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41 NORMAS LEGALES Martes 11 de julio de 2023 El Peruano / Artículo Segundo .- DISPONER que en aplicación de lo dispuesto por el artículo 34° del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, la Subgerencia de Licencias de Edi fi caciones Privadas efectúe la fi scalización posterior del cien por ciento de los Informes Técnicos Favorables emitidos por los revisores urbanos y que han sido presentados ante la entidad. Artículo Tercero .- DISPONER que en caso que durante la fi scalización posterior se determine la existencia de observaciones, o la falta de cumplimiento de la normatividad municipal y/o nacional aplicable, se solicite de inmediato al Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento, la nulidad de o fi cio del Informe Técnico Favorable que fuera analizado; y, en forma paralela, se emita el acto administrativo correspondiente, suspendiendo la efectividad y ejecutoriedad del mismo como licencia, hasta que dicho Ministerio se pronuncie mediante resolución fi rme respecto del pedido de nulidad. Artículo Cuarto .- DISPONER que la Subgerencia de Licencias de Edi fi caciones Privadas y la Subgerencia de Fiscalización y Control, ejecuten las acciones administrativas correspondientes que suspendan el inicio de las obras respectivas hasta que el Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento resuelva la nulidad de o fi cio del Informe Técnico Favorable observado por esta corporación municipal. Artículo Quinto .- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del texto de la presente Ordenanza en el diario o fi cial El Peruano y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional la publicación del presente dispositivo legal en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Mira fl ores (www.mira fl ores.gob. pe). Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.CARLOS CANALES ANCHORENA Alcalde 2194393-1 Autorizan viaje de Subgerente de Deporte y Recreación para participar en evento a realizarse en Colombia ACUERDO DE CONCEJO N° 048-2023/MM Mira fl ores, 7 de julio de 2023 Visto, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 07 de julio de 2023, el Dictamen N° 031-2023/MM de fecha 06 de julio de 2023, emitido conjuntamente por las Comisiones de Asuntos Jurídicos y de Economía y Finanzas; la Carta Externa N° 10847-2023 de fecha 24 de marzo de 2023 que contiene el O fi cio COP 174/2023 de fecha 09 de marzo de 2023, presentada por la Secretaria General del Comité Olímpico Peruano; el Proveído N° 212-2023-GDH/MM de fecha 05 de abril de 2023, emitido por la Gerencia de Desarrollo Humano; el Memorándum N° 024-2023-A/MM de fecha 01 de junio de 2023, emitido por el Despacho de Alcaldía; el Informe N° 146-2023-SGDR-GDH/MM de fecha 05 de junio de 2023, emitido por la Subgerencia de Deporte y Recreación; el Memorándum N° 639-2023-GDH/MM de fecha 06 de junio de 2023, emitido por la Gerencia de Desarrollo Humano; el Informe N° 153-2023-SGDR-GDH/MM de fecha 12 de junio de 2023, emitido por la Subgerencia de Deporte y Recreación; el Memorándum Circular N° 61-2023-GDH/MM de fecha 13 de junio de 2023, emitido por la Gerencia de Desarrollo Humano; el Proveído N° 1117-2023-GAF/MM de fecha 13 de junio de 2023, emitido por la Gerencia de Administración y Finanzas; el Informe N° 413-2023-SGP-GPP/MM de fecha 15 de junio de 2023, emitido por la Subgerencia de Presupuesto; el Memorándum N° 686-2023-GDH/MM de fecha 16 de junio de 2023, emitido por la Gerencia de Desarrollo Humano; el Informe N° 332-2023-SGCF-GAF/MM de fecha 22 de junio de 2023, emitido por la Subgerencia de Contabilidad y Finanzas; el Informe N° 680-2023-SGLCP-GAF/MM de fecha 27 de junio de 2023, emitido por la Subgerencia de Logística y Control Patrimonial; el Memorándum N° 654-2023-GAF/MM de fecha 27 de junio de 2023, emitido por la Gerencia de Administración y Finanzas; el Informe N° 183-2023-GAJ/MM de fecha 03 de julio de 2023, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Proveído N° 237-2023-GM/MM de fecha 03 de julio de 2023, emitido por la Gerencia Municipal; el Memorándum N° 747-2023-GDH/MM de fecha 04 de julio de 2023, emitido por la Gerencia de Desarrollo Humano; el Informe N° 166-2023-SGDR-GDH/MM de fecha 04 de julio de 2023, emitido por la Subgerencia de Deporte y Recreación; el Memorándum N° 749-2023-GDH/MM de fecha 04 de julio de 2023, emitido por la Gerencia de Desarrollo Humano; el Proveído N° 1213-2023-GAF/MM de fecha 04 de julio de 2023, emitido por la Gerencia de Administración y Finanzas; el Informe N° 167-2023-SGDR-GDH/MM de fecha 05 de julio de 2023, emitido por la Subgerencia de Deporte y Recreación; el Informe N° 149-2023-GDH/MM de fecha 05 de julio de 2023, emitido por la Gerencia de Desarrollo Humano; el Informe N° 700-2023-SGLCP-GAF/MM de fecha 05 de julio de 2023, emitido por la Subgerencia de Logística y Control Patrimonial; el Informe N° 347-2023-SGCF-GAF/MM de fecha 05 de julio de 2023, emitido por la Subgerencia de Contabilidad y Finanzas; el Memorando N° 671-2023-GAF/MM de fecha 05 de julio de 2023, emitido por la Gerencia de Administración y Finanzas; el Informe N° 169-2023-SGDR-GDH/MM de fecha 06 de julio de 2023, emitido por la Subgerencia de Deporte y Recreación; el Informe Nº 188-2023-GAJ/MM de fecha 06 de julio de 2023, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Memorándum Nº 1154-2023-GM/MM de fecha 28 de junio de 2023, emitido por la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú y modi fi catorias, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; Que, de acuerdo con lo establecido en los numerales 11 del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modi fi catorias, es atribución del Concejo Municipal, como máximo órgano edil, autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario; Que, la Ley Nº 27619, Ley que Regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y sus modi fi catorias, establece disposiciones para la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; Que, mediante la Resolución de Gerencia Municipal Nº 111-2018-GM/MM de fecha 20 de septiembre de 2018, se aprobó la Directiva Nº 008-2018-GM/MM “Procedimiento para el otorgamiento de viáticos y adquisición de pasajes para viajes en comisión de servicios o en representación de la Municipalidad Distrital de Mira fl ores al Exterior”, la misma que, en el inciso 8.1 del numeral 8 dispone que los viajes al exterior en comisión de servicios o en representación que ocasionen gastos a la Municipalidad Distrital de Mira fl ores, que sean realizados por el Alcalde, Regidores, el Gerente Municipal y servidores, serán autorizados mediante Acuerdo de Concejo, y serán publicados en el diario o fi cial El Peruano con anterioridad al viaje; Que, mediante la Carta Externa N° 10847-2023 de fecha 24 de marzo de 2023 que contiene el O fi cio COP 174/2023 de fecha 09 de marzo de 2023, la Secretaria General del Comité Olímpico Peruano, en calidad de