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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JULIO DEL AÑO 2023 (27/07/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 33

33 NORMAS LEGALES Jueves 27 de julio de 2023 El Peruano / información, el conocimiento, la cultura, la educación y el entretenimiento, en un marco de respeto de los deberes y derechos fundamentales, así como de promoción de los valores humanos y de la identidad nacional; Que, el artículo 5 de la citada Ley señala que el Estado promueve el desarrollo de la radiodifusión digital, para lo cual el Ministerio de Transportes y Comunicaciones toma las medidas necesarias relativas al espectro radioeléctrico y adopta los estándares técnicos correspondientes, en función de las tendencias internacionales, la mayor efi ciencia y el máximo bene fi cio para el país; Que, mediante la Resolución Suprema N° 019-2009- MTC, se adopta el estándar ISDB-T como sistema de televisión digital terrestre para el Perú; Que, a través del Decreto Supremo N° 017-2010- MTC se aprueba el Plan Maestro para la Implementación de la Televisión Digital Terrestre en el Perú (en adelante el Plan Maestro), cuyo objeto es establecer las medidas y acciones necesarias para la transición de los servicios de radiodifusión por televisión con tecnología analógica, hacia la prestación de estos servicios utilizando tecnología digital; Que, el numeral 9.2 del artículo 9 del Plan Maestro señala que la transición analógico - digital comprende las modalidades de transmisión simultánea y de transición directa; Que, asimismo, el numeral 9.3 del artículo 9 del Plan Maestro señala que a efectos de acogerse a una de las modalidades de transmisión, el titular de la autorización vigente, presenta su expresión de interés a la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, hasta antes de los dieciocho (18) meses previos al vencimiento del plazo máximo para el inicio de transmisiones con tecnología digital de cada localidad; Que, el artículo 15 del Plan Maestro establece que el plazo máximo para que los radiodifusores inicien la transmisión simultánea de sus señales es el IV Trimestre de 2023 para el Territorio 04 y el IV Trimestre de 2024 para el Territorio 05; Que, mediante Informe N° 1514-2023- MTC/28.01 la Dirección General de Autorizaciones de Telecomunicaciones señala que, a la fecha, se evidencia un bajo porcentaje de titulares de autorizaciones de radiodifusión por televisión que han expresado su interés de acceder al proceso de transición hacia la televisión digital terrestre en los Territorios 04 y 05 del Plan Maestro, así como un bajo porcentaje de estaciones de radiodifusión con tecnología digital en dichos territorios, por lo que considera necesario la modi fi cación del cronograma establecido en el Plan Maestro para el inicio de la transmisión simultánea en los Territorios 04 y 05; Que, en atención a lo señalado y, teniendo en cuenta la proximidad del vencimiento de los plazos máximos establecidos, se propone la modi fi cación del artículo 15 del Plan Maestro, a efectos de establecer que el plazo máximo para el inicio de transmisiones simultáneas en los Territorios 04 y 05 será establecido por resolución ministerial, precisándose que la evaluación para la determinación de dichos plazos se inicia a partir del 24 de diciembre de 2024, conforme a lo establecido en la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 020-2022-MTC, Decreto Supremo que modi fi ca los artículos 15 y 17 del Plan Maestro para la Implementación de la Televisión Digital Terrestre en el Perú, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2010-MTC; Que, el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, señala en su artículo 14 que las entidades públicas deben disponer la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia, en el diario o fi cial El Peruano, en sus portales electrónicos o mediante cualquier otro medio, debiendo permitir que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas; Que, asimismo, el numeral 5.1 de la Norma N° 010- 2018-MTC/01, Norma que establece el procedimiento para realizar la publicación de proyectos normativos, aprobada por Resolución Ministerial N° 977-2018-MTC/01, establece que mediante resolución ministerial publicada en el diario o fi cial El Peruano se dispone la difusión de todo proyecto normativo de carácter general, en el portal institucional del MTC o mediante cualquier otro medio, por un plazo no menor de diez (10) días hábiles; Que, la Dirección General de Políticas y Regulación en Comunicaciones, mediante el Informe N° 0144-2023-MTC/26, recomienda la publicación del Proyecto de Decreto Supremo que modi fi ca el artículo 15 del Plan Maestro para la Implementación de la Televisión Digital Terrestre en el Perú, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2010-MTC, por diez (10) días hábiles, a efectos de recibir las sugerencias y comentarios de la ciudadanía en general; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01; el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; y, la Resolución Ministerial N° 977-2018-MTC/01; SE RESUELVE:Artículo 1.- Publicación del Proyecto Disponer la publicación del Proyecto de Decreto Supremo que modi fi ca el artículo 15 del Plan Maestro para la implementación de la Televisión Digital Terrestre en el Perú, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2010-MTC, así como su Exposición de Motivos, en la sede digital del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), a efectos de recibir las opiniones, comentarios y/o sugerencias de la ciudadanía, dentro del plazo de diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial El Peruano. Artículo 2.- Recepción y sistematización de comentarios Las opiniones, comentarios y/o sugerencias sobre el proyecto de Decreto Supremo a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, deben ser remitidas a la sede principal del Ministerio de Transportes y Comunicaciones con atención a la Dirección General de Políticas y Regulación en Comunicaciones, ubicada en Jirón Zorritos N° 1203 - Cercado de Lima, o vía correo electrónico a la dirección info.dgprc@mtc.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese.PAOLA PIERINA LAZARTE CASTILLO Ministra de Transportes y Comunicaciones 2199584-1 Otorgan a la empresa BEE NETWORK S.A.C. Concesión Única para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones en área que comprende todo el territorio de la República RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 935-2023-MTC/01.03 Lima, 25 de julio de 2023 VISTO, el escrito de registro N° T-264771-2023, mediante el cual la empresa BEE NETWORK S.A.C., solicita otorgamiento de Concesión Única para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones en todo el territorio de la República del Perú; precisando que el servicio portador local, en la modalidad conmutado, será el servicio a prestar inicialmente; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 3 del artículo 75 del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por