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94 NORMAS LEGALES Jueves 28 de diciembre de 2023 El Peruano / económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y fi nanciera un pliego presupuestal. Que, de conformidad con el Principio de Legalidad a que se re fi ere el numeral 1.1 del Artículo IV del Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 67444 - Ley de Procedimiento Administrativo General. Las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la ley y al derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fi nes para los que les fueron conferidas. Que, el numeral 43.4 del artículo 43 del TUO de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, estipula que para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de Resolución del Titular de la entidad establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el artículo 60 de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal. Que, a través del Decreto Supremo Nº 088-2001- PCM se establece las disposiciones aplicables a las entidades del sector público para desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes. Que, el artículo 2 de la norma precedentemente citada, dispone que el Titular de la Entidad mediante Resolución establecerá: la descripción clara y precisa de los bienes y/o servicios que son objeto de comercialización por parte de la Entidad, las condiciones y limitaciones para su comercialización si las hubiere (…). Y que esta Resolución debe ser publicada en la misma oportunidad en que se publica el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Entidad correspondiente. Además, toda modi fi cación a dicha Resolución deberá aprobarse por Resolución del Titular y publicarse en el Diario O fi cial El Peruano. Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 00000249-2016/GOB.REG.TUMBES-P, de fecha 10 de junio del 2016, se aprobó el TEXTO ÚNICO DE SERVICIOS NO EXCLUSIVOS - TUSNE, del Pliego del Gobierno Regional de Tumbes. Que, el Jefe de la O fi cina de Maquinaria y Equipo Mecánico de la Sede del Gobierno Regional Tumbes con Informe N° 004-2022/GOB.REG.TUMBES-ORA.OMyEM- VHSR, de fecha 18 de enero del 2022, comunica que han ingresado maquinarias y camiones que sus precios de alquiler no se encuentran estipulados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), por lo que se requiere la actualización de precios correspondiente. Que, la Especialista en Racionalización III de la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional de la Sede del Gobierno Regional Tumbes con los Informes Técnicos Nº 001-2022/GOB.REG.TUMBES-GRG-GDPPAT-SGDI-AISA, y Nº 02-2022/GOB.REG.TUMBES-GGR-GRPPAT-SGDI-ADJSA, de fechas 08 de febrero y 24 de agosto del 2022 respectivamente, recomienda la actualización del TUSNE incorporando los precios de alquiler de los nuevos vehículos pesados que ingresaron el año 2021, alcanzando para ello el proyecto de modi fi cación del TUSNE del Gobierno Regional Tumbes, indicando que debe derivarse a la O fi cina de Maquinaria y Equipo Mecánico para la conformidad técnica u observaciones de ser el caso. Que, mediante Informe Nº 490-2022/GOB.REG. TUMBES-GGR-ORAJ, de fecha 30 de noviembre del 2022, el Jefe de la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica de la Sede del Gobierno Regional Tumbes se pronuncia opinando que se remita el expediente administrativo al Gobernador Regional de Tumbes para que autorice la emisión del acto resolutivo correspondiente Que, a través de la Nota de Coordinación Nº 312- 2023/GOB.REG.TUMBES-GGR-SGR-SG, de fecha 05 de junio del 2023, el Secretario General Regional de la Sede del Gobierno Regional Tumbes, traslada la actualización del Texto Único de Servicios no Exclusivos -TUSNE a la O fi cina Regional de Administración de la Sede del Gobierno Regional Tumbes para su actualización, por cuanto esta consignando fecha del año anterior, además de implementarse algunas omisiones que se puedan presentar de ser el caso. Que, se ha emitido el Informe Nº 319-2023/GOB. REG.TUMBES-ORA.OMyEM-JROY, de fecha 14 de abril del 2023, en virtud del cual el Jefe de la O fi cina de Maquinaria y Equipo Mecánico de la Sede del Gobierno Regional Tumbes, informa sobre la reconsideración del costo horario por el alquiler de la maquinaria pesada, sin el suministro de combustible por parte del GORE Tumbes, siendo este remitido a la Gerencia General Regional del Gobierno Regional Tumbes con el Informe Nº 017-2023/ GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GGR-ORA, de fecha 25 de mayo del 2023. Que, la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional de la Sede del Gobierno Regional Tumbes; en atención al Proveído S/N, de fecha 25 de mayo del 2023 de la Gerencia General Regional del Gobierno Regional Tumbes; con Nota de Coord Nº 45-2023/GOB.REG. TUMBES-GGR-GRPPAT-SGDI-SG, de fecha 30 de mayo del 2023, requiere para efectos de la modi fi cación del Texto Único de Servicios no Exclusivos - TUSNE el formato establecido, precisando que los costos aprobados con los nuevos siguen siendo iguales, solo se ha incrementado los costos de agregados; en razón a ello, la O fi cina de Maquinaria y Equipo Mecánico de la Sede del Gobierno Regional Tumbes, a través del Informe Nº 661-2023/GOB. REG.TUMBES-ORA-OMyEM-JROY, de fecha 25 de julio del 2023, alcanza la información requerida, adjuntando los formatos respectivos. Que, el Especialista en Racionalización III de la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional de la Sede del Gobierno Regional Tumbes, mediante Informe Nº 012- 2023/GOB.REG.TUMBES-GRPPAT-SGDI-SG-OLT, de fecha 04 de agosto del 2023, informa que el TUSNE es un instrumento técnico que brinda información a la ciudadanía sobre los bienes y servicios que posee el Gobierno Regional Tumbes con un enfoque de excelencia en los servicios, recomendando que se deriven los actuados administrativos a la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica para el informe legal correspondiente. Que, el Jefe de la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica de la Sede del Gobierno Regional Tumbes, con el Informe Nº 639-2023/GOB.REG.TUMBES-GGR-ORAJ, de fecha 23 de agosto del 2023, previo análisis, se pronuncia a favor de la modi fi cación del Texto Único de Servicios no Exclusivos - TUSNE que fuera aprobado mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 00000249-2016/GOB.REG.TUMBES-P, de fecha 10 de junio del 2016, por lo que debe remitirse el expediente administrativo al Gobernador Regional de Tumbes para que autorice la emisión de la resolución correspondiente; en mérito de lo cual el Gobernador Regional del Gobierno Regional Tumbes, mediante Proveído S/N de fecha 31 de agosto del 2023 dispone a Secretaria General Regional la proyección de la resolución que así lo disponga. Estando a lo informado y contando con la visación de la Secretaria General Regional, Sub Gerencia de Desarrollo Institucional, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, O fi cina Regional de Administración, O fi cina Regional de Asesoría Jurídica y Gerencia General Regional del Gobierno Regional Tumbes. En uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modi fi catoria, Ley Nº 27902. SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR, la modi fi cación del TEXTO ÚNICO DE SERVICIOS NO EXCLUSIVOS - TUSNE DEL GOBIERNO REGIONAL TUMBES, aprobado mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 00000249-2016/GOB.REG.TUMBES-P, de fecha 10 de junio del 2016, incluyéndose el Ítem 001 y 002, conforme al detalle contenido en el anexo adjunto el mismo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- QUEDA INALTERABLE, Resolución Ejecutiva Regional N° 00000249-2016/GOB.REG.TUMBES-P, de fecha 10 de junio del 2016,