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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (24/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 93

93 NORMAS LEGALES Sábado 24 de junio de 2023 El Peruano / de don VALENTÍN JESÚS QUEZADA PORTURAS se encuentra registrado en el Libro Nº 13, página 322, con el Número de Registro 37480-B; Que, la Comisión Académica del Consejo Universitario, en su Sesión Virtual Nº 35-2022 de fecha 26 de setiembre de 2022 acordó por unanimidad proponer al Consejo Universitario aprobar la expedición del duplicado de diploma del Grado Académico de Bachiller en ciencias con mención en Ingeniería Mecánica y Eléctrica a don VALENTÍN JESÚS QUEZADA PORTURAS , habiendo cumplido con el procedimiento y requisitos exigidos en el reglamento para otorgamiento de Duplicado del Diploma de Grado Académico o del Título Profesional de la Universidad Nacional de Ingeniería; Estando al Proveído Nº 6263-ALCHN Rect.2022 de fecha 27 de setiembre de 2022 del Despacho del Rectorado, a lo acordado por el Consejo Universitario en su Sesión Nº 16 - Extraordinaria llevada a cabo de modo virtual el 06 de octubre de 2022, y de conformidad con las atribuciones conferidas en el art.25º del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería. SE RESUELVE:Artículo Único.- Aprobar la expedición de duplicado del diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Mecánica y Eléctrica al siguiente egresado de la Universidad Nacional de Ingeniería, anulándose el diploma otorgado anteriormente: Nº Apellidos y NombresCon mención enFecha de Otorgamiento del Diploma 1VALENTÍN JESÚS QUEZADA PORTURASIngeniería Mecánica y Eléctrica26.11.2014 Regístrese, comuníquese y cúmplase. PABLO ALFONSO LÓPEZ CHAU NAVA Rector SONIA ANAPAN ULLOA Secretaria General 2162278-1 Autorizan viaje de docente de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa para que participe en la “Misión Internacional Colombia 2023”, a realizarse en Colombia UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN AGUSTÍN RESOLUCIÓN DE CONSEJO UNIVERSITARIO Nº 0283-2023 Arequipa, 22 de junio de 2023Vistos, el Convenio N° 660-INNOVATEPERU- IAN-2017, celebrado entre el PROGRAMA NACIONAL DE INNOVACIÓN PARA LA COMPETITIVIDAD Y PRODUCTIVIDAD (INNÓVATE PERÚ”) del Ministerio de la Producción, y la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa; y el O fi cio N° 160-2023-JAKU- UNSA, presentado por el MG. JUAN SANTIAGO ZAMATA MACHACA, docente adscrito al Departamento Académico de Contabilidad de la Facultad de Ciencias Contables y Financieras, por el que en calidad de Coordinador General de la Incubadora de Empresas JAKU Emprende UNSA, solicita autorización de viaje al extranjero con fi nes de investigación. CONSIDERANDO:Que, la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, está constituida conforme a la Ley N° 30220, Ley Universitaria, se rige por su respectivos estatutos y reglamentos, y desarrolla sus actividades dentro de la autonomía de gobierno, académica, administrativa y económica, prevista en el artículo 18° de la Constitución Política de Estado. Que, el nuevo Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, aprobado con Resolución de Consejo Universitario N° 0306-2022 de fecha 05 de julio de 2022, en su artículo 151° establece que son funciones de la Dirección de Incubadora de Empresas, las siguientes: “151.2. Fomentar e impulsar el desarrollo de nuevas empresas que brinden soluciones tecnológicas a favor de la sociedad, estableciendo con ello una relación de responsabilidad y compromiso con el desarrollo sostenible del país, con la participación de estudiantes y docentes. 151.3. Fomentar el desarrollo de empresas, spin off o empresa derivada, auto sostenibles mediante la incubación y la gestión de fuentes de capital semilla, redes asociativas, y de inversión”. Que, al respecto con Resolución de Consejo Universitario N° 425-2018 de fecha 03 de mayo de 2018, se resolvió: “1. Aprobar el Convenio N° 660-INNOVATEPERU-IAN-2017 CONVENIO DE ADJUDICACIÓN DE RECURSOS NO REEMBOLSABLES (RNR) QUE OTORGA EL PROGRAMA NACIONAL DE INNOVACIÓN PARA LA COMPETITIVIDAD Y PRODUCTIVIDAD PARA EL PROYECTO DE FORTALECIMIENTO DE INCUBADORA DE NEGOCIOS Y ENTIDADES AFINES “FORTALECIMIENTO DE LAS CAPACIDADES DE JAKU – EMPRENDE UNSA, INCUBADORA DE EMPRESAS QUE IMPULSA EL DESARROLLO DE NEGOCIOS INNOVADORES SOCIALMENTE RESPONSABLES Y AMBIENTALMENTE SOSTENIBLES DIRIGIDO A EMPRENDEDORES DE LA MACROREGIÓN SUR DEL PAÍS. 2. Designar como Coordinador y/o Responsable del Convenio por parte de la UNSA, al Ing. Juan Santiago Zamata Machaca (…)”. Que, el Convenio N° 600-INNOVATEPERU-IAN-2017, se encuentra enmarcado dentro de los fi nes que persigue la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, conforme se establece en el artículo 6° de la Ley N° 30220, Ley Universitaria: “La universidad tiene los siguientes fi nes: (…) 6.1 Preservar, acrecentar y transmitir de modo permanente la herencia cientí fi ca, tecnológica, cultural y artística de la humanidad, (…) 6.5 Realizar y promover la investigación cientí fi ca, tecnológica y humanística la creación intelectual y artística (…)”. Que, el citado Convenio tiene por objeto en su Clausula Primera, lo siguiente: “Establecer los términos y condiciones, así como los compromisos de las partes para la ejecución del FORTALECIMIENTO DE INCUBADORA DE NEGOCIOS Y ENTIDADES denominado “FORTALECIMIENTO DE LAS CAPACIDADES DE JAKU – EMPRENDE UNSA, INCUBADORA DE EMPRESAS QUE IMPULSA EL DESARROLLO DE NEGOCIOS INNOVADORES SOCIALMENTE RESPONSABLES Y AMBIEMTALMENTE SOSTENIBLES DIRIGIDO A EMPRENDEDORES DE LA MACROREGIÓN SUR DEL PAÍS”. Que, asimismo, se establece en su Clausula Quinta respecto al monto total de ejecución del proyecto y aportes: “El importe total del proyecto es S/ 875,000.00 (Ochocientos setenta y cinco mil con 00/100 Soles) y el monto RNR solicitado es de S/ 700,000.00 (Setecientos mil con 00/100 Soles), los cuales serán aportados de la siguiente manera: EntidadAporte No MonetarioAporte No MonetarioAporte Total Porcentaje S/ S/ % % Entidad ejecutora 73,621.43 90,378.57 164,000.00 18.74 Entidad Asociada “BIOINCUBA S.A.C.”6,000.00 0.00 6,000.00 0.69 Entidad Asociada “UDD Ventures S.A.”5,000.00 0.00 5,000.00 0.57 RNR – “INNOVATEPERÚ”-------------- 700,000.00 700,000.00 80.00 Monto total de aportes84,621.43 790,378.57 875,000.00 100.00