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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2023 (20/12/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 40

40 NORMAS LEGALES Miércoles 20 de diciembre de 2023 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Suprema N° 074-2023- RE, de 10 de mayo de 2023, se nombró al señor Juan Federico Jiménez Mayor como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Costa Rica; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 0359-2023- RE, se fi jó el 1 de junio de 2023, como la fecha en que el citado funcionario asumió funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Costa Rica; De conformidad con la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2021-RE; y el Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 130-2003-RE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por terminadas las funciones del señor Juan Federico Jiménez Mayor como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Costa Rica. Artículo 2.- La fecha de término de sus funciones será fi jada mediante Resolución Ministerial. Artículo 3.- Cancelar las Cartas Credenciales y los Plenos Poderes correspondientes. Artículo 4.- Darle las gracias, por los importantes servicios prestados a la Nación en el desempeño de sus funciones. Artículo 5.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 6.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República JAVIER GONZÁLEZ OLAECHEA FRANCO Ministro de Relaciones Exteriores 2246099-13 Nombran Director de la Oficina Desconcentrada del Ministerio de Relaciones Exteriores en la ciudad de Pucallpa, departamento de Ucayali RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0844-2023-RE Lima, 18 de diciembre de 2023 CONSIDERANDO:Que, el artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2021-RE, establece que los miembros del Servicio Diplomático de la República desempeñan funciones, indistintamente, en la Cancillería, en las misiones diplomáticas y consulares, en las representaciones permanentes ante los organismos internacionales y en misiones especiales, así como en otras reparticiones del Estado, en las o fi cinas descentralizadas que establezca el Ministerio de Relaciones Exteriores y en Gobiernos Regionales, conforme a los objetivos de la política exterior; Que, adicionalmente, el artículo 26 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091 dispone que el cargo constituye la función real y efectiva que se encomienda al miembro del Servicio Diplomático de la República de acuerdo a su categoría o a los requerimientos de la política exterior del Estado;Que, mediante el Decreto Supremo N° 020-2002-RE se crean las O fi cinas Descentralizadas del Ministerio de Relaciones Exteriores como órganos que impulsarán la ejecución de la estrategia de desarrollo fronterizo del país, la inserción de las capacidades locales en la economía regional y mundial y el aprovechamiento efi ciente en las zonas concernidas de los acuerdos binacionales y regionales de integración y cooperación en los que participa el Perú, apoyando el proceso de descentralización del país; Que, el artículo 135 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-2010-RE, dispone que las O fi cinas del Ministerio de Relaciones Exteriores en diferentes puntos del país son órganos desconcentrados que dependen del Despacho Viceministerial y funcionalmente de la Dirección de Desarrollo e Integración Fronteriza. Son responsables de impulsar la ejecución de la estrategia de desarrollo fronterizo del país, la inserción de las capacidades locales en la economía regional y mundial y el aprovechamiento e fi ciente, en las zonas concernidas, de los acuerdos binacionales y regionales de integración y cooperación en los que participa el Perú, apoyando el proceso de descentralización del país; Que, asimismo, de conformidad con el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, en coordinación con las áreas responsables de la sede central del Ministerio, las Ofi cinas Desconcentradas apoyan la labor consular, de asistencia humanitaria y de promoción comercial, así como la legalización de documentos extendidos en el exterior y en el Perú para que surtan efectos dentro y fuera del país, según corresponda. Las O fi cinas Desconcentradas estarán ubicadas en la ciudad capital de cada departamento y tendrán como circunscripción el territorio del mismo. Una O fi cina Desconcentrada puede abarcar más de un departamento en forma concurrente; Que, el literal A del artículo 63 del Reglamento de la Ley N° 28091, aprobado con el Decreto Supremo N° 130-2003-RE, prescribe que los cargos de los funcionarios diplomáticos en el Ministerio de Relaciones Exteriores se establecen de acuerdo a su estructura orgánica; y serán fi jados en el Manual de Clasi fi cación de Cargos (MCC); Que, el mencionado artículo 63, literal A, prevé que el cargo estructural de Director/a de O fi cina Desconcentrada puede ser desempeñado por funcionarios diplomáticos con las categorías de Embajador, Ministro, Ministro Consejero, Consejero y Primer Secretario. En el mismo sentido, el artículo 101 del referido Reglamento dispone que podrán ser nombrados como Directores de los Órganos Desconcentrados funcionarios diplomáticos de las categorías de Embajador, Ministro, Ministro Consejero, Consejero y Primer Secretario; Que, mediante la Resolución de Secretaría General N° 0692-2022-RE, se aprobó el “Manual de Clasi fi cador de Cargos del Ministerio de Relaciones Exteriores”, documento de gestión institucional en el cual se encuentra comprendido el cargo estructural denominado “Director/a de O fi cina Desconcentrada”, Que, por necesidad del Servicio, se requiere nombrar al Director de la O fi cina Desconcentrada del Ministerio de Relaciones Exteriores en la ciudad de Pucallpa, departamento de Ucayali; y, De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2021-RE; el Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 130-2003-RE; el Decreto Supremo N° 020-2002-RE, que dispone la creación de las O fi cinas Descentralizadas del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Resolución Ministerial N° 0579-2002-RE, que dicta Normas para la Implementación y Funcionamiento de O fi cinas Descentralizadas; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por el Decreto Supremo N° 135-2010-RE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Nombrar al Primer Secretario en el Servicio Diplomático de la República Raúl Fernando Meneses