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58 NORMAS LEGALES Jueves 31 de agosto de 2023 El Peruano / suscripción del convenio respectivo. Las transferencias fi nancieras se efectúan hasta el tercer trimestre del año 2022, debiéndose emitir el Acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, según corresponda, dentro del plazo antes mencionado. Apartado 16.2 “Las Transferencias Financieras autorizadas en el numeral 16.1 se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, y en el caso de los gobiernos regionales y los gobiernos locales, mediante Acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, respectivamente, requiriéndose en ambos casos el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego y el acuerdo del Consejo Regional se publican en el diario o fi cial El Peruano, y el Acuerdo del Concejo Municipal se publica en su página web. Apartado 16.3 “La entidad pública que trans fi ere, con excepción del acápite v del literal m) del numeral 16.1 del presente artículo, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales trans fi rieron los recursos. Los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados solo a los fi nes para los cuales se autoriza su transferencia conforme al presente artículo”; Que, se debe mencionar que el artículo 6º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, nos menciona lo siguiente: “La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces es responsable de conducir el proceso presupuestario de la Entidad, sujetándose a las disposiciones que emita la Dirección Nacional de Presupuesto Público, para cuyo efecto, organiza, consolida, veri fi ca y presenta la información que se genere así como coordina y controla la información de la ejecución de ingresos y gastos autorizados en los presupuestos y sus modi fi caciones, los que constituyen el marco límite de los créditos presupuestarios aprobados. Por su parte el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público ha dispuesto que son transferencias fi nancieras los traspasos de ingresos públicos sin contraprestación, a favor de pliegos o de entidades que no constituyen pliego presupuestario, es así como las trasferencias fi nancieras que se puedan efectuar durante la ejecución, se autorizan y se regulan en las leyes anuales del presupuesto del Sector Público. Que, de acuerdo con los “Lineamientos sobre modi fi caciones presupuestales para la ejecución del gasto en inversiones y en proyectos de las entidades públicas con cargo al presupuesto del sector público para el año fi scal 2023” de la Directiva Nº 005-2022- EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria, así como sus anexos, modelos, fi cha y otras disposiciones” en el ítem 7 se dispone lo siguiente: 7.1. Las entidades que realicen modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático, autorizadas en el marco de la normativa vigente, con la fi nalidad de efectuar transferencias fi nancieras y de partidas, deberán habilitar la genérica “Donaciones y Transferencias” de Gasto de Capital, siempre que las mencionadas transferencias estén destinadas para fi nanciar inversiones. Asimismo, para el caso de transferencias fi nancieras se puede usar la genérica “Otros Gastos”, de corresponder. 7.2. En el caso de modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático para habilitar actividades de transferencias fi nancieras, la O fi cina de Presupuesto de la entidad deberá cumplir y/o veri fi car lo siguiente: a) Registrar la información sobre los convenios y adendas que sustente la transferencia fi nanciera en el Módulo de información de convenios, siempre que la normativa vigente incluya como requisito la suscripción de un convenio previamente. El registro deberá de ser efectuado antes del envío de la solicitud según lo expuesto en el numeral 14 de los presentes Lineamientos, b) Indicar el monto de la transferencia, las inversiones o proyectos a fi nanciar y la entidad que recibirá los recursos, c) Para los casos en que la transferencia se efectúa para habilitar la misma inversión que es materia de anulación, el monto máximo a ser anulado por inversión será igual a la programación de ejecución fi nanciera registrada en el