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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (24/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 64

64 NORMAS LEGALES Sábado 24 de junio de 2023 El Peruano / serio problema de salud pública, de tránsito y transporte, de ingeniería, de educación, entre otras dimensiones que abarca. En ese marco, resulta necesario que el país formule, apruebe e implemente la Política Nacional Multisectorial de Seguridad Vial (PNMSV) 2023 - 2030, que se alinee a los objetivos mundiales de reducir en 50% las muertes y lesiones por siniestros de tránsito; que se establezca como Política de Estado de carácter multisectorial, que genere el despliegue de esfuerzos de todos los sectores, niveles de gobierno y ámbitos público y privado; y que se materialice sus lineamientos en acciones concretas en favor de cuidar la vida y salud en las vías del país. La Política Nacional Multisectorial de Seguridad Vial (PNMSV) 2023 – 2030, busca recoger la vasta y buena experiencia internacional en la enfrentar el problema identi fi cado, adoptando el enfoque de Sistema Seguro reconociendo la necesidad de garantizar que el sistema de transporte garantice que las personas que la usan, se movilicen sin poner en riesgo la vida y salud, es decir, reconociendo que las personas pueden fallar, pero el sistema en su conjunto debe estar preparado para evitar consecuencias negativas. Bajo ese enfoque, y considerando la realidad del problema que enfrentamos en Perú, se ha desarrollado lineamientos, servicios y acciones estratégicas que ayuden a fortalecer la institucionalidad de la seguridad vial, buscando construir liderazgo y coordinación a todo nivel; que mejoren las conductas que generan riesgos de siniestros a través de mejora del sistema de emisión de licencias de conducir y la educación vial; que fortalezcan las capacidades para construir vías seguras; que introduzcan gradualmente los elementos de seguridad en los vehículos; que promuevan la implementación de la gestión integral de velocidades y; que optimicen los sistemas de respuesta frente a siniestros de tránsito. La Política Nacional Multisectorial de Seguridad Vial 2023 – 2030 se presenta como una estrategia nacional que cumple con una recomendación de Naciones Unidas para el Segundo Decenio de Acción para la Seguridad Vial, pero el mayor reto es implementarlo de la mano de una institucionalidad nueva, líder y técnicamente capacitada. BASE LEGALLa PNMSV 2023-2030 se alinea a documentos normativos de carácter nacional e internacional. Normas nacionalesEn el esquema jurídico nacional, la legislación en seguridad vial se ha desarrollado desde un enfoque transversal a las normas sobre transporte y tránsito principalmente. En ese marco, se lista la normativa nacional relacionada con la seguridad vial: • Constitución Política Del Perú (1993). • Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo.• Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.• Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. • Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre. • Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización.• Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. • Ley Nº 29005, Ley que establece los lineamientos generales para el funcionamiento de las Escuelas de Conductores. • Ley Nº 29365, Ley que crea el Sistema de Licencias de Conducir por Puntos. • Ley Nº 29237, Ley que crea el Sistema de Inspecciones Técnicas Vehiculares. • Ley 30297, Ley que establece el uso de los sistemas de retención infantil (SRI) en el interior de los vehículos. • Decreto Legislativo Nº 1216, Decreto Legislativo que fortalece la Seguridad Ciudadana en Materia de Tránsito y Transporte. • Decreto Supremo Nº 010-96-MTC y sus modi fi catorias, que crea a la Comisión Multisectorial de Seguridad Vial.• Decreto Supremo 017-2011-SA, que crea el Programa Nacional Sistema de Atención Móvil de Urgencias-SAMU. • Decreto Supremo 026-2020-SA, aprueba la Política Nacional Multisectorial de Salud al 2030, Perú, País Saludable”. • Decreto Supremo Nº 013-2007-MTC, que aprueba el Plan Nacional de Seguridad Vial 2007 – 2011. • Decreto Supremo Nº 019-2017-MTC, que aprueba el Plan Estratégico Nacional de Seguridad Vial 2017-2021. • Decreto Supremo Nº 022-2019-IN, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1216, Decreto Legislativo que fortalece la Seguridad Ciudadana en materia de tránsito y transporte. • Decreto Supremo Nº006-2021-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento para la Autorización de Plantas para actividades productivas industriales relativas a los vehículos de transporte terrestre, y para la asignación del Código de Identi fi cación Mundial del Fabricante (WMI). • Decreto Supremo 049-2000-MTC y sus modi fi catorias, que aprueba el Reglamento Nacional de Responsabilidad Civil y Seguros Obligatorios por Accidentes de Tránsito. • Decreto Supremo Nº 040-2006-MTC y sus modi fi catorias, que aprueba el Reglamento de Supervisión de las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito (AFOCAT) y de Funcionamiento de la Central de Riesgos de Siniestralidad derivada de Accidentes de Tránsito. • Decreto Supremo Nº 024-2004-MTC y modi fi catorias que aprueba el Reglamento del Fondo de Compensación del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito. • Decreto Supremo Nº 007-2016-MTC y sus modi fi catorias, que aprueba el Reglamento Nacional del Sistema de Emisión de Licencias de Conducir. • Decreto Supremo Nº 033-2001-MTC y sus modi fi catorias, que aprueba el Reglamento Nacional de Tránsito – Código de Tránsito. • Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y sus modi fi catorias, que aprueba el Reglamento Nacional de Vehículos. • Decreto Supremo Nº 017-2009-MTC y sus modi fi catorias, que aprueba el Reglamento Nacional de Administración de Transporte. • Decreto Supremo Nº 034-2008-MTC y sus modi fi catorias, que aprueba el Reglamento Nacional de Gestión de Infraestructura Vial. • Decreto Supremo Nº 005-2021-MTC, que aprueba el Reglamento Nacional para el Fomento del Chatarreo. Normas y acuerdos internacionalesInternacionalmente, el Perú ha suscrito una serie de convenios vinculantes y no vinculantes sobre seguridad vial, que se detallan a continuación: Vinculantes: • «Convention on road traf fi c» de 1968, rati fi cado por el Perú mediante Decreto Supremo Nº 101-2005-RE y cuya entrada en vigor correspondió al 6 de octubre de 2007. • Acuerdo de Cartagena 1, se creó la Comunidad Andina de Naciones – CAN. • Acuerdo de Alcance Parcial sobre Transporte Internacional Terrestre – ATIT, aprobado por el Poder Ejecutivo a través del Decreto Supremo Nº 028-91-TC. • Decisión 837 “Sustituye la Decisión 399 de la Comisión de la Comunidad Andina sobre Transporte Internacional de Mercancías por Carretera”. • Decisión 398 “Transporte Internacional de Pasajeros por Carretera, sustitutoria de la Decisión 289”. No vinculantes:• Resoluciones de Asamblea de la Naciones Unidas sobre la mejora de la Seguridad Vial en el mundo, Resolución 74/299, Resolución 64/255 y Resolución 70/260. • Objetivos de Desarrollo Sostenible, PNUD.• Agenda 2030 sobre el Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas 2 • Declaración de Estocolmo al 20303