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162 NORMAS LEGALES Sábado 30 de diciembre de 2023 El Peruano / Resolución de la Dirección Ejecutiva Nº 85-2023/DPP/ EL.21 del 22 de diciembre de 2023; Que, mediante O fi cio Nº 101-2023-EF/15.01 de fecha 21 de diciembre de 2023, el MEF emitió su opinión favorable al Informe de Evaluación de los Proyectos, a través del Informe Nº 108-2023-EF/68.03; Que, mediante Acuerdo Comité Pro Minería y Energía Nº 133-2-2023-Líneas de Transmisión, adoptado por el Comité PRO MINERÍA Y ENERGÍA en su sesión del 27 de diciembre de 2023, se aprobó el Plan de Promoción de los Proyectos (condicionando la e fi cacia de la aprobación del Plan de Promoción a la incorporación de los Proyectos al proceso de promoción de la inversión privada) disponiendo además remitir el citado acuerdo a la Dirección Ejecutiva para su rati fi cación; Que, el inciso 4 del numeral 16.3 del artículo 16 del TUO del Decreto Legislativo Nº 1362 establece que la Dirección Ejecutiva cumple la función de rati fi car los acuerdos de los Comités Especiales de Inversiones que aprueban los principales hitos de los proyectos desarrollados bajo la modalidad de APP cuyo Costo Total de Inversión no exceda las 300,000 UIT; Que, mediante Acuerdo PROINVERSIÓN Nº 127-1- 2023-CD adoptado por el Consejo Directivo en su sesión del 5 de mayo de 2023, el Consejo Directivo delegó en la Dirección Ejecutiva la función de incorporar los proyectos al proceso de promoción, así como aprobar la modalidad de promoción de la inversión privada siempre que su Costo Total de Inversión no supere las 300,000 UIT, entre otros. Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 20.1 del artículo 20 del TUO del Decreto Legislativo Nº 1362 corresponde publicar en el diario ofi cial El Peruano la aprobación de la modalidad de promoción de la inversión privada; De acuerdo con el Informe de Evaluación de los Proyectos, el Costo Total de Inversión de los Proyectos no excede las 300,000 UIT, por lo que la respectiva ratifi cación corresponde al Director Ejecutivo; Que, conforme a lo dispuesto por el inciso 4 del numeral 16.3 del artículo 16 del TUO del Decreto Legislativo Nº 1362 y el Acuerdo PROINVERSIÓN Nº 127-1-2023-CD; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la incorporación de los Proyectos al proceso de promoción de la inversión privada y la modalidad de promoción de la inversión privada de los Proyectos a través de una Asociación Público Privada. Artículo 2.- Ratifi car el Acuerdo Comité Pro Minería y Energía Nº 133-2-2023- Líneas de Transmisión adoptado por el Comité Especial de Inversión en Proyectos de Hidrocarburos, Electricidad y Minería – PRO MINERÍA Y ENERGÍA en su sesión del 27 de diciembre de 2023, a través del cual se aprobó el Plan de Promoción de los Proyectos. Artículo 3.- Comunicar la presente resolución al Comité Especial de Inversión en Proyectos de Hidrocarburos, Electricidad y Minería – PRO MINERÍA y ENERGÍA, a la Dirección de Portafolio de Proyectos y al Director de Proyecto. Regístrese y comuníquese. JOSÉ ANTONIO SALARDI RODRÍGUEZ Director Ejecutivo 2248981-1 Ratifican el Acuerdo Comité Pro Social N° 242-1-2023-Nuevo Hospital Militar Central, a través del cual se aprobó el Informe de Evaluación de la fase de formulación del Proyecto de la Iniciativa Privada Cofinanciada “Nuevo Hospital Militar Central” RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 88-2023/DPP/DEP.66 Lima, 27 de diciembre de 2023VISTOS: El Acuerdo Comité Pro Social+ N° 242-1-2023- Nuevo Hospital Militar Central, adoptado por el Comité Especial de Inversión en Proyectos de