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294 NORMAS LEGALES Sábado 30 de diciembre de 2023 El Peruano / Que, mediante Memorando del visto, la Secretaría General solicitó a la O fi cina General de Asesoría Jurídica la emisión de opinión legal respecto a la viabilidad de aprobación del PADSC. En virtud de ello, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, mediante informe del visto, emitió opinión legal favorable respecto de la emisión de la ordenanza que rati fi que el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el artículo 9 y el artículo 40 de la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y con dispensa del trámite de comisiones, del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo Municipal por UNANIMIDAD, aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- APROBAR el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2024-2027, validado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana del Distrito de Magdalena del Mar, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Control y Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar el cumplimiento del plan aprobado en el artículo precedente. Artículo Tercero.- PRECISAR que la presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación del presente dispositivo, así como el texto íntegro del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2024-2027 en el diario o fi cial El Peruano y en la Plataforma Única Digital del Estado Peruano (www.gob.pe). Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 2248016-1 MUNICIPALIDAD DEL RÍMAC Ordenanza que aprueba el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2024 -2027 del distrito del Rímac ORDENANZA Nº 632-MDR Rímac, 27 de diciembre de 2023 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC VISTOS: En Sesión de Urgencia de la fecha, el proyecto de ordenanza que aprueba el plan de acción distrital de seguridad ciudadana 2024-2027 del Distrito del Rímac , con Informe Nº 046-GSC-MDR, Memorando Nº 2043-2023-GM/MDR, Informe Legal Nº 163-2023-OGAJ-MDR, Memorando Nº 2076-2023-GM/MDR, Memorando Nº 1583-2023-OGA-MDR, Informe Nº 150-2023-MDR/OGPPCT, Informe Nº 068-2023-OGA- MDR y Memorándum Nº 2120-2023-GM/MDR; el Concejo Municipal, por UNANIMIDAD y con dispensa de trámite de lectura en la aprobación del acta para su ejecución inmediata, aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE ACCIÓN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2024-2027 DEL DISTRITO DEL RÍMAC Artículo Primero.- APRUÉBESE el PLAN DE ACCIÓN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DEL DISTRITO DEL RÍMAC 2024-2027, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCÁRGUESE a la Gerencia Municipal, Gerencia De Seguridad Ciudadana y demás Gerencias competentes, el cumplimiento y monitoreo de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCÁRGUESE a la O fi cina General de Secretaria, Gestión Documentaria, Archivo Central y Registro Civil la publicación del texto aprobatorio de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la O fi cina de Tecnologías de la Información, la publicación de la Ordenanza y sus anexos en el Portal Institucional (www. munirimac.gob.pe) Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.NESTOR E. DE LA ROSA VILLEGAS Alcalde 2248986-1 Aprueban el Reglamento del Procedimiento para la atención de denuncias ambientales presentadas ante la Municipalidad Distrital de Rímac DECRETO DE ALCALDÍA N° 020-2023-MDR Rímac, 28 de diciembre del 2023 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE RÍMAC VISTO: El Memorándum Nº 534-2023-GSCGA- MDR, de la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental; el Informe Nº 141-2023-MDR- OGPPCT, de la O fi cina General De Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Técnica; el Informe Legal N° 171-2023-OGAJ-MDR de O fi cina General de Asesoría Jurídica; el Memorándum N° 2145-2023-GM/MDR, de la Gerencia Municipal, sobre el proyecto de “Reglamento del Procedimiento de Atención de Denuncias Ambientales Presentadas ante la Municipalidad Distrital de Rímac”, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú establece que las municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; concordante con lo previsto en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, siendo que la autonomía de los gobiernos locales en los asuntos de su competencia es con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Ley Nº 29325, se crea el Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental- SINEFA, el mismo que está a cargo del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental- OEFA, como ente rector. Dicho sistema tiene por fi nalidad asegurar el cumplimiento de la legislación ambiental por parte de todas las personas naturales o jurídicas, así como supervisar y garantizar que las funciones de evaluación, supervisión, fi scalización, control y potestad sancionadora en materia ambiental, a cargo de las diversas entidades del Estado, se realicen de forma independiente, imparcial, ágil y e fi ciente, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Nº 28245- Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, la Ley Nº 28611- Ley General del Ambiente, la Política Nacional del Ambiente y demás normas, políticas, planes, estrategias, programas y acciones destinados a coadyuvar a la existencia de ecosistemas saludables, viables y funcionales, al desarrollo de las actividades productivas y el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales que contribuyan a una efectiva gestión y protección del ambiente; Que, el artículo 7º de la Ley Nº 29325- Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, establece que las Entidades de Fiscalización Ambiental Nacional, Regional o Local son aquellas con facultades expresas para desarrollar funciones de fi scalización ambiental, y ejercen sus competencias con