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54 NORMAS LEGALES Miércoles 21 de junio de 2023 El Peruano / contenido común; las cuales fueron consideradas y permitieron la obtención de siete procedimientos que se detallan a continuación: - Procedimiento “Gestión para el ingreso de documentos en la etapa de juzgamiento” - Procedimiento “Elaboración de resoluciones en la etapa de juzgamiento” - Procedimiento “Elaboración de acta de audiencia en la etapa de juzgamiento” - Procedimiento “Preparación para instalar juicio en la etapa de juzgamiento” - Procedimiento “Juicio en la etapa de juzgamiento”- Procedimiento “Audiencia de juicio”- Procedimiento “Apartamiento del conocimiento de la causa” Los mismos que cuentan con la opinión técnica favorable de la citada Subgerencia, para continuar con el trámite de aprobación de los proyectos de procedimientos de implementación del Expediente Judicial Electrónico Penal en la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, para la Etapa de Juzgamiento. Quinto. Que, mediante el Informe N° 000497-2023-OAL-GG-PJ, la O fi cina de Asesoría Legal de la Gerencia General del Poder Judicial emite opinión legal respecto a la consistencia de la base legal y contenido del proyecto de actualización del documento normativo, informando que las propuestas de procedimientos han sido formuladas en el marco de la Directiva Nº 019-2020-CE-PJ y cuentan con la opinión técnica favorable de la Subgerencia de Racionalización; asimismo, se ampara en la normativa vigente y en cumplimiento a las disposiciones establecidas al interior de la entidad. Sexto. Que, existiendo la necesidad de continuar con las implementaciones del Expediente Judicial Electrónico como herramienta de transformación digital y medida inmediata de dar sostenibilidad al acceso a la justicia; y estando en ejecución las actividades correspondientes al Plan Operativo Institucional del Expediente Judicial Electrónico y Plan de Actividades de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, se propone continuar con las actividades correspondientes para la implementación del Expediente Judicial Electrónico - EJE en la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, para la Etapa de Juzgamiento. Sétimo. Que, el artículo 82º, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por lo que siendo así y teniendo en cuenta el propósito de brindar un mejor servicio a la ciudadanía, deviene en pertinente aprobar la propuesta presentada. Por estos fundamentos, en mérito al Acuerdo N° 789- 2023 de la décima octava sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 10 de mayo de 2023, realizada con la participación de los señores Arévalo Vela, Lama More, Arias Lazarte, Álvarez Trujillo y Espinoza Santillán, sin intervención de la señora Medina Jiménez por motivos de salud; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar los procedimientos para la implementación del Expediente Judicial Electrónico EJE- Penal en la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, en la etapa de juzgamiento; que se detallan a continuación: - Procedimiento “Gestión para el ingreso de documentos en la etapa de juzgamiento” - Procedimiento “Elaboración de resoluciones en la etapa de juzgamiento” - Procedimiento “Elaboración de acta de audiencia en la etapa de juzgamiento” - Procedimiento “Preparación para instalar juicio en la etapa de juzgamiento”- Procedimiento “Juicio en la etapa de juzgamiento”- Procedimiento “Audiencia de juicio”- Procedimiento “Apartamiento del conocimiento de la causa” Artículo Segundo.- Disponer que los mencionados procedimientos, sólo se aplicarán en la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada. Artículo Tercero.- Publicar la presente resolución y los documentos aprobados, en el Portal Institucional del Poder Judicial para su difusión y cumplimiento. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, Unidad de Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JAVIER ARÉVALO VELA Presidente 2189097-1 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Aprueban propuesta del “Programa Anual de Visitas Judiciales Ordinarias”, a realizarse en el año judicial 2023 en todos los Juzgado de Paz Urbano que forman parte de la Corte Superior de Justicia de Puente Piedra-Ventanilla OFICINA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUENTE PIEDRA-VENTANILLA Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura JEFATURA RESOLUCIÓN DE JEFATURA N° 12-2023-J-ODECMA-CSJPPV/PJ Ventanilla, 6 de junio del 2023VISTA: La propuesta de Visitas Judiciales Ordinarias 2023 para los Juzgados de Paz Urbanos de esta Corte Superior de Justicia, cursada por la magistrada contralora itinerante a cargo de la cali fi cación y sustanciación de las quejas y derivados contra los jueces de paz, Doctora Ángela Rengifo Carpio; y, CONSIDERANDO:Primero: La Jefatura de la O fi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Ventanilla, está investida de plenas facultades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones de la O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, aprobado por Resolución Administrativa N° 242-2015-CE-PJ, en el cual en su artículo 12, inciso 2, establece entre sus funciones programar Visitas Judiciales Ordinarias y Extraordinarias, así como inspectivas en los órganos jurisdiccionales y dependencias del Poder Judicial, dando cuenta a la Jefatura de la OCMA. Segundo: De conformidad con lo establecido en el artículo 44° del Reglamento de Régimen Disciplinario del Juez de Paz, aprobado por la Resolución Administrativa N° 247-2015-CE-PJ, el Juez Contralor Itinerante puede ser el integrante de la ODECMA encargado de realizar las visitas judiciales ordinarias o inopinadas a las provincias que comprende el Distrito Judicial . Tercero: Mediante Resolución de Jefatura N° 1-2023-J-ODECMA-CSJPPV-PJ, se designó al doctora Ángela Rengifo Carpio como magistrado contralora itinerante para que se encargue de conocer los