Educación, Salud, Justicia, Turismo, Inmuebles y Mercado de Capitales y Otros Sectores o empresas públicas – PRO SOCIAL en su sesión del 04 de octubre de 2023, la Resolución del Director de Proyecto N° 06-2023/DEP.66 y el Resumen Ejecutivo N° 08-2023/DEP.66 del 22 de diciembre de 2023; CONSIDERANDO: Que, mediante Carta S/N del 16 de febrero de 2015, el Proponente presentó a PROINVERSIÓN la Iniciativa Privada Co fi nanciada “Nuevo Hospital Militar Central”, que fue admitida a trámite mediante Acuerdo del Comité Pro Desarrollo 271-26-2015-IPC NHMC del 18 de marzo de 2015. Que, mediante O fi cio N° 041 Y.1/15.00/COSALE del 25 de mayo de 2015, la Comandancia General del Ejército emitió su opinión de relevancia y prioridad de la IPC NHMC. Asimismo, mediante el O fi cio N° 1567-2015-MINDEF/DM del 31 de diciembre de 2015, el Ministerio de Defensa (MINDEF) emitió su opinión de relevancia y prioridad de la IPC NHMC. Que, en Sesión del 04 de octubre de 2023, el Comité PRO SOCIAL+ aprobó el Informe de Evaluación (IE) del Proyecto, para su envío al Ministerio de Defensa (MINDEF) y luego al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF). Que, mediante O fi cios N° 09 y N° 10-2023/ PROINVERSIÓN/DEP.66, del 06 y 10 de octubre de 2023 respectivamente, la Directora de Proyecto remitió el IE aprobado por el Comité PROSOCIAL+ para la conformidad del MINDEF. Que, como resultado de las revisiones preliminares realizadas entre PROINVERSION, MINDEF y el MEF, se realizaron algunos comentarios y ajustes que dieron lugar a modi fi caciones de carácter no sustancial, las cuales fueron identi fi cadas como tal por el Consultor del proyecto, mediante la Nota Técnica N° 01 del 06 de noviembre de 2023, que concluyó que éstas modi fi caciones son modi fi caciones no sustanciales. Que, mediante Resolución del Director de Proyecto N° 06-2023/DEP.66 del 8 de noviembre de 2023, se resolvió: i) aprobar las modi fi caciones no-sustanciales al Informe de Evaluación del proyecto, ii) remitir el IE modi fi cado al MINDEF para su conformidad y una vez emitida, enviar al MEF para su opinión favorable, y iii) comunicar el acuerdo al Comité Especial de Inversión en Proyectos de Educación, Salud, Justicia, Turismo, Inmuebles, Mercado de Capitales y Otros Sectores o empresas públicas – Comité PRO SOCIAL +, entre otros. Que, mediante O fi cio N° 11-2023/PROINVERSIÓN/ DEP.66, del 08 de noviembre de 2023, se solicitó al MINDEF su conformidad al Informe de Evaluación modi fi cado, aprobado mediante Resolución del Director de Proyecto N° 06-2023/DEP.66 Que, mediante O fi cio N° 03632-2023-MINDEF/ VRD del 21 de noviembre de 2023, el MINDEF remitió a PROINVERSIÓN su conformidad al Informe de Evaluación modi fi cado, aprobado mediante Resolución del Director de Proyecto N° 06-2023/DEP.66. Que, mediante O fi cio N° 12-2023/PROINVERSIÓN/ DEP.66, del 22 de noviembre de 2023, se solicitó al MEF su opinión al Informe de Evaluación modi fi cado, de la fase de Formulación del proyecto. Que, mediante O fi cio N°13-2023/PROINVERSIÓN/ DEP.66, del 28 de noviembre de noviembre de 2023, se remitió al MEF información complementaria al Informe de Evaluación modi fi cado, de la fase de Formulación del proyecto. Que, mediante O fi cio N° 97-2023-EF/15.01, del 13 de diciembre de 2023, el MEF remitió la opinión previa favorable al Informe de Evaluación modi fi cado, de la fase de Formulación del proyecto. Que, el numeral 4 del párrafo 16.3 del artículo 16 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1362, Decreto Legislativo que regula la promoción de la inversión privada mediante Asociaciones Público Privadas