. Artículo 2.- Finalidad. La presente Ordenanza tiene por fi nalidad garantizar la titularidad y la administración de la Municipalidad sobre los bienes de uso público destinados a la actividad deportiva, asimismo es fi nalidad de la presente, garantizar la recuperación de dichos bienes de uso público que hayan sido tomados por terceros sin autorización municipal. A través del órgano responsable de la administración de la Infraestructura Deportiva Pública se encargará a los Comités Deportivos Vecinales las tareas de gestión, implementación, conservación y mantenimiento de la Infraestructura Deportiva Pública Menor y el fomento y promoción de las actividades deportivas y culturales en el Distrito de Independencia. Artículo 3.- Alcance La presente Ordenanza es de aplicación en la jurisdicción del Distrito de Independencia. Artículo 4.- Objetivos Especí fi cos a) Regular la administración de la Municipalidad Distrital de Independencia sobre los espacios públicos destinados a la actividad deportiva y recreacional ubicados dentro del territorio del Distrito. b) Fomentar la actividad deportiva y recreativa a través de acciones promovidas por los Comités Deportivos Vecinales, siendo estos asistidos y capacitados por la Subgerencia de Educación, Recreación y Juventudes. b) Identi fi car y Registrar los espacios públicos que constituyan bienes de uso público destinados para la actividad deportiva y recreativa de la ciudadanía en general. c) Implementar los Comités Deportivos Vecinales, encargando a estas tareas de conservación y