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18 NORMAS LEGALES Jueves 27 de julio de 2023 El Peruano / en valor, promoción y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el literal a) del artículo 14 de la citada norma, concordante con el numeral 9.1 del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC, señala que corresponde a la Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales la declaración, administración, promoción, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el Archivo General de la Nación constituye un organismo público adscrito al Ministerio de Cultura, en virtud de lo dispuesto por el artículo 11 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria y el artículo 101 del ROF del Ministerio de Cultura; Que, por otro lado, de conformidad con lo establecido en el literal d) del artículo 2 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 120, Ley Orgánica del Archivo General de la Nación aprobado por Decreto Supremo N° 013-90-JUS, son funciones del Archivo General de la Nación cali fi car, acopiar, conservar, organizar, describir y servir la documentación histórica con valor permanente y trascendente para la Nación y la documentación proveniente de la administración pública central, con sujeción a la legislación sobre la materia; Que, asimismo, el literal b) del artículo 25 del Reglamento de Organización y Funciones del Archivo General de la Nación, aprobado por Decreto Supremo N° 005- 2018-MC, señala que la Dirección de Archivo Histórico es el órgano de línea responsable de identi fi car, inscribir y registrar los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación en el ámbito de su competencia; Que, con el O fi cio N° 000420-2023-AGN/JEF la Jefatura Institucional del Archivo General de la Nación remite al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales la propuesta de declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nación de la “Serie Propios y Rentas de la Sección Gobierno de la Ciudad del Fondo Cabildo de Lima (1632–1820)” que se custodia en el Archivo General de la Nación; Que, la Dirección de Archivo Histórico a través del Memorando N° 000578-2023-AGN/DAH remite el Informe N° 000161-2023-AGN/DAH-ARDPDA del Área de Registro y Defensa del Patrimonio Documental Archivístico del Archivo General de la Nación, mediante el cual se remite, a su vez, el Informe N° 000049-2023-AGN/DAH-ARDPDA-BRC que contiene el sustento técnico de la propuesta de declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nación descrita anteriormente, la cual presenta una serie de valores históricos, cientí fi co, político-jurídico, y económico-social, relacionados a la identi fi cación de su autenticidad, antigüedad y contenido, en el cual representa la forma en que la institución del Cabildo de Lima, en el período de los siglos XVII al XIX, recauda y administra sus fondos destinados a su sustento, las obras públicas y las grandes fi estas y agasajos que rea fi rmaban su status social. Estos fondos se basaban en arrendamientos y ventas de propiedades rurales y urbanas y cobros de impuestos o ramos; Que, el valor histórico de estas escrituras, permite dar a conocer diversos aspectos del periodo del Virreinato del Perú, mostrando como valor de fuente histórica la forma en que la institución edil limeña se preocupaba en el abastecimiento de sus recursos y rentas, en especial tras la coyuntura posterior al sismo de 1746, que afectó notablemente la ciudad; Que, el valor cientí fi co de estos expedientes presenta un notable potencial como fuente primaria para la investigación histórica, en especial como complemento de las fuentes más conocida sobre el Cabildo de Lima que se conservan en los libros de actas capitulares que se hallan en el Archivo Municipal; Que el valor político jurídico de estos documentos muestra la organización y funcionamiento de los cargos ediles, principalmente en lo relativo al mayordomo de propios y rentas y su devenir a lo largo de los siglos; Que el valor económico-social, de estos expedientes muestra a la sociedad limeña como una en la que diversos sectores sociales estrati fi cados buscan su subsistencia e intereses, acuden al cabildo buscando arrendamientos y compras de terrenos, o adquirir las licitaciones por remate de los cobros de los ramos. Si bien es cierto es una documentación más administrativa que contable, los expedientes van relevando diversos detalles del desarrollo urbano de la ciudad; Que, en ese sentido, habiéndose pronunciado favorablemente los órganos técnicos competentes, resulta procedente la citada declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nación; advirtiéndose que los informes técnicos citados precedentemente, constituyen partes integrantes de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; Con los visados del Archivo General de la Nación y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y modi fi catorias; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modi fi catoria; el Decreto Supremo N° 013-90-JUS, Decreto Supremo que aprueba el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 120, Ley Orgánica del Archivo General de la Nación; el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, Decreto Supremo que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; y el Decreto Supremo N° 005-2018-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Archivo General de la Nación; SE RESUELVE Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a la “Serie Propios y Rentas de la Sección Gobierno de la Ciudad del Fondo Cabildo de Lima (1632–1820)”, que se custodia en el Archivo General de la Nación, conforme se aprecia en el anexo que es parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Notifi car la presente resolución al Archivo General de la Nación para los fi nes consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. HAYDEE VICTORIA ROSAS CHAVEZ Viceministra de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 2199392-1 DEFENSA Autorizan viaje de oficiales de la Marina de Guerra del Perú a Ecuador, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 00710-2023-DE Lima, 24 de julio del 2023VISTOS: El O fi cio Nº 4730/51 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el O fi cio N° 01900-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 01137-2023-MINDEF/SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, mediante O fi cio Nº ARE-AGNAPR-SEC-2023- 0054-O, el Agregado Naval a la Embajada del Ecuador en Perú remite al Secretario del Comandante General de la Marina de Guerra del Perú la Carta s/n de fecha 16 de mayo de 2023, a través de la cual el Comandante