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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (16/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 53

53 NORMAS LEGALES Viernes 16 de junio de 2023 El Peruano / VISTO: El O fi cio Nº 000560-2023-CG/GAD, de la Gerencia de Administración de la Contraloría General de la República, mediante el cual solicita, entre otros, la transferencia fi nanciera de la retribución económica por los períodos 2023 y 2024, para la designación de una sociedad de auditoría, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por el artículo 3 de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; CONSIDERANDO: Que, en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, mediante la Resolución de Superintendencia Nº 000280-2022/SUNAT, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos y Egresos de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT, para el Año Fiscal 2023; Que, el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por el artículo 3 de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, dispone que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales quedan autorizados para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la o fi cina de administración y del jefe de la o fi cina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; Que, adicionalmente, el mencionado artículo establece que las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, previo informe favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en dicho pliego, y que dicha resolución se publica en el diario o fi cial El Peruano; Que, mediante el O fi cio Nº 000560-2023-CG/GAD, la Contraloría General de la República, entre otros, solicita a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT, la transferencia fi nanciera de la retribución económica por los períodos 2023 y 2024, para la designación de una sociedad de auditoría mediante Concurso Público de Méritos, estableciendo una retribución económica (incluye IGV) del período 2023, por la suma de S/ 880 252,00 (ochocientos ochenta mil doscientos cincuenta y dos y 00/100 soles); Que, la División de Presupuesto de la Gerencia de Presupuesto y Formulación de Inversiones de la Intendencia Nacional de Formulación de Inversiones y Finanzas, mediante el Informe Nº 000064-2023-SUNAT/8H2100, señala que se cuenta con los recursos disponibles para efectuar la transferencia fi nanciera correspondiente a la auditoría fi nanciera gubernamental del periodo 2023, la misma que será fi nanciada con cargo al Presupuesto Institucional 2023, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios; En uso de las facultades conferidas en el inciso m) del artículo 10° del Documento de Organización y Funciones Provisional - DOFP de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, aprobado por la Resolución de Superintendencia N° 000042-2022/SUNAT; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorización de transferencia fi nanciera Autorizar la transferencia fi nanciera del Pliego 057: Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, Unidad Ejecutora 001 Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, por el importe de S/ 880 252,00 (Ochocientos ochenta mil doscientos cincuenta y dos y 00/100 soles) en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor del pliego 019: Contraloría General de la República para fi nanciar la contratación de una sociedad de auditoría correspondiente al período 2023. Artículo 2.- Limitación al uso de recursos Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada, referida en el artículo precedente, deberán ser destinados, bajo responsabilidad de la entidad receptora de los fondos, sólo para los fi nes para los cuales se autoriza esta transferencia. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS ENRIQUE VERA CASTILLO Superintendente Nacional 2187493-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Designan Jefe Zonal de la Zona Registral N° X - Sede Cusco RESOLUCIÓN DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 111-2023-SUNARP/SN Lima, 14 de junio de 2023 VISTOS, Acta de la Sesión N° 451 del Consejo Directivo de la Sunarp del 08 de junio de 2023; el Informe Técnico N° 159-2023-SUNARP/OGRH del 13 de junio de 2023, de la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos; el Memorándum N° 791-2023-SUNARP/OPPM del 13 de junio de 2023, de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe N° 563-2023-SUNARP/OAJ del 13 de junio de 2023, de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, en el artículo 3 de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, se establece que la designación de funcionarios en cargos de con fi anza distintos a los comprendidos en el artículo 1 de la citada Ley, se efectúa mediante Resolución Ministerial o del Titular de la Entidad correspondiente; Que, asimismo, en el artículo 6 de la citada ley señala que todas las resoluciones de designación o nombramiento de funcionarios en cargos de con fi anza surten efecto a partir del día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, salvo disposición en contrario de la misma que postergue su vigencia; Que, en el artículo 8 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp, aprobado por Resolución N° 035-2022-SUNARP/SN, el Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos es el órgano encargado de implementar la política registral nacional. Es por ello que, el literal g) del artículo 9 del Texto Integrado del ROF de la Sunarp señala que el Consejo Directivo tiene entre sus funciones el de nombrar y remover a los titulares de los Órganos Desconcentrados; Que, según lo dispuesto en el artículo 10 del Texto Integrado del ROF de la Sunarp, la Superintendencia Nacional está a cargo del Superintendente Nacional, quien es la más alta autoridad jerárquica; y ejerce la titularidad del pliego presupuestal y representación institucional. Asimismo, en el literal x) del artículo 11 del citado Texto Integrado, se establece que es función