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145 NORMAS LEGALES Sábado 30 de diciembre de 2023 El Peruano / Aprueban el Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas 2024-2026 del Sector Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 575-2023-VIVIENDA Lima, 28 de diciembre de 2023VISTOS: El Memorando N° 2078-2023-VIVIENDA/OGPP de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, el Acta N° 001-2023-VIVIENDA/CPIPCS del Comité de Promoción de la Inversión Privada en Construcción y Saneamiento, el O fi cio N° 100-2023-EF/15.01 del Viceministerio de Economía del Ministerio de Economía y Finanzas, la Nota N° 413-2023-VIVIENDA/VMCS-DGPPCS de la Dirección General de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento, el Informe N° 1130-2023-VIVIENDA/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que el citado Ministerio tiene por fi nalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional; así como, facilitar el acceso de la población a una vivienda digna y a los servicios de saneamiento de calidad y sostenibles, en especial de aquella rural o de menores recursos; y, promueve el desarrollo del mercado inmobiliario, la inversión en infraestructura y equipamiento en los centros poblados; asimismo, tiene entre sus funciones generales, establecer mecanismos destinados a promover la participación de las asociaciones público privadas en la implementación de las políticas nacionales y sectoriales de su responsabilidad; Que, el artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, declara de interés nacional la promoción de la inversión privada mediante Asociaciones Público Privadas (APP) y Proyectos en Activos (PA), para contribuir al crecimiento de la economía nacional, a cierre de brechas de infraestructura o en servicios públicos, a la generación de empleo productivo y a la competitividad del país; Que, los párrafos 40.1 y 40.2 del artículo 40 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, aprobado por el Decreto Supremo N° 240-2018-EF, establecen que corresponde a la entidad pública titular del proyecto la priorización y desarrollo de los proyectos de APP y PA, y que el Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas (IMIAPP) es el instrumento de gestión elaborado por cada entidad pública titular del proyecto, que tiene como fi nalidad identi fi car los potenciales proyectos de APP y PA, a fi n de ser incorporados al Proceso de Promoción en los siguientes tres (03) años a su elaboración; Que, los párrafos 40.3 y 40.4 del artículo 40 del Reglamento en mención, establecen que la propuesta del IMIAPP es formulada por el órgano encargado de planeamiento de la entidad pública titular del proyecto, considerando las metas de cierre de brechas prioritarias establecidas en la Programación Multianual de Inversiones elaborada en el marco de las normas que regulan el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, y los Lineamientos para el desarrollo del IMIAPP que emite el Ministerio de Economía y Finanzas; asimismo, que el Comité de Promoción de la Inversión Privada es responsable de que el órgano encargado del planeamiento elabore el IMIAPP, para lo cual da conformidad a la propuesta presentada por dicho órgano;Que, asimismo, los párrafos 40.5 y 40.8 del artículo 40 del citado Reglamento disponen que el IMIAPP, sus modi fi caciones y actualizaciones, son aprobadas mediante Resolución Ministerial del sector; así como que en un plazo de cinco (05) días hábiles posteriores a su aprobación, la entidad pública titular del proyecto debe publicar el mismo en su portal institucional y remitirlo a la Dirección General de Política de Promoción de la Inversión Privada del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, el párrafo 36.1 del artículo 36 del Decreto Legislativo N° 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, concordante con el artículo 41 de su Reglamento, dispone que de manera previa a la aprobación del IMIAPP, la entidad pública titular del proyecto solicita la opinión favorable del Ministerio de Economía y Finanzas sobre la modalidad de APP propuesta; Que, a través de la Resolución Directoral N° 001- 2017-EF/68.01, se aprueban los “Lineamientos para la Elaboración del Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas para el año 2017”, y sus respectivos anexos, a fi n de orientar la elaboración de dicho informe; Que, con la Resolución Ministerial N° 277-2019- VIVIENDA se crean los Comités de Promoción de la Inversión Privada en Construcción y Saneamiento, y en Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en el marco de lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 252- 2020-VIVIENDA, se aprueba el Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas 2020-2022 del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en el sector saneamiento; Que, con el Memorando N° 2078-2023-VIVIENDA/ OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe N° 329-2023-VIVIENDA/OGPP-OPM de la O fi cina de Planeamiento y Modernización y en el Informe N° 538-2023-VIVIENDA/OGPP-OP de la O fi cina de Presupuesto, los cuales sustentan la elaboración del IMIAPP 2024-2026 del Sector Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el mismo que cuenta con la conformidad del Comité de Promoción de la Inversión Privada en Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a través del Acta N° 001-2023-VIVIENDA/CPIPCS; Que, a través del O fi cio N° 100-2023-EF/15.01, el Viceministerio de Economía del Ministerio de Economía y Finanzas, remite el Memorando N° 103-2023-EF/68.03 de la Dirección General de Política de Promoción de la Inversión Privada, que adjunta el Informe N° 105-2023-EF/68.03 de su Dirección de Promoción de Inversión Privada, por el cual se emite opinión favorable al IMIAPP 2024-2026 del Sector Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, mediante la Nota N° 413-2023-VIVIENDA/ VMCS-DGPPCS, la Dirección de Gestión y Coordinación en Construcción y Saneamiento remite el Informe N° 677-2023-VIVIENDA-VMCS/DGPPCS-DGCCS de la Dirección General de Programas y Proyectos al Viceministerio de Construcción y Saneamiento por el cual se propone la aprobación del IMIAPP 2024-2026 del Sector Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el mismo que cuenta con la opinión favorable del Dirección General de Política de Promoción de la Inversión Privada del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, a través del Informe N° 1130-2023-VIVIENDA/ OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica señala que en el marco de lo dispuesto en el párrafo 40.5 del artículo 40 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, aprobado por el Decreto Supremo N° 240-2018-EF, corresponde se expida la Resolución Ministerial que apruebe el IMIAPP 2024-2026 del Sector Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento;