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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (02/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 53

53 NORMAS LEGALES Viernes 2 de junio de 2023 El Peruano / judicial de corresponder, en un plazo no mayor de quince (15) días hábiles remitiéndole a la Secretaría General de la ONPE la Resolución de Pérdida de Fraccionamiento el cargo de noti fi cación y la liquidación de la deuda con el recálculo de los intereses respectivos, a fi n de que se remita al Ejecutor Coactivo y/o a la Procuraduría Pública de la ONPE, según corresponda. ANEXO 01 FORMATO DE SOLICITUD DE BENEFICIO DE FRACCIONAMIENTO I. DATOS DEL ADMINISTRADO APELLIDOS Y NOMBRES / DENOMINACIÓN O RAZON SOCIAL DOCUMENTO DE IDENTIDADRUC TELEFONO (Fijo/ Celular) CORREO ELECTRÓNICO DOMICILIO (Av., Calle, etc.) DISTRITO PROVINCIA DEPARTAMENTO REPRESENTANTE LEGAL (Apellidos y nombres) DOCUMENTO DE IDENTIDAD N° PARTIDA REGISTRAL OFICINA REGISTRAL II. DATOS RELACIONADOS CON LA MULTA N° RESOLUCIÓN DE SANCIONDOCUMENTO DE INFRACCIÓNEXPEDIENTE COACTIVO N° DE EXP. DE LA SOLICITUD DE DESISTIMIENTO AL RECURSO PRESENTADO Cualquier otra información relevante: ………………… ……………………………………………………………………………….… III. PROPUESTA DE FRACCIONAMIENTO O APLAZAMIENTO FRACCIONAMIENTOPROPUESTAS DE CUOTAS (60 cuotas como máximo)CUOTA INICIAL (10%) Cualquier otra información relevante: ………………… …………………………………………………………………… IV. DOCUMENTOS A ADJUNTAR MARCAR ADJUNTA DOCUMENTO SI NO Copia simple de desistimiento de proceso administrativo o cualquiera que haya sido interpuesto por el solicitante, en contra de la decisión administrativa de la ONPE que impone la multa.Documento adicional de acuerdo al artículo 9 del Reglamento del bene ficio de fraccionamiento por deudas de sanciones aplicadas por la O ficina Nacional de Procesos Electorales ___________________________________________ FIRMA DEL ADMINISTRADO / REPRESENTANTE LEGAL 1 Artículo 137.- Procedimiento para efectivizar las sanciones –RFSFP 2183393-1 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL Designan Jefe de la Unidad de Formación Académica de la Oficina de Formación Ciudadana e Identidad del RENIEC RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000105-2023/JNAC/RENIEC Lima, 1 de junio de 2023VISTOS:El Memorando N° 000322-2023/SGEN/RENIEC (31MAY2023), de la Secretaría General y la Hoja de Elevación N° 000176-2023/OPH/RENIEC (01JUN2023), de la O fi cina de Potencial Humano, y; CONSIDERANDO: Que el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, es un organismo constitucionalmente autónomo, con personería jurídica de derecho público interno y goza de atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica y fi nanciera, conforme lo dispone el artículo 1º de la Ley N° 26497- Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil; Que el artículo 11° de la mencionada Ley, establece que el Jefe Nacional es la máxima autoridad de la institución, siendo su facultad designar y remover a los funcionarios que ocupan los cargos de con fi anza; Que el numeral 2) del artículo 4° de la Ley N° 28175 – Ley Marco del Empleo Público, señala que el cargo de confi anza es de libre designación y remoción; Que el literal a) del numeral 8.1 del artículo 8° de la Ley N° 31638 - Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, faculta la designación en cargos de con fi anza conforme a los documentos de gestión de la entidad; Que en el Cuadro para Asignación de Personal – CAP Provisional del RENIEC, aprobado con Resolución Jefatural N° 000199-2021/JNAC/RENIEC (30OCT2021), cuyas actualizaciones correspondientes al año 2022 fueron formalizadas con Resolución Secretarial N° 000148-2022/SGEN/RENIEC (30DIC2022) y la primera actualización del año 2023 a través de la Resolución de Ofi cina N° 000075-2023/OPH/RENIEC (03MAR2023), se ha considerado el cargo de con fi anza de Jefe de la Unidad de Formación Académica de la O fi cina de Formación Ciudadana e Identidad del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil; Que el cargo señalado en el párrafo anterior se encuentra debidamente fi nanciado en el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, aprobado con Resolución Jefatural N° 000031-2022/JNAC/RENIEC (27FEB2022); Que a través del Memorando de Vistos, la Secretaría General requiere designar a la profesional responsable de conducir la Unidad de Formación Académica de la