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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2023 (31/12/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 244

TEXTO PAGINA: 190

190 NORMAS LEGALES Domingo 31 de diciembre de 2023 El Peruano / Artículo Cuarto.- DEJAR SIN EFECTO, cualquier norma interna que se oponga a lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo Quinto.- NOTIFÍQUESE , la presente Resolución a las Gerencias y dependencias del SERPAR LIMA. Regístrese, comuníquese y cumplase.ELMER NERI LINARES SOLANO Secretario GeneralServicio de Parques de Lima DIRECTIVA N° 04-2023/SG/SERPAR LIMA/MML DIRECTIVA PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE MEDIDAS DE AUSTERIDAD, DISCIPLINA Y CALIDAD EN EL GASTO PÚBLICO DEL SERVICIO DE PARQUES DE LIMA - SERPAR LIMA PARA EL AÑO FISCAL 2024 Elaborado por: Subgerencia de Presupuesto I. OBJETIVOEstablecer medidas de austeridad, disciplina y calidad del gasto en el Servicio de Parques de Lima - SERPAR LIMA, orientados a la gestión e fi ciente de los recursos presupuestales asignados para el ejercicio fi scal 2024, priorizando el cumplimiento de los objetivos y metas institucionales en observancia de los dispuesto en la Ley Anual de Presupuesto y demás normas complementarias. II. FINALIDADOptimizar el uso de recursos económicos en el Servicio de Parques de Lima - SERPAR LIMA, bajo los principios de e fi ciencia y e fi cacia, para el cumplimiento de los objetivos y metas institucionales garantizando el equilibrio presupuestal y fi nanciero. III. BASE LEGAL• Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2024. • Ley N° 31954, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2024. • Decreto Supremo N° 082-2019-EF, Decreto Supremo que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado. • Decreto Supremo N° 281-2023-EF, Decreto Supremo que aprueba el Presupuesto Consolidado de Ingresos y Egresos para el Año Fiscal 2024 de las Empresas y Organismos Públicos de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales. • Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. • Decreto Legislativo N° 1436. Decreto Legislativo Marco de la Administración Financiera del Sector Público. • Directiva Nº 0005-2022-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 0023-2022-EF/50.01 • Ordenanza N° 1784, Estatuto del Servicio de Parques de Lima-SERPAR LIMA. • Ordenanza N° 1955, Ordenanza que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Servicio de Parques de Lima - SERPAR LIMA. • Resolución de Secretaria General N° 043-2018, Aprueba la Directiva N° 001-2018/SERPAR LIMA/SG/MML “Formulación, aprobación y actualización de Directiva en el Servicio de Parques de Lima.” IV. ALCANCELas disposiciones contenidas en la presente directiva son de observancia y aplicación obligatoria de todos los funcionarios, directivos y servidores del SERPAR LIMA, con independencia del nivel jerárquico y modalidad contractual que lo vincula a la entidad.V. DEFINICIONES Y/O CONCEPTOS 5.1 Acto Administrativo : Es una declaración de voluntad de la administración pública. Crean y extinguen derechos, modi fi can el orden jurídico en la materia, y producen efectos jurídicos 5.2 Certi fi cación de Crédito Presupuestario: Acto de administración, cuya fi nalidad es garantizar que se cuenta con el crédito presupuestario disponible y libre de afectación, para comprometer un gasto con cargo al presupuesto institucional autorizado para el año fi scal respectivo, previo cumplimiento de las disposiciones legales vigentes que regulen el objeto materia del compromiso. Dicha certi fi cación implica la reserva del crédito presupuestario, hasta el perfeccionamiento del compromiso y la realización del correspondiente registro presupuestario. 5.3 Contrato Administrativo de Servicios (CAS): Es una modalidad contractual de la Administración Pública, privativa del Estado, que vincula a una entidad pública con una persona natural que presta servicios de manera no autónoma. Se encuentra regulado mediante el Decreto Legislativo N° 1057. 5.4 Crédito Presupuestario: Es la dotación de recursos consignada en los presupuestos del Sector público, con el objeto de que las entidades públicas puedan ejecutar gasto público, Es de carácter limitativo y constituye la autorización máxima de gasto que toda entidad pública pueda ejecutar, conforme a las asignaciones individualizadas de gasto, que fi guran en los presupuestos, para el cumplimiento de sus objetivos aprobados. 5.5 Cuadro de Asignación de Personal (CAP): es el documento de Gestión institucional que contiene la planta orgánica de cargos de fi nidos y aprobados de la entidad, necesarios para su adecuado funcionamiento, sobre la base de su estructura orgánica prevista en el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y sus modi fi caciones formalmente aprobadas. 5.6 Documento de Gestión: es el conjunto de normas técnicas y prácticas usadas para administrar los documentos de todo tipo, recibidos y creados en una organización. 5.7 Especí fi ca de Gasto: Responde al desagregado del objeto del gasto y se determina según el Clasi fi cador de los Gastos Públicos. 5.8 Gasto Público: Conjunto de erogaciones que se realizan en el ámbito del Sector Público. 5.9 Genérica de Gasto: Nivel mayor de agregación que identi fi ca el conjunto homogéneo, claro y ordenado de los de los gastos en recursos humanos, materiales, tecnológicos y fi nancieros, así como los bienes, servicios y obras públicas que las entidades públicas contratan, adquieren o realizan para la consecución de sus objetivos institucionales. 5.10 Presupuesto Analítico de Personal (PAP); es el documento en el cual se considera el presupuesto para los servicios especí fi cos del personal permanente y del eventual, en función de la disponibilidad presupuestal y el cumplimiento de las metas de los subprogramas, actividades y/o proyectos de cada programa presupuestario, previamente de fi nidos en la estructura programática, teniendo en cuenta los CAP y lo dispuesto por las normas de austeridad en vigencia. 5.11 Presupuesto Institucional de Apertura: Presupuesto inicial de la entidad pública aprobado por su respectivo Titular con cargo a los créditos presupuestarios establecidos en la Ley Anual de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal respectivo. En el caso de las Empresas y Organismos Públicos Descentralizados de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, los créditos presupuestarios son establecidos mediante Decreto Supremo. VI. DISPOSICIONES GENERALESLos Órganos y Unidades Orgánicas del Servicio de Parques de Lima-SERPAR LIMA, deben priorizar y determinar las acciones necesarias que permitan el cumplimiento del objetivo y fi nalidad de la presente