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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2023 (20/12/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 31

31 NORMAS LEGALES Miércoles 20 de diciembre de 2023 El Peruano / GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de activos no fi nancieros 4 920 317,00 ========== TOTAL EGRESOS 4 920 317,00 ========== Artículo 2. Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 El titular del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario contados desde la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas de Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de diciembre del año dos mil veintitrés. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA Ministro de Economía y Finanzas 2246099-8 Aprueban el Plan Estratégico Sectorial Multianual del Sector Economía y Finanzas 2024 - 2030 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 425-2023-EF/41 Lima, 19 de diciembre del 2023CONSIDERANDO: Que, el literal a) del numeral 23.1 del artículo 23 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que son funciones generales de los Ministerios, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; Que, el artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que corresponde a los Ministros de Estado, dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno, aprobar los planes de actuación y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes; Que, mediante Decreto Legislativo N° 1088 se crea el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, orientado al desarrollo de la plani fi cación estratégica como instrumento técnico de gobierno y gestión para el desarrollo armónico y sostenido del país y el fortalecimiento de la gobernabilidad democrática en el marco del Estado Constitucional de Derecho, formando parte integrante de dicho Sistema los órganos del gobierno nacional, con responsabilidades y competencias en el planeamiento estratégico; Que, con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00009-2021/CEPLAN/PCD, se formaliza la modi fi cación de la Directiva N° 001-2017-CEPLAN/PCD “Directiva para la Formulación y Actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional”; Que, mediante Decreto Supremo N° 095-2022-PCM, se aprueba el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN) al 2050; y además se establece un plazo no mayor de trescientos treinta (330) días calendario para que los sectores formulen y aprueben su Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) articulado al PEDN al 2050; Que, mediante Decreto Supremo N° 103-2023-PCM se aprueba la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN) al 2050, aprobado por el Decreto Supremo N° 095-2022-PCM; Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 0037-2023/CEPLAN/PCD se aprueba la ampliación de plazo para la formulación y aprobación del Plan Estratégico Sectorial Multianual, hasta el último día útil del mes de diciembre de 2023, el cual será aplicable a todos los sectores del Poder Ejecutivo del Gobierno Nacional; Que, a través de la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 009-2023/CEPLAN/PCD, se aprueba la Guía Metodológica para el Planeamiento Estratégico Sectorial, la que se establece como el instrumento orientador para la formulación del PESEM y que prevalece sobre algún otro instrumento metodológico; Que, conforme a la citada Guía, el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) es el instrumento del SINAPLAN que presenta la estrategia de uno o más sectores a cargo de un ministerio para el logro de los objetivos nacionales que se han priorizado en el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional y en las políticas nacionales; asimismo, el PESEM orienta las intervenciones públicas del Sector y su implementación involucra a los tres niveles de gobierno, según sus funciones y competencias; siendo que en el proceso de formulación del PESEM, se de fi ne el horizonte temporal, se construye la imagen actual y la imagen del futuro deseado del Sector, asimismo se de fi nen los elementos estratégicos del PESEM, es decir, los objetivos estratégicos sectoriales (OES) y acciones estratégicas sectoriales (AES) con sus respectivos indicadores y logros esperados; Que, mediante Resolución Ministerial N° 181-2023- EF/41 se formaliza el inicio del proceso de formulación del Plan Estratégico Sectorial Multianual del Sector Economía y Finanzas (SEF) y se crea el Grupo de Trabajo Sectorial de naturaleza temporal, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), para la formulación del PESEM del Sector Economía y Finanzas; Que, el Plan Estratégico Sectorial Multianual del Sector Economía y Finanzas 2024 – 2030, ha sido formulado con la activa participación de los órganos y unidades orgánicas del MEF, los organismos públicos adscritos y empresas vinculadas al Sector Economía y Finanzas, asimismo, con los aportes de entidades del sector público y privado vinculados a la temática del sector, la academia y con la asesoría técnica de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; Que, el Informe Nº 0211-2023-EF/41.02 de la O fi cina de Planeamiento y Modernización de la Gestión de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto contiene la justi fi cación de la formulación del proyecto del Plan Estratégico Sectorial Multianual del Sector Economía y Finanzas 2024 - 2030, el cual cuenta con la validación del Grupo de Trabajo Sectorial, conforme consta en el Acta de Sesión del 11 de diciembre de 2023; Que, mediante O fi cio Nº 2626-2023-EF/13.01, la Secretaría General del Ministerio de Economía y Finanzas