Formato No 12-B, d) Veri fi car la emisión de Acuerdo de Consejo Regional o Acuerdo Municipal que autoriza la transferencia fi nanciera, según corresponda, en el caso de transferencias entre gobiernos subnacionales y de estos al Gobierno Nacional, e) Remitir el informe de opinión favorable emitida por la OPMI o la O fi cina de Presupuesto de la entidad, conforme a lo señalado en el inciso 5.1 del numeral 5 de los presentes Lineamientos, de corresponder, f) En todos los casos, la OPMI deberá verifi car que la Unidad Ejecutora de Inversiones a la cual se transferirá los recursos cuente con las competencias correspondientes para su ejecución. Que, mediante Resolución de Gerencia Nº 53-03-2023GDT-MDT, de fecha 24 de marzo del 2023, resuelve aprobar la actualización del Expediente Técnico, del proyecto: “Mejoramiento y ampliación del servicio de seguridad ciudadana del distrito de Pariñas, provincia de Talara – Piura”, con código único de inversiones Nº 2344584, el mismo que tiene programado un presupuesto total de inversión de S/ 16´394,480.63, con precios vigentes al mes de marzo del 2023; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 13-05- 2023-CPT, de fecha 30 de mayo de 2023, se acuerda APROBAR la celebración del CONVENIO PARA LA TRANSFERENCIA FINANCIERA POR EL MONTO DE S/ 14´795,274.00 (catorce millones setecientos noventa y cinco mil doscientos setenta y cuatro con 00/100 soles) Entre El Gobierno Regional Piura a favor de la Municipalidad Provincial de Talara Para La Ejecución el Proyecto Mejoramiento Y Ampliación del Servicio de Seguridad Ciudadana del Distrito de Pariñas. Provincia De Talara – Piura. Que, mediante O fi cio Nº 289-06-2023-A-MPT, de fecha 01 de junio de 2023, emitido por el Alcalde provincial de Talara, remitiendo el Acuerdo de Concejo que resuelve APROBAR la celebración del CONVENIO PARA LA TRANSFERENCIA FINANCIERA POR EL MONTO DE S/. 14´795,274.00 (catorce millones setecientos noventa y cinco mil doscientos setenta y cuatro con 00/100 soles) Entre El Gobierno Regional Piura a favor de la Municipalidad Provincial de Talara Para La Ejecución el Proyecto Mejoramiento Y Ampliación del Servicio de Seguridad Ciudadana del Distrito De Pariñas. Provincia De Talara – Piura. Que, con Informe Nº 083-2023/GRP-410000 e Informe Nº 108-2023/GRP-410000, de fecha 25 de mayo del 2023 y 22 de junio del 2023, respectivamente, se emite Opinión Técnica sobre la transferencia fi nanciera a la Municipalidad Provincial de Talara. Que, mediante Informe Nº 1522-2023/GRP-460000, de fecha 27 de junio de 2023, el jefe de la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica Abg. Gabriel Ángel Ruiz Espinoza, indica que con Informe Nº 1347-2023/GRP-460000 de fecha 06 de junio de 2023 dicha o fi cina ya ha emitido opinión legal favorable respecto del trámite, indicando que, (…) teniendo en cuenta lo determinado por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial descrito en la párrafo precedente, corresponde a este despacho: i) MODIFICAR EL NUMERAL 3.3 DEL INFORME Nº 1347-2023/GRP-460000 DE FECHA 06 DE JUNIO DE 2023, en cuanto a que la presente transferencia fi nanciera se realizará con cargo a la fuente de fi nanciamiento 5 Recursos Determinados – Rubro 18 – Canon y Sobrecanon, Regalías, renta de Aduanas y Participaciones; y, ii) RATIFICARSE en todos los demás extremos del precitado informe (…). Que, mediante Memorando Nº 569-2022/GRP- 400000, de fecha 03 de julio del 2023, el Gerente General Regional cumple con elevar al Consejo Regional el expediente sobre trámite de Transferencia fi nanciera a favor de la Municipalidad Provincial de Talara, para la ejecución del PIP denominado “Mejoramiento y ampliación del servicio de seguridad ciudadana del distrito de Pariñas, provincia de Talara – Piura”, con código único de inversiones Nº 2344584; Que, se cuenta con el respectivo Convenio de Transferencia Financiera entre el Gobierno Regional Piura y la Municipalidad Provincial de Talara para el Financiamiento de la Ejecución de la Ejecución de proyecto de inversión en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (INVIERTE.PE); Que, mediante Dictamen Nº 005-2023/GRP-CR- CPPyAT, por la Comisión Ordinaria de Planeamiento,