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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2023 (20/12/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 32

32 NORMAS LEGALES Miércoles 20 de diciembre de 2023 El Peruano / solicita al Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN), emitir opinión sobre el proyecto del Plan Estratégico Sectorial Multianual del Sector Economía y Finanzas 2024 - 2030; siendo que, mediante O fi cio Nº D000571-2023-CEPLAN-PCD, del 14 de diciembre de 2023, que adjunta el Informe Técnico N° D000004-2023-CEPLAN-DNCPPESEM, del 14 de diciembre de 2023, la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del CEPLAN emite opinión favorable al proyecto del Plan Estratégico Sectorial Multianual del Sector Economía y fi nanzas 2024 – 2030, señalando que cumple con lo dispuesto en la Guía Metodológica para el Planeamiento Estratégico Sectorial, aprobada mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N°00009-2023/CEPLAN/PCD; Que, con Informe Nº 0220-2023-EF/41.02, la O fi cina de Planeamiento y Modernización de la Gestión de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, remite el Plan Estratégico Sectorial Multianual del Sector Economía y Finanzas 2024 - 2030, para su aprobación mediante resolución ministerial; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; con la Resolución Ministerial N° 331-2023-EF/41, que aprueba el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas; y, la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 009-2023-CEPLAN/PCD, que aprueba la Guía para el Planeamiento Estratégico Sectorial; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación Aprobar el Plan Estratégico Sectorial Multianual del Sector Economía y Finanzas 2024 - 2030, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Derogación Derogar la Resolución Ministerial N° 145-2023-EF/41 que aprueba la Ampliación del Horizonte Temporal del Plan Estratégico Sectorial Multianual al 2026 y sus normas conexas. Artículo 3 .- Elaboración del PEI Disponer que el Ministerio de Economía y Finanzas, los organismos públicos adscritos y empresas vinculadas al Sector Economía y Finanzas, efectúen la elaboración de sus respectivos Planes Estratégicos Institucionales articulados a los objetivos y acciones estratégicas sectoriales del Plan Estratégico Sectorial Multianual del Sector Economía y Finanzas 2024 - 2030 , aprobado en el artículo 1 de la presente resolución. Artículo 4.- Publicación Disponer la publicación de la Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano, en la Plataforma Única del Estado Peruano (www.gob.pe), en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), así como en las sedes digitales de los Organismos Públicos Adscritos y Empresas vinculadas al Sector Economía y Finanzas, y en la Intranet del Ministerio. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA ÚNICA.- Evaluación del PESEM 2023 Disponer que para realizar la evaluación del PESEM correspondiente al año 2023, se debe tener en cuenta la Ampliación del Horizonte Temporal del Plan Estratégico Sectorial Multianual al 2026 y sus normas conexas, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 145-2023-EF/41. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA Ministro de Economía y Finanzas 2245921-1Resolución Ministerial que aprueba el Contrato de Fideicomiso de Administración del Programa de Fortalecimiento Patrimonial de las Instituciones Especializadas en Microfinanzas, en el marco del Decreto de Urgencia N° 013-2023 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 426-2023-EF/52 Lima, 19 de diciembre del 2023CONSIDERANDO: Que, mediante el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 013-2023, Decreto de Urgencia que establece medidas excepcionales y temporales en materia económica y fi nanciera para proteger la estabilidad del sistema micro fi nanciero, se crea el Programa de Fortalecimiento Patrimonial de las Instituciones Especializadas en Micro fi nanzas y brinda facilidades de pago a las empresas que tienen créditos garantizados con el Programa “Reactiva Perú”, con el objeto de promover el fortalecimiento patrimonial de las instituciones especializadas en micro fi nanzas, así como facilitar su reorganización societaria, a fi n de proteger los ahorros del público, preservar la estabilidad macroeconómica, y preservar la estabilidad y solidez del sistema fi nanciero por la afectación a la actividad empresarial y a sectores económicamente vulnerables, causado por los efectos económicos de los con fl ictos sociales y climáticos; Que, mediante el numeral 5.1 del artículo 5 del citado Decreto de Urgencia Nº 013-2023 se establece que, para el fi nanciamiento del Programa de Fortalecimiento Patrimonial de las Instituciones Especializadas en Micro fi nanzas, se autoriza a la Dirección General del Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas, a transferir en el Año Fiscal 2023 a la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. (COFIDE) hasta por la suma de S/ 479 000 000,00 (Cuatrocientos setenta y nueve millones y 00/100 soles) con cargo a los recursos a los que hace referencia el párrafo 16.4 del artículo 16 del Decreto Legislativo Nº 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería; Que, asimismo, mediante los numerales 8.1 y 8.2 del artículo 8 del mencionado Decreto de Urgencia, se encarga a la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. (COFIDE) la administración del Programa en los términos y condiciones que establezca el Reglamento Operativo y que, para tales efectos, se autoriza a la Dirección General del Tesoro Público y a la Dirección General de Mercados Financieros y Previsional Privado del Ministerio de Economía y Finanzas, a suscribir con COFIDE un contrato de fi deicomiso, cuyo texto es aprobado por Resolución Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas, teniendo en cuenta la propuesta de contrato que remita la Dirección General de Mercados Financieros y Previsional Privado; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 278- 2023-EF/15 se aprueba el Reglamento Operativo del Programa de Fortalecimiento Patrimonial de las Instituciones Especializadas en Micro fi nanzas, creado mediante el Decreto de Urgencia Nº 013-2023, el mismo que tiene por objeto regular los aspectos operativos y disposiciones complementarias que resulten necesarias para la implementación del citado Programa; Que, bajo dicho marco legal, se emite el Memorando N° 0308-2023-EF/65.02, a través del cual la Dirección General de Mercados Financieros y Previsional Privado del Ministerio de Economía y Finanzas remite la propuesta de Contrato de Fideicomiso de Administración del Programa de Fortalecimiento Patrimonial de las Instituciones Especializadas en Micro fi nanzas; Que, en virtud de las consideraciones expuestas, resulta necesario aprobar el Contrato de Fideicomiso de Administración del Programa de Fortalecimiento Patrimonial de las Instituciones Especializadas en Micro fi nanzas, en cumplimiento del numeral 8.2 del artículo 8 del Decreto de Urgencia Nº 013-2023; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8.2 del artículo 8 del Decreto de Urgencia Nº 013-2023, Decreto