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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE AGOSTO DEL AÑO 2023 (26/08/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 71

71 NORMAS LEGALES Sábado 26 de agosto de 2023 El Peruano / Que, la Política Nacional del Ambiente al 2030 aprobada por Decreto Supremo N° 023-2021-MINAM prevé como Objetivo Prioritario N° 9 mejorar el comportamiento ambiental de la ciudadanía, disponiendo en su servicio OP9.S1, que el Ministerio del Ambiente deberá fortalecer las capacidades institucionales a los gobiernos subnacionales, para la incorporación del enfoque ambiental en la educación comunitaria; estableciendo como indicador de cobertura el porcentaje de gobiernos locales que reportan la implementación de su Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental (Programa Municipal EDUCCA); Que, en los lineamientos: 1. Garantizar la integración del enfoque ambiental en la educación formal y comunitaria, y 2. Mejorar la sostenibilidad de la acción ciudadana en materia ambiental, de la Política Nacional del Ambiente al 2030, permiten alcanzar el Objetivo Prioritario 9. Mejorar el comportamiento ambiental de la ciudadanía; Que, los artículos 73° y 82° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, otorgan competencias y funciones a los gobiernos locales para promover la educación e investigación ambiental, incentivar la participación ciudadana en todos sus niveles; y promover la cultura de la prevención en la ciudadanía; Que, el numeral 7 del artículo 9° de la precitada Ley concede atribuciones al Concejo Municipal para aprobar el sistema de gestión ambiental local y sus instrumentos, en concordancia con el sistema de gestión ambiental nacional y regional; Que, mediante Resolución Ministerial N° 003-2023-MINAM, se aprueba el instructivo para elaborar e implementar el Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental (Programa Municipal EDUCCA); el cual señala que dicho Programa, es un instrumento de plani fi cación y gestión de los gobiernos locales para la implementación de la Política Nacional del Ambiente y la Política Nacional de Educación Ambiental, cuyo objetivo es elevar el nivel de cultura ambiental de la ciudadanía y promover la participación de niñas, niños, adolescentes, jóvenes y adultos a favor del ambiente, el cual se desarrolla por fases, siendo que en la segunda fase, la Municipalidad aprueba, mediante Ordenanza, el Programa Municipal EDUCCA, conforme al modelo de Ordenanza que como Anexo forma parte del referido instructivo; Que, la Municipalidad Distrital de Lince, requiere de un instrumento normativo que establezca un marco de acción claro, especí fi co y contextualizado en materia de educación, cultura y ciudadanía ambiental vía lineamientos y actividades que contribuya directamente a los objetivos de desarrollo sostenible local, regional y nacional; Que, mediante Informe N° 408-2023-MDL/GGA/SOA, la Subgerencia de Operaciones Ambientales, remite el proyecto del Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental de la Municipalidad Distrital de Lince, adjuntando el Informe Técnico N° 009-2023-MDL-GGA-SOA/PMM, haciéndolo propio; Que, mediante Memorando N° 343-2023-MDL/GGA, la Gerencia de Gestión Ambiental, remite la subsanación de las observaciones brindadas al proyecto del Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental de la Municipalidad Distrital de Lince y adjunta el Informe N° 408-2023-MDL/GGA/SOA, de la Subgerencia de Operaciones Ambientales y los actuados haciéndolo propio a fi n de continuar con el trámite pertinente; Que, mediante Informe N° 0189-2023-MDL-OGPP- OPIM, la O fi cina de Planeamiento, Inversiones y Modernización, emite opinión favorable al proyecto de Ordenanza para la aprobación del Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental de la Municipalidad Distrital de Lince, asimismo menciona que se encuentra articulado al Plan Operativo Institucional 2023 y al Plan Estratégico Institucional 2021-2025; Que, mediante Informe N° 00433-2023-MDL-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, emite opinión favorable al proyecto de Ordenanza para la aprobación del Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental de la Municipalidad Distrital de Lince; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades contenidas en el artículo 9°, numeral 8) y artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el VOTO UNÁNIME de los miembros del Pleno del Concejo Municipal, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PROGRAMA MUNICIPAL DE EDUCACIÓN, CULTURA Y CIUDADANÍA AMBIENTAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE Artículo 1.- APROBAR el Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental de la Municipalidad Distrital de Lince que como anexo de 10 páginas, forma parte integrante y sustancial de la presente Ordenanza Municipal. Artículo 2.- ENCARGAR a la Subgerencia de Operaciones Ambientales, la implementación de la presente Ordenanza. Artículo 3.- ENCARGAR a la Subgerencia de Operaciones Ambientales una evaluación y reporte público de los resultados del Plan de Trabajo, como mecanismo para hacer ajustes de proceso y mejoras en el Plan de Trabajo del año siguiente. Artículo 4.- ENCARGAR a la Gerencia de Gestión Ambiental alcanzar la presente Ordenanza Municipal, así como el anexo de la misma, al Ministerio del Ambiente para los fi nes de registro en los mecanismos de seguimiento a la implementación de los objetivos de desarrollo sostenible, de las políticas y normativa ambiental vigentes, la evaluación del desempeño ambiental local, así como su difusión vía el informe nacional del estado del ambiente. Artículo 5.- DEJAR sin efecto la Ordenanza Municipal N° 422-2019-MDL, que aprueba el Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental de la Municipalidad Distrital de Lince. Artículo 6.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el diario o fi cial El Peruano y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Lince. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese;MALCA SCHNAIDERMAN LARA Alcaldesa 2208690-1 MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA Aprueban las secciones viales de las Calles de la Agrupación de Familias “Santa Cruz” del distrito de Punta Hermosa ORDENANZA N° 488-MDPH Punta Hermosa, 15 de agosto de 2023 EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE PUNTA HERMOSA VISTO:En Sesión de Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe N° 077-2023-SOPP-GDUCT/MDPH de fecha 20 de junio del 2023, Informe N° 131-2023-SGOPyC-GDUCT/MDPH de fecha 28 de Junio del 2023, Informe N° 139-2023-GDUCT-MDPH de fecha 06 de Julio del 2023 , Informe N° 116-2023-OAJ-MDPH de fecha 18 de julio del 2023, Memorándum N° 594-2023-GM/MDPH de fecha 07 de agosto del 2023, emitido por la Sub Gerencia de Obras Publicas y Proyectos, Sub Gerencia de Obras Privadas y Catastro, Gerencia de Desarrollo Urbano y Control Territorial, O fi cina de Asesoría Jurídica y Gerencia Municipal, respectivamente, y; CONSIDERANDO:Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de