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195 NORMAS LEGALES Domingo 31 de diciembre de 2023 El Peruano / La autorización está sujeta a un procedimiento de evaluación previa y de silencio negativo. Ninguna persona puede ser titular de más de una autorización. Articulo 8º.- Vigencia y Renovación La autorización tiene una vigencia temporal máxima de un (01) año la misma que vencera indefectiblemente el 31 de Diciembre del periodo autorizado, de acuerdo al giro solicitado y otros criterios motivados que considere aplicar la Gerencia de Desarrollo Económico y Social. La vigencia de la Autorización Municipal Temporal para el desarrollo de la actividad comercial en el espacio público sera renovado solo hasta dos (02) años, la misma que vencera el 31 de Diciembre del segundo año del periodo concedido, pudiendose renovar previa evaluación técnica, quedando exceptuado la vigencia para las ferias. Deberá solicitarse la renovación con una anticipación no menor a quince (15) días antes de su vencimiento. En el caso de autorizaciones para usos especiales temporales, estas serán otorgadas de manera individual y previa evaluación en los espacios públicos determinados por la autoridad competente y según la naturaleza de la actividad; el periodo de autorización no podrá exceder de treinta (30) días calendarios. Artículo 9º.- Características La Autorización Municipal Temporal tiene las siguientes características: a.Es personal e intransferible, ninguna persona puede ser titular de más de una (1) autorización. b. Otorgada conforme a la evaluación socio económicoc. Limitada al giro autorizado y ubicación predeterminada. d. No renovable en forma automática.e. Es temporal y excepcional. Artículo 10º.- Contenido de la Autorización La resolución de Autorización Municipal Temporal para el desarrollo de la actividad comercial en el espacio público deberá contener: 1. Número y fecha de la resolución, suscrita por el funcionario competente. 2. Nombre completo del comerciante, documento nacional de identidad y domicilio real. 3. Nombre completo del Ayudante, documento nacional de identidad y Domicilio real, de ser el caso. 4. Código registrado en la Base de Datos Digital.5. Giro autorizado y modalidad.6. Ubicación detallada del espacio público en el que se desarrollará la actividad comercial. 7. Horario en el que se desarrollará la actividad. 8. Plazo de vigencia. 9. Indicaciones, disposiciones y/o condiciones de la autortzación. CAPÍTULO II DE LA SOLICITUD Y RENOVACIÓN DE LA AUTORIZACION MUNICIPAL Articulo 11º.- Requisitos para solicitar Autorización Municipal Sólo se admitirá a trámite una solicitud por persona o grupo familiar y solo se podrá postular a una sola ubicación sostenible a la vez. No se aceptarán nuevas solicitudes de administrados que tengan un procedimiento de autorización de Comercio en vía pública en trámite. El interesado deberá cumplir con presentar los siguientes requisitos: 1. Solicitud simple con carácter de declaración jurada dirigida al Alcalde, según formato proporcionado gratuitamente en Plataforma de la Municipalidad, indicando la ubicación, giro, módulo de venta, y datos del Ayudante, de ser el caso. 2. Declaracion Jurada según formato proporcionado gratuitamente en Plataforma, declarando que: - El monto de capital de trabajo no debera exceder de dos (2) UIT anuales.- No es propietario ni conductor de un comercio establecido, ni de un módulo de comercio ambulatorio en la Provincia y Departamento de Lima. - Carece de vínculo laboral y/o contractual con proveedor y/o proveedores. - No tiene familiar y/o familiares que dependan económicamente y que estén desarrollando el comercio ambulatorio en el distrito. 3. Aprobación Vecinal según formato proporcionado gratuitamente en Plataforma, cuando la zona donde se pretenda vender colinde con uno o más predios con zonificación residencial (RDM y RDB). 4. Recibo de pago por derecho de trámite conforme a Io establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA (vigente) de la Municipalidad. La información, declaraciones y documentos presentados por los solicitantes serán considerados como declaraciones juradas y estarán arnparados bajo el principio de veracidad y sujetos a veri ficación posterior por parte del personal técnico de la Gerencia de Desarrollo Economico y Social. Los datos proporcionados por los solicitantes serviran de insuno para incluirlos en el Padrón Municipal de comerciantes ambulantes. Artículo 12º.- Requisitos para solicitar Renovación de Autorización Municipal El interesado deberá cumplir con presentar los mismos requisitos señalados en el Artículo anterior, con quince (15) días de anticipación a la fecha de vencimiento de la autorización. La información, declaraciones y documentos presentados por los solicitantes estarán sujetos a verificación posterior por parte del personal técnico de la Gerencia de Desarrollo Economico y Social. Artículo 13º.- Requisitos para solicitar la Autorización Municipal de Usos Especiales Temporales: El interesado deberá cumplir con presentar los siguientes requisitos: - Solicitud simple con carácter de declaración jurada dirigida al Alcalde, según formato proporcionado gratuitamente en Plataforma de la Municipalidad. -Declaración Jurada según formato proporcionado gratuitamente en Plataforma. - Recibo de pago por derecho de trámite conforme a Io establecido en el Texto Único de Procedimientos Adrninistrativos – TUPA (vigente) de la Municipalidad. Articulo 14º.- Conglomerados Comerciales: La Gerencia de Desarrollo Económico y Social tiene la facultad de esablecer las condiciones técnicas de funcionamiento de los conglomerados comerciales en los espacios públicos y el procedimiento de autorización correspondiente. CAPÍTULO III DE LA EVALUACION Artículo 15º.- Evaluación Previa Previo a otorgar la Autorización Municipal, la Gerencia de Desarrollo Economico y Social realizara una evaluación técnica que comprende la evaluación urbana (aforo, zona rígidas, zonas de alto riesgo), y evaluación socio económica, mediante el SISFOH brindando una atención preferencial a los grupos vulnerables conforme a Ley (personas de la tercera edad, con discapacidad o limitación, madres jefas de hogar, entre otras). Artículo 16º.-Procedimiento Una vez presentada la solicitud o renovación de autorización municipal, la Gerencia de Desarrollo Económico y Social emitirá en el plazo máximo de 10 días hábiles la resolución que declara procedente o no Io solicitado. Este procedimiento se encuentra sujeto al silencio negativo, es decir, una vez vencido el plazo sin que la Autoridad Municipal haya emitido pronunciamiento alguno, se entenderá como improcedente lo solicitado.