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73 NORMAS LEGALES Jueves 31 de agosto de 2023 El Peruano / Conforme al artículo 13º del Capítulo II de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, el Consejo Regional “es el órgano normativo y fi scalizador del gobierno regional, le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas, (…)”; El artículo 75º de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, Régimen de fi scalización y control, a) Fiscalización, establece que el “Gobierno Regional está sujeto a fi scalización permanente del Congreso de la Republica, del Consejo Regional y la ciudadanía, conforme a Ley y al Reglamento del Consejo Regional. La fi scalización se ejerce con arreglo a los principios de gestión pública regional señalados en la presente Ley”; El artículo 3º de la Ley 31433 Ley que modi fi ca la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, respeto a las atribuciones y responsabilidades de Concejos Municipales y Consejos Regionales, para fortalecer el ejercicio de su función de fi scalización, deja establecido la modi fi cación de los artículos 14, 15, 16, 21, 24, 39 y 78 de la Ley 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales dejando establecido en su Artículo 15.-Atribuciones del Consejo Regional, atribuciones del Consejo Regional, numeral k) Fiscalizar la gestión pública del gobierno regional. Para tal afecto, el gobierno regional le asigna los recursos que le permitan la capacidad logística y el apoyo profesional necesarios; El artículo 1º de la Ley 31812 Ley que modi fi ca la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y la Ley, Ley Orgánica de Municipalidades, para asegurar el fi nanciamiento del ejercicio de la función fi scalizadora de los Consejos Regionales y Concejos Municipales, dejando establecido la modi fi cación del artículo 15 de la Ley 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, Articulo 15.-Atribuciones del Consejo Regional, inciso k) Fiscalizar la gestión pública del gobierno regional. Para tal afecto, en el presupuesto de apertura (PIA) del gobierno regional, se incorporan los recursos, según clasi fi cador presupuestario, que proporcionen al Consejo Regional la capacidad logística y el apoyo profesional necesarios para el ejercicio de sus actividades de fi scalización; Conforme al artículo 8º, capítulo II de las atribuciones del Consejo Regional, numeral 11 de la Ordenanza Nº 212-2011-GRP-CR que aprobó el Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional Piura, se establece Fiscalizar la gestión y conducta publica de los funcionarios del Gobierno Regional, así como llevar a cabo Investigaciones sobre cualquier asunto de interés público regional; con tal fi n atiende las denuncias que efectué la población directamente o a través de los diferentes medios de comunicación, realizando las indagaciones que estime pertinentes; Conforme a lo previsto por el artículo 119º del Reglamento Interno del Concejo Regional de Piura, le corresponde a la Comisión de Fiscalización, pronunciarse sobre los asuntos que deben ser resueltos por el Consejo Regional, relacionados con las funciones especí fi cas regionales que tengan que ver con la Fiscalización de la función del Gobierno Regional y sus Funcionarios, de la Sede Central, Sub Regiones y Sectores; Que mediante Memorando Múltiple Nº 002-2023-GRP- 200000-COF de fecha 19 de julio del 2023 el Presidente de la Comisión Ordinaria de fi scalización convoca a los demás miembros de la comisión ordinaria de fi scalización para una reunión de trabajo día viernes 21 de julio de 2023 en la sala de sesiones del Consejo Regional para tratar el punto de agenda denominado: propuesta del plan de fi scalización en el marco del balance semestral de los regidores Municipales y Consejeros Regionales sobre el monto destinado al fortalecimiento de la función de fi scalización; Que mediante documento Dictamen Nº 001-2023/ GRP-200000-CF, debidamente suscrito por la comisión ordinaria de fi scalización alcanza al Consejero Delegado Sr. Víctor Bernardo Sosa Gonzáles la propuesta del Plan de Fiscalización del Consejo Regional del Gobierno Regional Piura en el Marco del Balance Semestral de los Regidores Municipales y Consejeros Regionales sobre el Monto Destinado al Fortalecimiento de la Función de Fiscalización, el cual incluye el anexo Nº 01 referido al plan de fi scalización del Consejo Regional del Gobierno Regional Piura; Que, estando a lo acordado y aprobado por UNANIMIDAD, en Sesión Extraordinaria Nº 012-2023, celebrada el día 04 de agosto de 2023, en la ciudad de Piura, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, modi fi cada por Ley Nº 27680, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, y sus modi fi catorias - Ley Nº 27902, Ley Nº 28013, Ley Nº 28926, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968, Ley Nº 29053 y Ordenanza Regional Nº 212-2011/GRP-CR, Ordenanza que aprueba el Reglamento Interno del Consejo Regional de Piura, modi fi cada por Ordenanza Regional Nº 460-2022/GRP-CR y Ordenanza Regional Nº 470-2022/GRP-CR; ACUERDA:Artículo Primero.- APROBAR, el Plan de Fiscalización del Consejo Regional del Gobierno Regional Piura, conforme a lo señalado en el expediente administrativo, el que cumple con la estructura señalada por ley, debiendo contar para su implementación con la asignación de los recursos presupuestales conforme a Ley. Artículo Segundo.- SOLICITAR a la Gerencia General Regional para que disponga a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial los recursos presupuestales para fortalecer la función de fi scalización del Consejo Regional del Gobierno Regional Piura, en atención a la Ley Nº 31812 publicada el día 05 de julio del año 2023. Artículo Tercero.- NOTIFÍQUESE, el presente Acuerdo de Consejo Regional a las instancias pertinentes para su cumplimiento conforme dispone. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Secretaría del Consejo Regional, la publicación del presente Acuerdo en el Portal Institucional. Artículo Quinto.- DISPENSAR el presente Acuerdo de Consejo Regional del trámite de lectura del acta. POR TANTO:Regístrese, notifíquese y cúmplase.VICTOR BERNARDO SOSA GONZÁLES Consejero DelegadoConsejo Regional 2209821-1 Autorizan transferencia financiera a favor de la Municipalidad Distrital Carmen de la Frontera, para ejecución del PIP “Mejoramiento del Servicio de Habitabilidad Institucional en el Palacio Municipal de la Municipalidad de Carmen de la Frontera, en la ciudad capital Sapalache, del Distrito de Carmen de la Frontera - Provincia de Huancabamba - Departamento de Piura” ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 2022-2023/GRP-CR Piura, 11 de agosto de 2023VISTO: En Sesión Extraordinaria de Consejo Regional de Piura, el día 10 de agosto del 2023, Dictamen Nº 10-2023-GRP-CR-CPPTyAT; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 191º del Capítulo XIV, del Título IV de la Constitución Política del Perú, modi ficado por la Ley Nº 27680 -Ley de Reforma Constitucional del Capítulo