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87 NORMAS LEGALES Jueves 28 de diciembre de 2023 El Peruano / OCHO MIL DOSCIENTOS VEINTE CON 03/100 SOLES (S/ 16,298,220.03), de la fuente de Financiamiento Recursos Determinados, Genérica de Gasto 2.4, en el marco de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, conforme al siguiente detalle: Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y ENCARGAR al responsable del Portal de Transparencia de la Entidad, a fi n de que proceda a publicarla en el portal institucional del Gobierno Regional de La Libertad. Artículo Tercero.- NOTIFICAR la presente resolución a la CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, MINISTERIO PÚBLICO-AUTORIDAD NACIONAL DE CONTROL, a la Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Presupuesto, Gerencia Regional de Administración, Secretaría General, Gerencia Regional de Agricultura, Gerencia Regional de Infraestructura y demás órganos pertinentes del Gobierno Regional de La Liberad, para su conocimiento y aplicación estricta. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. . CESAR ACUÑA PERALTA Gobernador Regional 2248196-1 GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS Aprueban el instrumento de Gestión Ambiental Regional denominado: “Estrategía Regional de Cambio Climático de Madre de Dios (ERCCMDD) 2023 - 2030” CONSEJO REGIONAL DE MADRE DE DIOS ORDENANZA REGIONAL Nº 010-2023-RMDD/CR POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Ordinaria realizada el día miércoles 13 de setiembre del 2023, en su sede actual sito en el Coliseo Cerrado de Puerto Maldonado, ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional CONSIDERANDO:Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, emanan de la voluntad popular, gozan de autonomía política, económica y administrativa, y tienen por misión, organizar y conducir la gestión pública regional, de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales. Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional y de conformidad con el literal a) del artículo 15 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, tiene entre otras atribuciones, las de aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Que, el artículo 38 de la precitada ley, establece que: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia”. Que, la Comisión de Salud y Población del Consejo Regional a través del Informe N° 0036-2023-GOREMAD-CR-CSYP, propone al Pleno, aprobar el documento de gestión denominado: “Estrategia Regional de Cambio Climático de Madre de Dios”. Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, considera como una de sus funciones en materia ambiental y de ordenamiento territorial, la que señala en su artículo 53, literal c) Formular, coordinar, conducir y supervisar la aplicación de las estrategias regionales respecto a la diversidad biológica y sobre cambio climático, dentro del marco de las estrategias nacionales respectivas; Que, en concordancia con la Estrategia Nacional de Cambio Climático (ENCC), como parte de los compromisos asumidos dentro de la CMNUCC, el Perú se comprometió a desarrollar una Estrategia Nacional de Cambio Climático, en la cual se de fi na la visión del país en cuanto al cambio climático y las acciones tendientes a su adaptación, a la mitigación y prevención de sus efectos. Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2015-MINAM, se aprueba la Estrategia Nacional ante el Cambio Climático (ENCC), el cual contiene elementos que permiten elaborar los planes sectoriales y sub nacionales en materia de cambio climático. Que, mediante Resolución Ministerial Nº 090-2016-MINAM, de fecha 12 de abril del 2016, se aprueban los j”Lineamientos para la Gestión Integrada del Cambio Climático”, cuyo objetivo es fortalecer la gestión integrada de cambio climático, a través de la implementación de un proceso de concertación multisectorial y multinivel del sector público y privado, y de la sociedad civil, (…) Que, la Ley Nº 30754, Ley Marco sobre Cambio Climático, en su artículo 8º, señala que los gobiernos regionales y locales, en el marco de sus competencias y funciones, otorgadas por ley expresa o a través del proceso de descentralización, son responsables de: 8.1. Ejecutar las políticas públicas nacionales sobre cambio climático y diseñar, monitorear, evaluar y rediseñar las estrategias regionales sobre cambio climático. 8.2. Incorporar medidas de mitigación y adaptación al cambio climático en su Plan Territorial, Plan de Desarrollo Concertado Regional y Local, Plan Estratégico Institucional, Plan Operativo Institucional, Programas Presupuestales e instrumentos de inversión. Que, el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 013-2019-MINAM, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 30754, Ley Marco sobre Cambio Climático, señala como funciones de las autoridades regionales 1) Elaborar, aprobar, implementar, monitorear, evaluar y actualizar Unidad EjecutoraTransferencia al Pliego 019 Contraloría General de la RepúblicaRUBRO 15: FONDO DE COMPENSACION REGIONAL-FONCOR 18: CANON Y SOBRECANON, REGALIAS, RENTA DE ADUANAS Y PARTICIPACIONES 001-831: REGION LA LIBERTAD-SEDE CENTRAL 13,990,463.11 13,990,463.11 005-1134: REGION LA LIBERTAD-PROYECTO ESPECIAL CHAVIMOCHIC 818,011.77 818,011.77 100-832: REGION LA LIBERTAD-AGRICULTURA 340,554.15 340,554.15 400-845: REGION LA LIBERTAD-SALUD 1,149,191.00 487,635.00 661,556.00 TOTAL 16,298,220.03 15,636,664.03 661,556.00