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14 NORMAS LEGALES Jueves 22 de junio de 2023 El Peruano / Resolución Ministerial N° 378-2022-MINCETUR mediante Resolución Ministerial; Con el visado de la O fi cina General de Administración y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y sus modi fi catorias y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR y sus modi fi catorias, la Ley N° 31638, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, el Decreto Legislativo N° 1439, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimiento; y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 217-2019-EF; la Resolución Directoral N° 0014-2021-EF/54.01, que aprueba la Directiva N° 0005-2021- EF/54.01, “Directiva para la Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras” y la Resolución Directoral N° 0005-2022-EF/54.01, que aprueba la modi fi cación de la Directiva N° 0005-2021- EF/54.01, “Directiva para la Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras”; SE RESUELVE:Artículo 1 .- Modi fi car el artículo 4 de la Resolución Ministerial N° 378-2022-MINCETUR, a fi n de incorporar el literal h), conforme al siguiente texto: “Artículo 4.- Delegar en el/la Director/a de la O fi cina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, en su calidad de órgano encargado de contrataciones de la entidad, durante el ejercicio fi scal 2023, las siguientes facultades en la Unidad Ejecutora 001 del Pliego 035 del MINCETUR: (…) h) Aprobar el Cuadro Multianual de Necesidades y sus modi fi catorias, conforme a lo dispuesto en la Directiva N° 0005-2021-EF/54.01 – “Directiva para la Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras” y modi fi catoria.” Artículo 2.- Quedan vigentes los demás extremos de la Resolución Ministerial N° 378-2022-MINCETUR en lo que no se oponga a la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Remitir copia de la presente Resolución al funcionario al cual se le ha delegado la facultad antes mencionada y al Órgano de Control Institucional, debiendo el primero cumplir con las demás disposiciones que resulten aplicables señaladas en la parte resolutiva de la Resolución Ministerial N° 378-2022-MINCETUR. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS MATHEWS SALAZAR Ministro de Comercio Exterior y Turismo 2188758-1 Aprueban el Plan Anual de Promoción Turístico Nacional para el año 2023 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 180-2023-MINCETUR Lima, 20 de junio de 2023VISTOS, el Memorándum Nº 002-2023-MINCETUR/ VMT/DGET/CEFPDTN de la Dirección General de Estrategia Turística (DGET), en su calidad de Secretario Ad-hoc del Comité Especial del Fondo para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional, creado por la Ley N° 27889; el Informe Técnico Nº 000048-2023-PROMPERU/DT de la Dirección de Promoción del Turismo Interno y el Informe Nº 000057-2023-PROMPERU/GG-OPP, de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ; el Informe N° 0013-2023-MINCETUR/VMT/DGET-OGP de la Dirección General de Estrategia Turística; el Informe N° 0214-2023-MINCETUR/SG/OGPPD/OPP de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto y el Memorándum Nº 671-2023-MINCETUR/SG/OGPPD de la O fi cina General de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y el Memorándum Nº 833-2023-MINCETUR/VMT del Viceministerio de Turismo; CONSIDERANDO:Que, por Ley N° 27889 se crea el Fondo y el Impuesto Extraordinario para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional (en adelante, el Fondo), para fi nanciar las actividades y proyectos destinados a la promoción y desarrollo del turismo nacional; Que, de conformidad con lo establecido en los artículos 3 y 4 de la referida Ley N° 27889, la administración de los recursos del Fondo está a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR) y cuenta con un Comité Especial, encargado de proponer a dicho Ministerio el Plan Anual de Promoción y Desarrollo Turístico Nacional, el cual es aprobado mediante Resolución Ministerial; Que, de acuerdo con lo establecido en los artículos 4 y 6 del Reglamento de la Ley N° 27889, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2003-MINCETUR y sus modi fi catorias, el Comité Especial elabora la propuesta del Plan Anual de Promoción y Desarrollo Turístico Nacional, y propone al MINCETUR las modi fi caciones que correspondan al citado Plan, para el adecuado cumplimiento de los fi nes del Fondo; Que, según consta en el Acta de la Sesión Extraordinaria N° 01-2023 de fecha 5 de junio de 2023, el Comité Especial del Fondo aprobó la propuesta del Plan Anual de Promoción Turístico Nacional del año 2023, a cargo de PROMPERÚ, por el monto total de S/ 124 629 133,00 soles (Ciento Veinticuatro Millones Seiscientos Veintinueve Mil Ciento Treinta y Tres con 00/100 Soles); Que, mediante los documentos de Vistos, el Viceministerio de Turismo, la Dirección General de Estrategia Turística del Viceministerio de Turismo y la O fi cina General de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo en su calidad de órganos competentes del MINCETUR, otorgan su viabilidad a la aprobación del Plan Anual de Promoción y Desarrollo Turístico Nacional para el año 2023, propuesto por el Comité Especial a que se re fi ere la Ley N° 27889; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y sus modi fi catorias; la Ley Nº 27889, Ley que crea el Fondo y el Impuesto Extraordinario para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional y sus modi fi catorias; el Decreto Supremo Nº 007-2003-MINCETUR que aprueba el Reglamento de la Ley N° 27889; y el Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el Plan Anual de Promoción Turístico Nacional para el año 2023 por el monto total de S/ 124 629 133,00 soles (Ciento Veinticuatro Millones Seiscientos Veintinueve Mil Ciento Treinta y Tres con 00/100 Soles), cuyas actividades se encuentran a cargo de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ y se detallan en el Anexo Nº 1, el cual forma parte de la presente Resolución Ministerial. Articulo 2.- Disponer que la presente Resolución Ministerial y su Anexo se publiquen en el Portal Web Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur), en la misma fecha de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN CARLOS MATHEWS SALAZAR Ministro de Comercio Exterior y Turismo 2189538-1