Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2023 (28/12/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 78

78 NORMAS LEGALES Jueves 28 de diciembre de 2023 El Peruano / correspondiente a efectos de designar a la fi scal titular en su respectivo Despacho Fiscal, para lo cual deberá darse por concluido el nombramiento y designación del fi scal que ocupa provisionalmente su plaza, teniendo en cuenta para ello la propuesta de designación efectuada por el abogado Octaviano Omar Tello Rosales, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Sur, a través del o fi cio N° 6040-2023-MP-FN- PJFSLIMASUR. Estando a lo expuesto y en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 158 y 159 de la Constitución Política del Perú; y de conformidad con lo establecido en el artículo 65 del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por la Ley N° 31718. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto el artículo primero de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 3503-2023-MP-FN, de fecha 15 de diciembre de 2023, en el extremo que prorrogó la vigencia de la designación a partir del 01 de enero y hasta el 30 de junio de 2024 a la abogada Margarita Eusebia Haro Pinto, Fiscal Adjunta Provincial Titular Penal de Villa María del Triunfo, Distrito Fiscal de Lima Sur, en el Despacho de la Fiscalía Suprema Especializada en delitos cometidos por Funcionarios Públicos. Artículo Segundo.- Dar por concluida la designación de la abogada Margarita Eusebia Haro Pinto, Fiscal Adjunta Provincial Titular Penal de Villa María del Triunfo, Distrito Fiscal de Lima Sur, y la vigencia de la misma, en el Despacho de la Fiscalía Suprema Especializada en delitos cometidos por Funcionarios Públicos, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 1388-2022-MP-FN y 1441-2023-MP-FN, de fechas 08 de julio de 2022 y 16 de junio de 2023, respectivamente. Artículo Tercero.- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Mercedes Zoraida Surichaqui Espinoza, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Sur, y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Villa María del Triunfo, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N.os 1565-2019-MP-FN y 758-2021-MP-FN, de fechas 08 de julio de 2019 y 26 de mayo de 2021, respectivamente, sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite. Artículo Cuarto.- Designar a la abogada Margarita Eusebia Haro Pinto, Fiscal Adjunta Provincial Titular Penal de Villa María del Triunfo, Distrito Fiscal de Lima Sur, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Villa María del Triunfo. Artículo Quinto.- Nombrar a la abogada Linda Yessenia Madrid Saavedra, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándola en el Despacho de la Fiscalía Suprema Especializada en delitos cometidos por Funcionarios Públicos. Artículo Sexto.- Disponer que el nombramiento y designación señalados en el artículo quinto, tengan vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 31 de marzo de 2024, en mérito a lo establecido en la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 087-2021-MP-FN-JFS, de fecha 15 de diciembre de 2021, y a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Séptimo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Fiscalía Suprema Especializada en delitos cometidos por Funcionarios Públicos, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Lima Centro y Lima Sur, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano y a las abogadas mencionadas. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA Fiscal de la Nación (i) 2248350-1SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Aprueban diversas medidas de austeridad, racionalidad, disciplina en el gasto y de ingresos de personal, aplicables en la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones en el ejercicio 2024 RESOLUCIÓN SBS N° 04273-2023 Lima, 22 de diciembre de 2023LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CONSIDERANDO:Que, el artículo 346 de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702, determina el marco de la autonomía funcional, económica y administrativa de la Superintendencia; establece su ubicación dentro de la estructura del Estado; define su ámbito de competencia, y señala sus funciones y atribuciones; estableciendo, asimismo, que las demás leyes o disposiciones legales distintas a esta ley no podrán establecer normas de obligatorio e imperativo cumplimiento para la Superintendencia; Que, adicionalmente, en su artículo 373 dispone que el presupuesto de la Superintendencia será aprobado por el Superintendente, quien tendrá a su cargo la administración, la ejecución y el control de este, y será cubierto mediante contribuciones trimestrales adelantadas a cargo de las empresas supervisadas; Que, la Directiva SBS-DIR-SBS-085-26 “Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto” establece medidas de austeridad, racionalidad y disciplina en el gasto, aplicables a la Superintendencia, las cuales se complementan con las resoluciones que sobre este asunto publique la Institución; Que, el literal b) de la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024 estipula que, en el caso de esta Superintendencia, las disposiciones de austeridad, disciplina y calidad en el gasto público y de ingresos de personal a aplicarse en el año 2024 deben aprobarse mediante resolución de su Titular, publicarse en el Diario O fi cial El Peruano en un plazo que no exceda el 31 de diciembre de 2023, y regirán a partir del 1 de enero de 2024; De conformidad con lo señalado en el considerando anterior, y en uso de las atribuciones conferidas en la Ley N° 26702; RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar las siguientes medidas de austeridad, racionalidad, disciplina en el gasto y de ingresos de personal, aplicables en la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones en el ejercicio 2024: a) Se restringirá la celebración de nuevos contratos de trabajo. Para ello se tendrán en cuenta las plazas contenidas en el Cuadro Institucional de Asignación de Personal (CIAP). La contratación de personal se realizará mediante procesos de selección externa y/o por el Programa de Extensión, conforme a lo establecido en la directiva interna vigente sobre la materia. Esta disposición no incluye a los cargos o puestos de con fi anza.