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87 NORMAS LEGALES Sábado 24 de junio de 2023 El Peruano / designar al servidor que ejercerá la función de Fedatario Administrativo Titular de la citada Intendencia; En uso de la facultad conferida por el inciso h) del artículo 16 del Documento de Organización y Funciones Provisional - DOFP de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 000042-2022/SUNAT; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dejar sin efecto la designación como Fedatario Administrativo Titular de la Intendencia de Aduana de Ilo, al servidor PAULO CESAR CORDOVA ANCCO. Artículo 2.- Designar como Fedatario Administrativo Titular de la Intendencia de Aduana de Ilo, al servidor EMILIO ALBERTO RUMICHE CASAS. Regístrese, comuníquese y publíquese.FERRER ANÍVAR RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ Superintendente Nacional Adjuntode Administración y Finanzas 2189599-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE MIGRACIONES Aprueban delimitación territorial de Jefaturas Zonales, en condición de órganos desconcentrados de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 000135-2023-MIGRACIONES Breña, 22 de junio del 2023 VISTOS: El Informe Nº 000179-2023-DIROP-MIGRACIONES de la Dirección de Operaciones; el Informe Nº 000014-2023-DGTFM-MIGRACIONES de la Dirección de Gestión Técnica y Fiscalización Migratoria; el Informe Nº 000120-2023-DPM-MIGRACIONES de la Dirección de Política Migratoria; el Memorando N° 000754-2023-DRCM-MIGRACIONES de la Dirección de Registro y Control Migratorio; la Hoja de Elevación N° 000195-2023-OPP-MIGRACIONES de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 000001-2023-CSC-GG-MIGRACIONES de la Gerencia General; y, el Informe N° 000381-2023-OAJ-MIGRACIONES de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con el artículo 1 del Decreto Legislativo Nº 1130 se crea la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES como organismo técnico especializado, adscrito al Ministerio del Interior – MININTER, encargado de conducir la política migratoria interna ejerciendo el control migratorio o fronterizo, contribuyendo a la seguridad nacional en bene fi cio de las personas nacionales y extranjeras, a través de servicios de calidad; respetando los derechos fundamentales en el marco de la Constitución y la Ley. Asimismo, el artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1350, Decreto Legislativo de Migraciones, reconoce a MIGRACIONES como la autoridad en materia migratoria interna; Que, mediante Decreto Ley Nº 21702, de fecha 23 de noviembre de 1976, la Dirección General de Migraciones, se incorpora a la estructura orgánica del Ministerio del Interior, con efectividad desde el 01 de enero de 1977; y el 12 de junio de 1981, de acuerdo al literal g) del artículo 6, del Decreto Legislativo Nº 114, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; se considera a la Dirección General de Migraciones como un órgano técnico - normativo - ejecutivo; Que, desde la creación de MIGRACIONES a la fecha, se han descentralizado los procedimientos y servicios a través de la creación de Jefaturas Zonales, agencias desconcentradas, puestos de control migratorio y fronterizo, y puestos de veri fi cación migratoria a fi n de garantizar el ejercicio de los derechos y deberes de las personas nacionales y extranjeras, así como fortalecer la seguridad nacional y el orden interno; por lo que, resulta de imperiosa necesidad determinar el ámbito geográ fi co en el cual tienen competencia las Jefaturas Zonales; Que, el artículo 12 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de MIGRACIONES, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 000153-2020-MIGRACIONES, estipula que la Gerencia General es la máxima autoridad administrativa de la entidad, a quien le compete dirigir, controlar, supervisar y coordinar las actividades administrativas y operativas; ejecuta los encargos y decisiones del Consejo Directivo y del Despacho de el/la Superintendente Nacional; asimismo, el literal i) del artículo 13 del mismo documento de gestión establece entre sus funciones especí fi cas el: “Formular los estudios para el establecimiento de las tasas; así como, para la creación, supresión o traslado de los órganos desconcentrados y la modi fi cación de sus ámbitos geográ fi cos”; en ese sentido, la Gerencia General hace de conocimiento que la Dirección de Operaciones ha procedido a elevar la propuesta de delimitación de competencias territoriales de las Jefaturas Zonales, la cual ha sido puesta de conocimiento de los órganos de línea y de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, con la fi nalidad de evaluar tal propuesta y emitir la opinión correspondiente; Que, mediante los informes de vistos las Direcciones de Operaciones, Registro y Control Migratorio, Gestión Técnica y Fiscalización Migratoria, Política Migratoria y la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto consideran viable la propuesta toda vez que, la propuesta de delimitación de competencias territoriales permitirá brindar una atención efi caz y e fi ciente a nuestros usuarios, ya sea en los trámites y procedimientos de MIGRACIONES, así como en el control migratorio; Que, en ese orden de ideas, con Informe Nº 000001-2023-CSC-GG-MIGRACIONES, la Gerencia General concluye, con el visado de todos los órganos mencionados en el párrafo anterior, entre otros, lo siguiente: i) se ha justi fi cado técnica y normativamente, la necesidad de de fi nir la delimitación territorial de las Jefaturas Zonales con el objetivo de contar con una determinación de límites geográ fi cos en los cuales, los órganos desconcentrados tendrán competencia, considerando el alcance por región y provincia respecto a su ubicación y acceso, y ii) la propuesta de delimitación de competencias territoriales de las Jefaturas Zonales, no irroga gasto adicional al Estado, en razón que su implementación es efectuada con los actuales recursos que cuenta MIGRACIONES; Que, de acuerdo al literal c) del artículo 9 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de MIGRACIONES, el Consejo Directivo tiene entre sus funciones el de “Autorizar, a propuesta del Despacho de el/la Superintendente Nacional, la creación, supresión o traslado de los órganos desconcentrados, así como la modi fi cación de los ámbitos geográ fi cos de éstos”; en ese orden de ideas, mediante acuerdo Nº 07-2023 del Acta Nº 05-2023-CONSEJO DIRECTIVO DE MIGRACIONES, Vigésimo Séptima Sesión Ordinaria, de fecha 31 de mayo de 2023, se delega facultades al Despacho de la Superintendencia Nacional, con la fi nalidad de desplegar las acciones que conlleven a la aprobación de la circunscripción de los órganos desconcentrados (Jefaturas Zonales) de la entidad, debiendo dar cuenta al Consejo Directivo de lo actuado en referencia a la materia; Que, la O fi cina de Asesoría Jurídica mediante Informe N° 000381-2023-OAJ-MIGRACIONES advierte que, es jurídicamente viable la emisión de la Resolución de Superintendencia que apruebe la delimitación territorial de los órganos desconcentrados (Jefatura Zonal) de