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47 NORMAS LEGALES Miércoles 5 de julio de 2023 El Peruano / Regístrese, comuníquese y publíquese. LAURA LISSET GUTIÉRREZ GONZÁLES Presidenta EjecutivaPresidencia Ejecutiva 2192811-1 Designan Asesora II de la Secretaría General del OSCE RESOLUCIÓN N° D000159-2023-OSCE-PRE Jesús María, 4 de julio del 2023CONSIDERANDO: Que, el artículo 51 de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, establece que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera; Que, se encuentra vacante el cargo de con fi anza de Asesor/a II de la Secretaría General (CAP-P N° 012) del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE; Que, en ese sentido, se estima conveniente designar a la profesional que desempeñará el mencionado cargo; Con las visaciones de la Secretaria General, del Jefe de la O fi cina de Administración, del Jefe de la Unidad de Recursos Humanos y del Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, y el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, aprobado por Decreto Supremo N° 076-2016-EF; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a la señora María Elena Artola Velarde en el cargo de Asesora II (CAP-P N° 012) de la Secretaría General del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE. Regístrese, comuníquese y publíquese.LAURA LISSET GUTIÉRREZ GONZÁLES Presidenta EjecutivaPresidencia Ejecutiva 2192875-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Crean el Juzgado de Paz del Centro Poblado Unión Siria, distrito de Constitución, provincia de Oxapampa, departamento de Pasco, Distrito Judicial de Ucayali Presidencia del Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000107-2023-P-CE-PJ Lima, 28 de junio del 2023VISTO: El O fi cio N.° 000146-2023-VPES-D-CE-PJ cursado por el señor Vicente Paúl Espinoza Santillán, Consejero Responsable de la Justicia de Paz y Justicia Indígena; así como el O fi cio N.° 000693-2023-GG-PJ de la Gerencia General del Poder Judicial, que contiene propuesta de creación de un Juzgado de Paz en el Distrito Judicial de Ucayali. CONSIDERANDO:Primero. Que, la Gerencia General del Poder Judicial remite a la Presidencia de este Órgano de Gobierno el ofi cio cursado por la Jefatura de la O fi cina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, mediante el cual hace de conocimiento que la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ucayali propone la creación de un Juzgado de Paz en el Centro Poblado Unión Siria, distrito de Constitución, provincia de Oxapampa y departamento de Pasco, comprensión del Distrito Judicial de Ucayali. Segundo. Que, los informes elaborados por la Gerencia General del Poder Judicial y la Jefatura de la Ofi cina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, concluyen que es factible la creación del juzgado de paz materia de propuesta. Tercero. Que, conforme a lo establecido en los incisos 24, 25 y 26 del artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, son funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, crear, reubicar y suprimir órganos jurisdiccionales, modi fi car sus ámbitos de competencia territorial; así como la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Cuarto. Que, este Poder del Estado tiene dentro de sus objetivos principales mejorar y ampliar el acceso a la justicia; por lo que, resulta procedente la propuesta presentada, al encontrarse acreditado que la población de la referida localidad requiere de un órgano jurisdiccional que reduzca las barreras de acceso a la justicia (económica, geográ fi ca, lingüística y cultural), permitiendo que los justiciables tengan una adecuada y accesible administración de justicia acorde a sus necesidades, que se enmarca dentro de las 100 Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia de Personas en Condiciones de Vulnerabilidad, a las cuales se adhirió el Poder Judicial mediante Resolución Administrativa N.° 266-2010-CE-PJ, y aprobó su adhesión a la actualización de las citadas Reglas por Resolución Administrativa N.° 198-2020-CE-PJ, cuyo objetivo es garantizar las condiciones de acceso efectivo a la justicia de personas en situación de vulnerabilidad, sin discriminación alguna, por medio de políticas, medidas, facilidades y apoyo que permita a dichas personas el acceso a los servicios del sistema judicial; y así garantizar plenamente sus derechos fundamentales en igualdad de condiciones. Por estos fundamentos; la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de conformidad con los mencionados informes; y en uso de las facultades delegadas mediante Resolución Administrativa N.° 272-2018-CE-PJ, de fecha 8 de noviembre de 2018. RESUELVE:Artículo Primero.- Crear el Juzgado de Paz del Centro Poblado Unión Siria, con competencia territorial en el Centro Poblado Unión Siria (sede); así como en los Caseríos Kimpirari, Alto Lorencillo Dos, Alto Siria, Bello Lorencillo Dos, Unión Sabalillo y Centro Siria; y en las Comunidades Nativas San José de Santariani y 24 de Junio; distrito de Constitución, provincia de Oxapampa, departamento de Pasco, Distrito Judicial de Ucayali. Artículo Segundo.- Disponer que por intermedio de la presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ucayali, se efectúen las coordinaciones administrativas y logísticas con la Municipalidad del Centro Poblado Unión Siria, para la implementación del Juzgado de Paz creado; a fi n de lograr su óptimo funcionamiento con las condiciones de seguridad e idoneidad para el servicio de administración de justicia.