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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE FEBRERO DEL AÑO 2023 (24/02/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 63

63 NORMAS LEGALES Viernes 24 de febrero de 2023 El Peruano / atribución del Concejo Municipal: “Autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o en representación de la Municipalidad, realicen el Alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario.”; Que, el artículo 1º de la Ley Nº 27619 – que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, señala que : “Los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos del Congreso de la República, el poder Judicial, el Tribunal Constitucional, las Universidades públicas, el Consejo Nacional de la Magistratura, el Ministerio Público, la Defensoría del pueblo, el JNE, la O fi cina Nacional de Procesos Electorales, el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, el Banco Central de Reserva del Perú, la Superintendencia de Banca y Seguros, las Municipalidades y la Contraloría General de la República , se autorizan mediante resolución de la más alta autoridad de la respectiva Entidad”; y su artículo 2º precisa: “Las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deberán sustentar en el interés nacional o institucional, bajo responsabilidad”; y su art. 3º consigna: “Las resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el diario o fi cial El Peruano, con anterioridad al viaje”; Que, con Carta Nº 012-2023-LS-PREDES, de fecha 23 de enero de 2023, la Coordinadora del Proyecto Lima Sur del Centro de Estudios y Prevención de Desastres invita a la señora alcaldes a participar en la VIII Plataforma Regional para la Reducción de Riesgo de Desastres en las Américas y El Caribe: “La Ciencia y la Tecnología para la Gestión Integral del Riesgo de Desastres” (PR23), a realizarse del 28 de febrero al 02 de marzo de 2023, en la ciudad de Punta del Este, República Oriental del Uruguay; evento que es organizado por el PREDES y fi nanciado por USAID del Pueblo de los Estados Unidos de América; lo que coadyuvará a fortalecer la reducción de riegos con enfoque de barrio y soporte de redes sociales y medios de comunicación en las áreas vulnerables de los distritos de Lima Sur, entre los que encuentra San Juan de Mira fl ores; precisando asimismo que la asistencia de la primera autoridad local al evento internacional referido no va a irrogar egreso económico alguno de esta entidad municipal; Que, el artículo 24º de la Ley Nº 27972, en su primer párrafo señala que en caso de ausencia del alcalde lo reemplaza el teniente alcalde que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral; por lo que corresponde emitirse el respectivo acuerdo de concejo; De conformidad con los artículos 9, numeral 8); 24 y 41 de la Ley Nº 27972 – Orgánica de Municipalidades; Ley Nº 27619 – que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, y con el Voto UNÁNIME de los señores regidores, el Concejo Distrital de San Juan de Mira fl ores: ACUERDA:Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje al exterior del país de la señora alcaldesa DELIA NELLY CASTRO PICHIHUA, para que participe en la VIII Plataforma Regional para la Reducción de Riesgo de Desastres en las Américas y El Caribe: “La Ciencia y la Tecnología para la Gestión Integral del Riesgo de Desastres” (PR23), a realizarse en la ciudad de Punta del Este, República Oriental del Uruguay; evento que es organizado por el PREDES y fi nanciado por USAID del Pueblo de los Estados Unidos de América; lo que no irrogará egreso económico alguno a la corporación municipal; autorización que se efectivizará a partir de 26 de febrero al 03 de marzo de 2023. Artículo Segundo.- ENCARGAR al señor DANIEL IGNACIO DIONICIO PINO, en su calidad de primer regidor del Concejo Distrital de San Juan de Mira fl ores, las funciones del despacho de Alcaldía mientras dure la ausencia de su titular. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y unidades orgánicas que correspondan el estricto cumplimiento de la presente norma; a la Secretaria General la publicación del presente acuerdo en el diario ofi cial “El Peruano”; y a la Subgerencia de Tecnologías de la Comunicación y Soporte Informático su publicación en el Portal Institucional de esta corporación municipal.Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. DELIA NELLY CASTRO PICHIHUA Alcaldesa 2154401-1 Declaran de interés público la ejecución del proyecto “ Ampliación y mejoramiento de los sistemas de agua potable y alcantarillado de los sectores 300, 301 y 307 Nueva Rinconada - Etapa 2 - Fase 1, 2 y 3” ACUERDO DE CONCEJO Nº 010-2023/MDSJM San Juan de Mira fl ores, 21 de febrero de 2023 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo de la fecha, se trató sobre la declaración de interés público loca del proyecto “Ampliación y mejoramiento de los sistemas de agua potable y alcantarillado de los sectores 300, 301 y 307 Nueva Rinconada – Etapa 2 – Fase 1, 2 y 3”, a cargo de SEDAPAL; y CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por el artículo Único de la Ley Nº 3035 - de Reforma Constitucional – establece que las municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades; Que, el artículo 41º de la Ley Nº 27972 señala que los acuerdos son decisiones que toma el Concejo referidas a asuntos especí fi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, en nuestro distrito, el Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima (SEDAPAL) viene trabajando el proyecto “Ampliación y mejoramiento de los sistemas de agua potable y alcantarillado de los sectores 300, 301 y 307 Nueva Rinconada – Etapa 2 – Fase 1, 2 y 3”, que consiste en la construcción de obras generales, redes principales y secundarias de agua potable y alcantarillado en los sectores 300, 301 y 307; teniendo además previsto la instalación de nuevas conexiones domiciliarias en el sector 307; lo que redundará en bene fi cio de un importante sector de nuestra población sanjuanina y que sido destacado en sesión del pleno del concejo por nuestras autoridades municipales, quienes han propuesto declarar de interés público local la ejecución del referido proyecto, estando a los años de lucha de nuestros vecinos por lograr mejores condiciones de vida; propuesta que coadyuva al fortalecimiento del proyecto; por lo que corresponde emitirse el respectivo acuerdo de concejo; De conformidad con los artículos 9, numeral 8) y 41 de la Ley Nº 27972 – Orgánica de Municipalidades; con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, y con el Voto UNÁNIME de los señores regidores, el Concejo Distrital de San Juan de Mira fl ores: ACUERDA: Artículo Primero.- DECLARAR de Interés Público Local la ejecución del proyecto “Ampliación y mejoramiento de los sistemas de agua potable y alcantarillado de los sectores 300, 301 y 307 Nueva Rinconada – Etapa 2 – Fase 1, 2 y 3”, a cargo del Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima (SEDAPAL) y que va a bene fi ciar a un importante sector vecinal de San Juan de Mira fl ores. Artículo Segundo.- HACER DE CONOCIMIENTO el presente acuerdo de concejo a las instancias internas y externas que correspondan