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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2023 (20/12/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 33

33 NORMAS LEGALES Miércoles 20 de diciembre de 2023 El Peruano / de Urgencia que establece medidas excepcionales y temporales en materia económica y fi nanciera para proteger la estabilidad del sistema micro fi nanciero, crea el Programa de Fortalecimiento Patrimonial de las Instituciones Especializadas en Micro fi nanzas y brinda facilidades de pago a las empresas que tienen créditos garantizados con el Programa “Reactiva Perú; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación del Contrato de Fideicomiso de Administración del Programa de Fortalecimiento Patrimonial de las Instituciones Especializadas en Micro fi nanzas Aprobar el Contrato de Fideicomiso de Administración del Programa de Fortalecimiento Patrimonial de las Instituciones Especializadas en Micro fi nanzas, el mismo que se adjunta como Anexo a la presente Resolución Ministerial, a través del cual se establecen los términos y condiciones para la administración del Patrimonio Fideicometido del Programa, en el marco de las disposiciones contenidas en el Decreto de Urgencia Nº 013-2023, Decreto de Urgencia que establece medidas excepcionales y temporales en materia económica y fi nanciera para proteger la estabilidad del sistema micro fi nanciero, crea el Programa de Fortalecimiento Patrimonial de las Instituciones Especializadas en Micro fi nanzas y brinda facilidades de pago a las empresas que tienen créditos garantizados con el Programa “Reactiva Perú”, y su Reglamento Operativo, aprobado mediante la Resolución Ministerial N° 278-2023-EF/15. Artículo 2.- Autorización para suscribir documentos Autorizar al Director General de la Dirección General del Tesoro Público y al Director General de la Dirección General de Mercados Financieros y Previsional Privado, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas, a suscribir el Contrato de Fideicomiso de Administración Programa de Fortalecimiento Patrimonial de las Instituciones Especializadas en Micro fi nanzas, aprobado en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, así como a suscribir los documentos públicos y/o privados, conexos o complementarios que permitan su ejecución. Artículo 3.- Publicación La presente Resolución Ministerial y su Anexo se publican en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA Ministro de Economía y Finanzas 2245924-1 Aprueban Cronograma Anual Mensualizado para el pago de las Remuneraciones y Pensiones en la Administración Pública, así como de las Pensiones correspondientes al Decreto Ley N° 19990, financiadas con cargo al presupuesto institucional de la ONP, a aplicarse durante el Año Fiscal 2024 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 005-2023-EF/11.01 Lima, 19 de diciembre de 2023.CONSIDERANDO:Que, es necesario garantizar la adecuada distribución de los recursos públicos por concepto de Gasto de Personal y Obligaciones Sociales (Remuneraciones) y Gasto por Pensiones y Otras Prestaciones Sociales, a cargo de las Unidades Ejecutoras del Gobierno Nacional y de los Gobiernos Regionales, mediante la aprobación de un Cronograma de Pagos para la atención oportuna de dichos conceptos durante el proceso de ejecución presupuestal y fi nanciera del Año Fiscal 2024; Que, asimismo, resulta necesario incluir como parte del indicado Cronograma a los pensionistas comprendidos en el régimen del Decreto Ley N° 19990, a cargo de la O fi cina de Normalización Previsional, de acuerdo con la información remitida para tal efecto por el citado organismo mediante el O fi cio N° 000616-2023-GG-ONP; Que, el mencionado Cronograma es aplicable a los pagos que por los indicados conceptos se realizan con cargo a Recursos Ordinarios y otras fuentes de fi nanciamiento que se centralizan y administran a través de la Cuenta Única del Tesoro Público (CUT), para cuyo efecto el Director General de Administración, o quien haga sus veces, es responsable de la adopción de las medidas administrativas que resulten necesarias para contar con el respectivo fi nanciamiento, así como para un e fi ciente y oportuno proceso de elaboración de las respectivas planillas de pago, que garantice su adecuado cumplimiento; Que, la aprobación del citado Cronograma de Pagos tiene por fi nalidad contribuir a una mayor efectividad en el cumplimiento de las obligaciones del Estado, por parte de las Unidades Ejecutoras del Gobierno Nacional y de los Gobiernos Regionales, así como a una mejor atención en este aspecto a los trabajadores y pensionistas del Sector Público; De conformidad con los incisos a) y c) del artículo 10 del Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado por la Resolución Ministerial N° 331-2023-EF/41; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación del Cronograma Anual Mensualizado 1.1 Aprobar el Cronograma Anual Mensualizado para el Pago de las Remuneraciones y Pensiones en la Administración Pública, así como de las Pensiones correspondientes al Decreto Ley Nº 19990, fi nanciadas con cargo al presupuesto institucional de la O fi cina de Normalización Previsional, a aplicarse durante el Año Fiscal 2024, el mismo que se detalla en los siguientes Anexos que forman parte de la Resolución Viceministerial: a) Anexo N° 01: Cronograma de Pagos Anual Mensualizado de Remuneraciones para el Año Fiscal 2024, a cargo de las Unidades Ejecutoras de los Pliegos del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales. b) Anexo N° 02: Cronograma de Pagos Anual Mensualizado de Pensiones (Decreto Ley N° 20530) para el Año Fiscal 2024, a cargo de las Unidades Ejecutoras de los Pliegos del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales. c) Anexo N° 03: Cronograma de Pagos Anual Mensualizado de Pensiones (Decreto Ley N° 19990) para el Año Fiscal 2024, a cargo de la O fi cina de Normalización Previsional. 1.2 El Cronograma del Anexo N° 01 incluye los pagos del personal bajo la modalidad de Contrato Administrativo de Servicios (CAS), así como otros de carácter periódico y no remunerativo tales como Estipendio por Servicio Civil de Graduandos (SECIGRA) y Servicio Rural y Urbano Marginal en Salud (SERUMS), Propinas para practicantes, animadoras, alfabetizadoras y alumnos de Escuelas Militares y Policiales, entre otros de similar naturaleza. 1.3 Las obligaciones relacionadas con la Boni fi cación por Escolaridad y los Aguinaldos por Fiestas Patrias y Navidad se atienden conforme a los Anexos del referido Cronograma, en los meses que corresponda. Artículo 2.- Responsabilidad El Cronograma Anual Mensualizado a que se refi ere el artículo precedente es aplicable al pago de las obligaciones que por concepto de Remuneraciones